PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/02/2025
Publicación en diario oficial
11/02/2025
Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE HÁBIL DE LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: A LOS 15 DIAS HABILES SIGUIENTES A LA FECHA DE INICIO DEL PLAZO
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans): BDNS: XXXXPrimero.Beneficiarios.Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa, de acuerdo con lo previsto en elanexo I sobre la definición de PYME, del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 dejunio de 2014. Residencia fiscal en la Comunidad de Madrid. Una antigüedad de dos años deactividad profesional acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de lasolicitud, o de manera discontinua en los cuatro últimos años.No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas ojurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes ocualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.Segundo.Objeto.Ayudas para la realización de actividades de teatro y danza en 2025. Las actividadesobjeto de la subvención tendrán la siguiente modalidad: Producción de una obracoreográfica, incluyendo su estreno.Tercero.Bases Reguladoras. Orden 1423/2016 de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia yPortavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas aempresas privadas para realizar actividades de teatro y danza (Boletín Oficial de laComunidad de Madrid nº 107 de 6 de mayo de 2016.) modificada por la Orden 1032/2021, de 7de septiembre, de modificación de la Orden 1423/2016 de 18 de abril. (Boletin Oficial dela Comunidad de Madrid de 17 de septiembre de 2021).https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/05/06/BOCM-20160506-19.PDF http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/09/17/BOCM-20210917-26.PDFCuarto.Cuantía. La convocatoria asciende a un importe máximo de 1.400.000.- €. Correspondiendo550.000 € para producción coreográfica. La cuantía mínima individual será de 4.000 euros yla máxima de 41.500. Tendrá como límite el importe de la subvención solicitada y noexcederá del 75% del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.Quinto.Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOCM delextracto de la orden de convocatoria.Sexto.Periodo subvencionable y fechas de estreno de las obras. El periodo subvencionable será desde el 1 de octubre de 2024 al 14 de diciembre de2025. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 15 de diciembre de2024 y 14 de diciembre de 2025Séptimo.Plazo máximo de justificación hasta el 15 de diciembre de 2025.