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Plazo no verificadoBDNS 812677

PREMIO PUEBLO DE CANTABRIA 2025

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 12:19 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES13 - CANTABRIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
04/02/2025
Publicación en diario oficial
24/02/2025

Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE PUBLICACIÓN EXTRACTO EN BOC

Texto oficial de cierre: 05-05-2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. - Objeto, condiciones y finalidad.1.- La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad  y  no discriminación,  para  la  concesión  del Premio "Pueblo  de  Cantabria", destinado  a Ayuntamientos y demás Entidades Locales de Cantabria para el reconocimiento de aquella actuación en infraestructura municipal, en pueblos con una población inferior a mil habitantes, más representativa de la mejora de las condiciones o la calidad de vida de los habitantes de los pueblos de Cantabria, o que más respete los valores de la tradición, la cultura o el patrimonio de Cantabria.2.- Se otorgarán dos accésits a candidaturas no premiadas que obtengan el segundo y tercer lugar en la valoración del Jurado, con la finalidad de contribuir a mitigar los gastos e inversiones realizadas como consecuencia de la presentación de la candidatura e incrementar y fomentar la competencia entre los Ayuntamientos y Entidades Locales de Cantabria.3.- La dotación económica del Premio irá destinada a sufragar los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones ejecutadas o a ejecutar siempre y cuando la finalización o recepción de las mismas se realice dentro del año 2025.4.- La finalidad del Premio es la de promover y apoyar la recuperación, la mejora y el mantenimiento de los pueblos de Cantabria con una población inferior a la indicada en cada convocatoria en el marco de la defensa de los valores tradicionales, del entorno natural y ecológico, y del patrimonio histórico, cultural y artístico.Segundo. - Bases reguladoras.Las bases reguladoras a las que se refiere la presente convocatoria fueron aprobadas por OBR/2/2017, de 24 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Pueblo de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria de 2 de mayo de 2017 n° 83).Tercero. - Créditos presupuestarios y cuantía total máxima.1.- El importe total de esta convocatoria asciende a doscientos mil euros (200.000,00 €), que se financiarán en la anualidad 2025 con cargo a la aplicación 04.08.453A.761 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2025.2.- El Premio otorgado consistirá en una placa conmemorativa y una dotación en metálico, que ascenderá a la cantidad de ciento sesenta mil euros (160.000,00 €). La dotación en metálico del Premio no podrá superar el 100 por 100 del importe de la aportación del beneficiario a la financiación de las actuaciones objeto del Premio.Se otorgarán dos accésits a candidaturas no premiadas que obtengan el segundo y tercer lugar, por un importe de veinte mil euros (20.000,00 €) a cada una de ellas.Cuarto. - Beneficiarios.1.- Podrán ser beneficiarios del Premio convocado los Ayuntamientos y demás Entidades Locales de Cantabria.2.- En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios los Ayuntamientos y demás Entidades Locales que se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de Julio, de Subvenciones de Cantabria.Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes. La solicitud de ayudas se dirigirá a la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria y se podrá presentar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el lunes 5 de mayo de 2025.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 14/02/2025Descargar archivo oficial · BDNSJUSTIFICACIONPublicado 14/02/2025Descargar archivo oficial · BDNSSOLICITUDPublicado 14/02/2025Descargar archivo oficial · BDNSORDEN OBR/2/2017 DE 24 DE ABRIL