Plazo no verificadoBDNS 812959
RESOLUCIÓN de 10 enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de artes escénicas y música, y se convocan para el año 2
AUTONOMICA · GALICIA · AGENCIA GALLEGA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (AGADIC)
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 12:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 12/02/2025
- Fin de solicitudes
- 11/03/2025
- Registro en BDNS
- 05/02/2025
- Publicación en diario oficial
- 11/02/2025
Texto oficial de apertura: 12/02/2025
Texto oficial de cierre: 11/03/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
1. Pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. También pueden ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades objeto de la subvención, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segundo. Finalidad
Determinar las condiciones que regularán la concesión de subvenciones para promover la distribu-ción exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas vinculadas a las artes escénicas y o musicales y proceder su convocatoria para el año 2025.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 10 enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de artes escénicas y música, y se convocan para el año 2025 (Código de procedimiento CT402C).
Cuarto. Importe
El crédito destinado a la financiación de estas ayudas es de 600.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.A1.432B. 470.0, de los presupuestos generales de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para el ejercicio 2025 (código de proyecto 2015-00003).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
. El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a los 10 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará a los seis meses. La sede electrónica para la presentación de solicitudes se abrirá a las 9.00 horas y el final del plazo será a las 14.00 horas del día del vencimiento.
Santiago de Compostela, 10 de enero de 2025
José Carlos López Campos
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales
Primero. Personas beneficiarias
1. Pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. También pueden ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades objeto de la subvención, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segundo. Finalidad
Determinar las condiciones que regularán la concesión de subvenciones para promover la distribu-ción exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas vinculadas a las artes escénicas y o musicales y proceder su convocatoria para el año 2025.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 10 enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de artes escénicas y música, y se convocan para el año 2025 (Código de procedimiento CT402C).
Cuarto. Importe
El crédito destinado a la financiación de estas ayudas es de 600.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.A1.432B. 470.0, de los presupuestos generales de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para el ejercicio 2025 (código de proyecto 2015-00003).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
. El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a los 10 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará a los seis meses. La sede electrónica para la presentación de solicitudes se abrirá a las 9.00 horas y el final del plazo será a las 14.00 horas del día del vencimiento.
Santiago de Compostela, 10 de enero de 2025
José Carlos López Campos
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 11/02/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/02/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de 10 enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de artes escénicas y música, y se convocan para el año 2025 Publicado 11/02/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.