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Plazo no verificadoBDNS 817734

Orden de 26 de febrero de 2025, de la Consejería de la Presidencia, de subvenciones dirigidas a ONGD de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para el año 2025

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:43 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
08/03/2025
Fin de solicitudes
16/04/2025
Registro en BDNS
03/03/2025
Publicación en diario oficial
07/03/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), utilizando el identificador BDNS.Se modifica la Orden de 26 de febrero de 2025, de la Consejería de la Presidencia por la que se convocan subvenciones para intervenciones en la modalidad de cooperación económica en condiciones no reembolsables en países en desarrollo, dirigidas a organizaciones no gubernamentales de desarrollo de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para el año 2025.Como consecuencia de ello, el apartado “Quinto. Plazo de presentación de solicitudes”, del extracto de la citada orden pasa a tener la siguiente redacción:“Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 16 de abril de 2025”. 

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNSPrimero. Beneficiarios:Las entidades sin ánimo de lucro, de forma individual o en consorcio de entidades que estén inscritas como agentes de cooperación para el desarrollo de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo, que reúnan los requisitos establecidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.Segundo. Finalidad:La finalidad de las subvenciones es facilitar la financiación de microacciones de desarrollo, dirigidas a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derecho más vulnerables en países empobrecidos y el apoyo al cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, en los términos establecidos en la planificación estratégica en la materia.Quedan excluidas las acciones de carácter humanitario y atención a emergencias, así como los proyectos de cooperación directa, ayudas reembolsables, fondos de cooperación multilateral, o asistencias técnicas internacionales.Tercero. Bases reguladoras:              Orden PRE/516/2024, de 24 de mayo, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para intervenciones en la modalidad de cooperación económica en condiciones no reembolsables en países en desarrollo dirigidas a organizaciones no gubernamentales de desarrollo de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo (publicada en el Boletín Oficial de Castila y León Nº 105, de 31 de mayo de 2024).Cuarto. Importe:            El importe total de la convocatoria es de 400.000 € que se distribuirá de la siguiente manera: 200.000 € para microacciones de desarrollo solicitadas por entidades locales de Castilla y León y 200.000 € para microacciones de desarrollo solicitadas por empresas. El crédito correspondiente a esta convocatoria podrá ser ampliado en una cuantía adicional no superior al 50% de los créditos inicialmente convocados, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.La cuantía de la subvención concedida no podrá superar el 90% del presupuesto total de la microacción de desarrollo, sin que en ningún caso pueda exceder de la cuantía de 45.000 €.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la de publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. 

Bases y documentación

AMPLIACIÓN PLAZO SOLICITUDESPublicado 01/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 05/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 1 de abril de 2025, de la Consejería de la Presidencia, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2025, de la Consejería de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones dirigidas a ONGD de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para el año 2025.Publicado 04/04/2025Extracto de la Orden de 26 de febrero de 2025, de la Consejería de la Presidencia, de subvenciones dirigidas a ONGD de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para el año 2025.Publicado 07/03/2025ORDEN PRE/516/2024, de 24 de mayo, de bases reguladoras de subvenciones, dirigidas a ONGD de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo.