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Plazo no verificadoBDNS 817824

Ayudas al abandono de la actividad de transportista 2025

ESTADO · MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE · DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:45 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Subvenciones al transporte

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/03/2025
Publicación en diario oficial
04/03/2025

Texto oficial de apertura: 1 día después de publicación

Texto oficial de cierre: 1 mes desde inicio solicitud

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Primero. Beneficiarios:     Transportistas autónomos por carretera.     Segundo. Objeto.     Ayuda para el abandono de la actividad de transporte por carretera.     Tercero. Bases reguladoras.     Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (B.O.E. 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre (B.O.E. 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero).     Cuarto. Cuantía.     Cuantía máxima: 9.780.000 € distribuidos entre un importe máximo de 9.630.000 € repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento, y un importe máximo de 150.000 € para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución.     Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.     Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».     Sexto. Otros datos     La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.  En primer lugar, se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.  El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.  Para cualquier consulta o aclaración pueden remitirla al buzón:  abandono.sgaitt@transportes.gob.es 

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2025.Publicado 04/03/2025Bases reguladoras de concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad