Resolución de 27 de febrero de 2025 de la Subsecretaría de Defensa, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas para el año 2025.
ESTADO · MINISTERIO DE DEFENSA · SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Defensa
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
04/03/2025
Publicación en diario oficial
06/03/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán obtener la condición de beneficiario:Las asociaciones profesionales de los miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el COPERFAS, según certificación del Secretario Permanente del COPERFAS y que cumplan con las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Los beneficiarios no deberán encontrarse incursos en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuya justificación deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.7 de la citada Ley.Segundo. Finalidad:Esta resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones a fin de apoyar económicamente a aquellas asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas que cuenten con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS).Su finalidad cosiste en facilitar a aquellas asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el COPERFAS el ejercicio de los derechos que, en materia de intereses profesionales, económicos y sociales de sus asociados, les confiere el artículo 40.1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.Tercero. Bases reguladoras.Aprobadas por Orden DEF/670/2022, de 7 de julio (B.O.E. núm.171, de 18 de julio de 2022).Cuarto. Importe.Las subvenciones que se concedan en virtud de esta convocatoria se financiarán a través del presupuesto de gastos del Ministerio de Defensa, con cargo a la aplicación 14.01.121M2.485.05 (“Asociaciones militares profesionales”), por un importe de 100.000,00 euros cuya distribución se realizará de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 8 de las bases reguladoras y se extenderá a los gastos, derivados de las actividades que realicen las respectivas asociaciones beneficiarias en cumplimiento de su objetivo social, devengados durante la anualidad de esta convocatoria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.Sexto. Otros datos.De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa [http://sede.defensa.gob.es].