PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
07/03/2025
Publicación en diario oficial
21/03/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DE LAS BASES EN EL BOLETIN OFICIAL DE GIPUZKOA
Texto oficial de cierre: 30 dias habiles desde el día siguiente a la publicacion de las bases en el Boletin Oficial de Gipuzk
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BASES ESPECÍFICAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS ANUALES PARA LAS DIFERENTES ASOCIACIONES CULTURALES.Beneficiarios:Podrán solicitar subvención aquellas entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades culturales en el campo especificado en la presente convocatoria, que tengan su sede y ámbito de actuación en Arrasate.Objeto:Es objeto de la presente convocatoria la regulación de los requisitos de concesión de subvenciones a asociaciones culturales de Arrasate sin ánimo de lucro en 2025. Las subvenciones se otorgarán para la financiación del programa anual o un o varios programas específicos.Bases reguladoras:La Alcaldesa de Arrasate, mediante decreto de alcaldía del 6 de marzo de 2025 aprobó las bases de la subvención.La información detallada se encuentra a disposición de las personas interesadas en la página web del Ayuntamiento:https://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/SolicitudesCategorias.aspx?IDCategoria=14&idioma=eu-ES&entidad=55Cuantía:El importe económico asignado para las subvenciones objeto del presente programa asciende a la cantidad de 30.000 €, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 1.0200.481.334.00.00 2025 Subvenciones de Cultura”.Forma y plazo de presentación de solicitudes:Las solicitudes de subvención podrán presentarse:- A través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en la direcciónhttps://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/SolicitudesCategorias.aspx?IDCategoria=14&idioma=eu-ES&entidad=55(obligatorio para las personas jurídicas).- Presencialmente en el BAZ (Servicio de Atención a la Ciudadanía), opcional para las personas físicas.- En las demás formas legalmente previstas conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Con carácter general, y con la excepción de aquellos programas de ayuda que tengan establecidos otros plazos, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de cada una de las convocatorias en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.