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Plazo no verificadoBDNS 819148

Ayudas directas al transporte terrestre de viajeros, previstas en el Capítulo I del Título II del Real Decreto-ley 1/2025,de 28 de enero.

ESTADO · MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE · DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:19 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Subvenciones al transporte

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
30/04/2025
Registro en BDNS
07/03/2025
Publicación en diario oficial
11/03/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación de la convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Se modifica el apartado “Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes” del Extracto publicado el 11 de marzo de 2025 (BOE número 60), que pasa a tener la siguiente redacción:Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes:De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, y de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de abril de 2025, teniendo derecho al anticipo solo aquellas que se presenten en los 30 días naturales siguientes a la publicación de la resolución de convocatoria.Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE, hasta el día 30 de abril. Obligatoriamente, se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica de este Ministerio: https://sede.transportes.gob.es/ (Áreas de Actividad/Subvenciones).

Primero.- Beneficiarios:Podrán ser beneficiarios de las ayudas directas, establecidas en los artículos 4 a 17 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicios de transporte público colectivo urbano o interurbano, así como los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte público colectivo, con independencia de la modalidad de gestión del mismo, incluyendo ayuntamientos, diputaciones provinciales, diputaciones forales, consejos y cabildos insulares, así como mancomunidades, y comarcas.Segundo.- Objeto:La resolución tiene por objeto la convocatoria, en el ejercicio 2025, de las ayudas directas al transporte de viajeros establecidas en los artículos 4 a 17 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, en el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, para la concesión de apoyo financiero a las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicio de transporte terrestre colectivo urbano o interurbano, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte público colectivo, que cumplan las condiciones establecidas en el citado Real Decreto-ley.Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes:De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, y de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de abril de 2025, teniendo derecho al anticipo solo aquellas que se presenten en los 30 días naturales siguientes a la publicación de la resolución de convocatoria.Las solicitudes podrán presentarse desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE, hasta las 15:00 horas del día 30 de abril. Obligatoriamente, se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica de este Ministerio: https://sede.transportes.gob.es/ (Áreas de Actividad/Subvenciones).Cuarto.- Bases reguladoras:Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad («BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2025).Quinto.- Cuantía:Las ayudas previstas en la Resolución podrán alcanzar una cuantía total máxima de 355 millones de euros (355.000.000 €), financiándose, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, con cargo al presupuesto en vigor en 2025 de las siguientes aplicaciones presupuestarias:  17.41.441M.450 “A Comunidades Autónomas para cofinanciar servicios de transporte colectivo”, dotada presupuestariamente con 235 millones de euros (235.000.000 €) distribuidos por anualidades de la siguiente forma:  2025: 170 millones de euros (170.000.000 €). 2026: 65 millones de euros (65.000.000 €).  17.41.441M.466 “A Corporaciones Locales para cofinanciar servicios de transporte colectivo”, dotada presupuestariamente con 120 millones de euros (120.000.000 €) distribuidos por anualidades de la siguiente forma:  2025: 90 millones de euros (90.000.000 €). 2026: 30 millones de euros (30.000.000 €). 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 10/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de modificación del Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convoca la concesión de determinadas ayudas directas al transporte terrestre de viajeros, previstas en el Capítulo I del Título II del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, y de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.Publicado 15/03/2025Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convoca la concesión de determinadas ayudas directas al transporte terrestre de viajeros, previstas en el Capítulo I del Título II del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, y de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.Publicado 11/03/2025Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.