CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL 2025
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ
¿A quién se dirige?
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Ámbito territorial
ES612 - Cádiz
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 24/03/2025
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.
Texto oficial de cierre: 20 DÍAS NATURALES DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.
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Extracto publicado
CONVOCATORIA PÚBLICA DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, FAMILIAS E IGUALDAD PARA LA ANUALIDAD 2025 DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ.De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 140 de 18 de junio de 2004 y modificación publicada en el B.O.P. nº 30 de 14 de Febrero de 2006, se efectúa convocatoria pública de subvenciones en materia de Servicios Sociales que se otorgarán mediante concurrencia competitiva, y tendrán como regulación la presente convocatoria, rigiéndose de forma supletoria por las disposiciones de la Ordenanza mencionada y de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.1. Objeto, finalidad, líneas de actuación y condiciones.El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar proyectos de intervención social, a través de entidades sin ánimo de lucro, orientados a la ejecución de programas preventivos y programas de intervención directa, de carácter específico y especializado, en el ámbito sociosanitario y dirigidos a personas mayores, personas con discapacidad física y/o psíquica, personas afectadas por enfermedades que supongan algún grado de dependencia, familias y menores en situación de privación social y económica. De igual forma, también se subvencionan proyectos encaminados a la prevención de las drogodependencias y adicciones, actividades complementarias a la actividad asistencial y a la incorporación social, que se desarrollan en los Centros de Tratamientos de Adicciones adscritos al Servicio Provincial de Drogodependencias.Para el cumplimiento de este objeto se han establecido las siguientes líneas de actuación: ? Línea 1: Proyectos de intervención social dirigidos a gastos corrientes y de funcionamiento (Servicios Sociales Especializados). ? Línea 2: Proyectos de intervención social dirigidos a gastos de inversión, adquisición de equipamiento para facilitar los fines de la entidad y/o la realización de actuaciones de mejora en las sedes sociales (Servicios Sociales Especializados).Será requisito indispensable que los proyectos que se presenten en la línea 1 (gastos corrientes y de funcionamiento) estén dirigidos a alguna de las siguientes modalidades de actuación: ? Proyectos dirigidos a entidades que atienden a personas mayores: Proyectos sociales para personas mayores, dirigidos a mejorar la calidad de vida, el envejecimiento activo y a mejorar la autonomía personal, los hábitos saludables y la salud en el colectivo, la integración en la sociedad de manera participativa e igualitaria, así como la atención y asesoramiento a sus familiares y cuidadores. ? Proyectos destinados a entidades que atienden a personas con capacidades diferentes, en la esfera física o motriz, sensorial (visual, auditiva, del habla) u orgánica, con afectación de la autonomía y necesidad de apoyos. ? Proyectos para entidades que atienden iniciativas solidarias para la exclusión social: Prevención y atención de colectivos vulnerables en comedores sociales, hogares, centros de atención. Proyectos destinados a entidades que atienden a personas vulnerables, sin hogar, o sin apoyos sociales, o con problemas de inserción social, desempleo o familias desfavorecidas, o marginación y/o pobreza. ? Proyectos para atender necesidades educativas especiales (NEE) y necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) e intervención terapéutica: Proyectos para entidades que atiendan la atención de las necesidades educativas especiales y necesidades específicas de apoyo educativo, incluyendo la sobredotación y altas capacidades, trastornos del lenguaje o comunicación, la discapacidad intelectual, personas con necesidad de apoyo psicosocial o mental, trastornos graves de conducta o necesidades de apoyo e intervención temprana y/o continuada, así como a la atención y asesoramiento a sus familiares y cuidadores. ? Proyectos para personas con enfermedades crónicas: Proyectos dirigidos a entidades que atienden a personas con enfermedades crónicas y/o limitantes de las capacidades personales, así como a la atención y asesoramiento a sus familiares y cuidadores. ? Prevención, tratamiento e inserción de personas con adicciones: Proyectos dirigidos a entidades que abordan la prevención, tratamiento, rehabilitación e inserción social y laboral de personas con adicciones así como a la atención y asesoramiento a sus familiares y cuidadores.En esta línea (gastos corrientes y de funcionamiento) no se admitirán gastos relativos a gastos inventariables o de inversión.La línea 2 está destinada a proyectos que tengan por objeto la adquisición de equipamiento para facilitar los fines de la entidad y/o la realización de actuaciones de mejora en las sedes sociales.En esta línea (gastos de inversión, equipamiento o mejora en las sedes sociales) no se admitirán gastos corrientes.La subvención otorgada será por importe cierto y puede financiar hasta el 100% del coste de la actividad subvencionada, sin que en ningún caso pueda superarse el límite de ayuda que para cada línea se establece en la base segunda.Cada entidad solicitante exclusivamente podrá presentar un proyecto a cada una de las dos líneas de actuación que se recogen en estas bases reguladoras. Igualmente se permite la presentación de un proyecto sólo a una de las líneas de actuación.Cada entidad solicitante podrá remitir como máximo una solicitud, referida a un proyecto, para cada una de las líneas de actuación.2. Créditos presupuestarios asignados a cada línea de actuación y cuantía máxima subvencionable por proyecto.La Diputación Provincial de Cádiz, a través del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, destinará a la presente convocatoria de subvenciones un crédito total de UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTE MIL EUROS (1.620.000,00 €), distribuidos en UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000,00€) en la aplicación presupuestaria 80 231C 48000 para la línea 1, y CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00€) en la aplicación presupuestaria 80 231C 78001 (proyecto de gasto 2025 4 SSFD 1 1) para la línea 2 de actuación. En la siguiente tabla se establece el importe máximo subvencionable por proyecto en función de la línea de actuación:Líneas de actuaciónAplicación PresupuestariaCréditos presupuestariosCuantía máxima subvencionable por proyectoLínea 1: Proyectos de intervención social dirigidos a gastos corrientes y de funcionamiento (Servicios Sociales Especializados)80 231C 480001.500.000,00 €50.000,00 €Línea 2: Proyectos de intervención social dirigidos a gastos de inversión, adquisición de equipamiento para facilitar los fines de la entidad y/o la realización de actuaciones de mejora en las sedes sociales (Servicios Sociales Especializados)80 231C 78001120.000,00 €5.000,00 €1.620.000,00 €3. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento.Tal como se recoge en el art. 5.1 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz, le corresponde la instrucción del Procedimiento al ?Diputado que tenga delegadas las atribuciones en el área de gestión a la que competa la subvención de acuerdo con su finalidad? siendo en este caso la Diputada del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad según Decreto de Presidencia SECRE-00101-2023 de fecha 17 de octubre de 2023. 4. Órgano competente para la Autorización del Gasto del procedimiento.Sobre la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a apoyar la realización de proyectos de intervención social a través de entidades sin ánimo de lucro, para el año 2025 y en virtud de la Base 22 de Ejecución del Presupuesto en vigor, se establece la competencia de la Presidencia, en relación a la autorización del gasto, para la concesión de subvenciones que no superen el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto o la cuantía de tres millones de euros.Aun lo anterior, mediante Decreto de la Presidencia INTER-00012-2023, de fecha 28 de julio de 2023, se delega en materia económica al Diputado Delegado de Economía y Hacienda, la competencia de autorización del gasto derivado de subvenciones a beneficiarios que no sean entes locales.5. Aplicaciones presupuestarias. ? 80 231C 48000. Correspondiente a la línea 1 de actuación. ? 80 231C 78001 (proyecto de gasto 2025 4 SSFD 1 1). Correspondiente a la línea 2 de actuación.6. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones.Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones. La obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos y privados, nacionales o internacionales, se deberá comunicar a la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, especificando la cuantía exacta y el destino que se dará a dichos fondos dentro del proyecto. Serán, en todo caso, incompatibles con otras subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cádiz para el mismo fin.7. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.Las entidades sin ánimo de lucro, además de los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán reunir los siguientes requisitos:7.1 Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal a fecha de esta convocatoria, al mismo tiempo se recomienda inscribirse en el Registro de Asociaciones de la Diputación de Cádiz.7.2. Carecer de ánimo de lucro.7.3. Gozar de capacidad jurídica y de obrar en el territorio español.7.4. Contar con delegación o representante en la provincia de Cádiz, y actividad demostrable en el último año.7.5. Indicar expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentran la realización de proyectos de intervención social, con documentación fehaciente de que la asociación actúa de forma continuada en este ámbito.7.6. En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y financieras del proyecto de referencia, con expresa justificación de los gastos correspondientes, por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación Provincial. De esta forma, la entidad no puede tener pendiente de justificación, una vez vencido el plazo acordado, cualquier subvención otorgada por la Diputación.7.7. Presentar un solo proyecto por cada línea de actuación de la convocatoria. 7.8. Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autonómica Andaluza y con la Seguridad Social, así como con la Diputación Provincial de Cádiz. En virtud del artículo 24 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la presentación de los certificados se podrá sustituir por una declaración responsable, como así se ha previsto en el modelo de solicitud de subvención (Anexo I).El cumplimiento de los citados requisitos deberá mantenerse durante la totalidad del plazo de ejecución de la acción subvencionada.8. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.La solicitud (Anexo I), que habrá de ajustarse al modelo que acompaña a la presente convocatoria, deberán presentarse durante los 20 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz (https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles) y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto.Dentro de la sede electrónica, el procedimiento está disponible en: ? www.dipucadiz.es ? Sede electrónica. ? Trámites Disponibles. ? Subvenciones. ? Servicios Sociales, Familias e Igualdad. ? Subvención en concurrencia a proyectos de intervención social del Área de Servicios Sociales, Familias e IgualdadLos interesados deberán indicar claramente en la solicitud de subvención la autorización o denegación de autorización a la Diputación Provincial de Cádiz para recabar, a través de redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, las certificaciones de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda Estatal, Autonómica y de estar al corriente de pago con la Seguridad Social. En ausencia de oposición del interesado, la Diputación Provincial deberá recabar la documentación antes citada. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.9. Documentos e informaciones que deben acompañarse.Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:9.1) Solicitud debidamente cumplimentada (Anexo I).9.2) Memoria de Proyecto y ficha general resumida (Anexo II).9.3) Presupuesto detallado del proyecto (ingresos y gastos).9.4) Documento que acredite la relación actualizada de los miembros de la Junta Directiva.9.5) En su caso, original o copia compulsada de los estatutos que acrediten la personalidad y objeto de la Entidad.9.6) En su caso, original o copia compulsada del poder de representación de la Entidad.9.7) En su caso, ficha de Terceros.9.9) Certificados de estar al corriente con sus obligaciones tributarias respecto de la AEAT, la Hacienda Autonómica y la Seguridad Social. En virtud del artículo 24 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la presentación de los certificados se podrá sustituir por una declaración responsable, como así se ha previsto en el modelo de solicitud de subvención (Anexo I).9.10) En su caso, certificado y/o declaración responsable de pertenencia a organismos federados (Federaciones provinciales, autonómicas o nacionales). Exclusivamente a efectos de baremación del proyecto.Respecto del apartado ?9.2 Memoria del Proyecto? deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados: ? Título del proyecto ? Presentación y resumen del proyecto ? Antecedentes, contexto, objetivos y justificación ? Plazo de ejecución del proyecto. Fecha prevista de inicio y finalización. ? Coste total del proyecto e importe de financiación solicitado ? Localización del proyecto ? Población beneficiaria ? Número de trabajadores vinculados al proyecto ? Viabilidad y sostenibilidad del proyecto ? Plan de difusión (publicidad).En relación al apartado ?9.3) Presupuesto detallado del proyecto (ingresos y gastos)? tendrá que incluir el total de ingresos que financian el proyecto incluida, en su caso, la aportación propia que realice la entidad u otras subvenciones solicitadas, así como el desglose por partidas de gastos estimados. Exclusivamente serán válidos, para la línea de actuación 1, gastos corrientes y de funcionamiento. Para la línea 2 sólo se admitirán gastos de inversión, equipamiento y mejora en las sedes sociales.Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta ley, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por estas bases reguladoras. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. No se admitirán gastos de combustible, al no poderse establecer una relación directa entre dichos gastos y el objeto de la actividad financiada.Si la documentación de los puntos 9.4 a 9.7 el interesado la hubiera presentado en anteriores convocatorias, y siendo ésta válida en tiempo, podrá solicitar que se tengan por presentados presentados dichos documentos y que estos se incorporen al presente expediente.Efectuadas las comprobaciones, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado, mediante publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial, para que, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El citado requerimiento contendrá indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición y así se reflejará en la resolución del expediente conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Dicha subsanación se realizará mediante el aporte de la documentación necesaria a través del apartado habilitado en el propio procedimiento electrónico.10. Criterios de valoración de las solicitudes y baremaciónLa valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros: ? Director del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, o persona en quien delegue. ? Vicedirectora del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, o persona en quien delegue. ? Adjunto a la Dirección de Gestión Económica y Administrativa del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, o persona en quien delegue. ? Jefe de Servicio de Servicios Sociales Especializados, o persona en quien delegue. ? Técnico/a del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, o persona en quien delegue.La valoración de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración, actuará según lo previsto en el artículo 7.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz y se ajustará a los siguientes criterios:Criterios de valoración de las solicitudes y baremaciónPuntuación máxima por criterio1. Evaluación del Proyecto PresentadoHasta 65 puntos1.1 Idoneidad técnicaHasta 40 puntos1.2 Carácter innovadorHasta 10 puntos1.3 Singularidad del proyecto en la provincia como único recursoHasta 10 puntos1.4 Consolidación del proyecto en el tiempoHasta 5 puntos2. Incidencia SocialHasta 20 puntos2.1 Número de personas beneficiarias directas del proyectoHasta 10 puntos2.2 Empleabilidad. Número de trabajadores vinculados al proyectoHasta 10 puntos3. Alcance geográficoHasta 5 puntos4. Pertenencia a organismos federados (Federaciones provinciales, autonómicas o Nacionales)Hasta 5 puntos5. Inclusión de la perspectiva de género en el proyectoHasta 5 puntosTotal puntuación máximaHasta 100 puntosDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes presentadas se evaluarán y seleccionarán por la Comisión de Valoración teniendo en cuenta los criterios objetivos de valoración que se recogen en las presentes bases. La Comisión emitirá un informe con una propuesta motivada de concesión de subvenciones que contendrá la relación de beneficiarios, valoración obtenida y cuantía de la ayuda concedida, así como la relación de solicitudes desestimadas. Durante el periodo de valoración la Comisión podrá recabar de los solicitantes información complementaria que sirva para un mejor conocimiento del proyecto o actividad.Para la concesión de las subvenciones se puntuará cada solicitud sobre una puntuación máxima de 100 puntos, teniendo que igualar o superar el 50% de forma obligatoria para ser beneficiario de subvención alguna, es decir, obtener 50 o más puntos.La Comisión de Valoración podrá solicitar el asesoramiento de profesionales o expertos de reconocido prestigio para el mejor desarrollo de las funciones que tiene encomendadas.10.1 Distribución inicial de fondosLa puntuación obtenida determinará el importe de la subvención a otorgar según el siguiente criterio de reparto: el importe de la subvención a otorgar será el resultado de multiplicar, para cada solicitante, el importe solicitado y los puntos obtenidos en la valoración divididos entre 100, siempre con el límite de la cuantía máxima financiable por proyecto en cada línea de actuación.10.2 Prorrateo en caso de insuficiencia presupuestaria.Cuando el presupuesto total disponible para una línea de subvención resulte insuficiente para cubrir el importe calculado de todas las subvenciones elegibles tras aplicar la distribución inicial, se aplicará un factor de corrección. Este factor ajustará proporcionalmente cada subvención, de manera que el total de las asignaciones se adecúe al presupuesto disponible en esa línea.La fórmula para el factor de corrección es la siguiente:Cada subvención inicial calculada en la distribución inicial de fondos se multiplicará por este factor de corrección para ajustarla al presupuesto total disponible para la línea de actuación correspondiente. Esto asegura una asignación equitativa dentro de los límites presupuestarios.10.3 Redistribución en caso de excedente de fondos.Si, tras la asignación inicial de fondos, el presupuesto total disponible para una línea de actuación no se ha agotado, el excedente se redistribuirá entre los proyectos que no hayan alcanzado el 100% de su solicitud. Este proceso de redistribución se realizará en iteraciones, asignando un ajuste adicional proporcional a la puntuación de cada proyecto hasta que el excedente se agote o todos los proyectos elegibles alcancen el 100% del importe solicitado.La fórmula para el ajuste adicional en cada iteración k es:Donde: ? Ai es el ajuste adicional asignado al proyecto i. ? Pi es la puntuación del proyecto i. ? Tk es la suma total de puntuaciones de los proyectos elegibles en la iteración k. ? Ek es el excedente de fondos disponible en la iteración k.Si el ajuste adicional hace que algún proyecto supere el importe solicitado, el ajuste se limitará a dicho importe, y el exceso se devolverá al fondo excedente para su redistribución en la siguiente iteración.Se realizarán, en su caso, sucesivas iteraciones hasta que se agoten los créditos presupuestados para cada línea de actuación o se alcance el máximo importe solicitado por los beneficiarios.Este sistema de prorrateo y redistribución de excedentes, fundamentado en el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 6.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz, garantiza una distribución justa y equitativa, maximizando el impacto social de los fondos públicos.11. Plazo de resolución y notificación.El plazo máximo para resolver, publicar y notificar la resolución será de 6 meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.Se publicará una Resolución Provisional motivada en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Web de la Diputación de Cádiz (https://sede.dipucadiz.es/tablon-electronico-de-anuncios-y-edictos) para dar cuenta a los interesados, que podrán presentar alegaciones y/o deberán comunicar la aceptación de las condiciones de la propuesta de resolución en el plazo de 10 días conforme al modelo establecido en el Anexo III, desde la Resolución Provisional, acompañando a ésta el resto de la documentación exigida, solicitud de pago anticipado, así como, en su caso, la reformulación del proyecto con objeto de ajustar los compromisos y actuaciones a la subvención que se le fuese a otorgar siempre en el marco de lo establecido en esta convocatoria. Contra la resolución correspondiente o contra la desestimación de solicitudes en las que no recaiga resolución expresa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte o debiera dictar el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.La concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Cádiz al amparo de esta convocatoria no comporta obligación alguna para subvencionar proyectos similares en posteriores ejercicios.Las resoluciones aprobadas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.12. Forma y secuencia del pago, y requisitos exigidos para el abono.Con carácter general, las entidades podrán solicitar el pago anticipado de la subvención concedida, teniendo en cuenta que la entidad no se encuentre en algunos de los casos recogidos en el artículo 34 de la Ley General de Subvenciones y el 88 del Reglamento General de Subvenciones.Ahora bien, la ejecución del proyecto subvencionado no debe estar, en ningún caso, supeditado al abono del pago anticipado.La entidad beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación:a) Solicitud de Pago Anticipado, debidamente argumentada.b) En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y económicas del proyecto de referencia, por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación, con expresa justificación de los gastos correspondientes.c) En el caso de que no se encuentre dado de alta en el Registro de Proveedores de la Diputación Provincial de Cádiz, o precise actualizar sus datos bancarios o económicos, deberá cumplimentar el trámite ?Ficha de Terceros? en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz. Enlaces https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles o https://sede.dipucadiz.es/oficinaVirtual/web/detalle/aft?zona=dipucadiz .13. Periodo ejecución.Las entidades solicitantes podrán presentar, en el marco de esta convocatoria, proyectos de actividades a realizar desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.14. Plazo y forma de justificación.La subvención que tiene por objeto un proyecto de acción social, se abonará con carácter general de forma anticipada, a la firma del convenio.El plazo de vigencia del Convenio será hasta el 31 de diciembre de 2025.La justificación del gasto realizado deberá producirse ante la Diputación Provincial, como fecha límite hasta el 31 de enero de 2026.A estos efectos, su justificación se realizará mediante la modalidad de cuenta justificativa simplificada regulada en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aportando el modelo suministrado a tal efecto por el Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad (ANEXO IV).En virtud de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 30 de la Ley General de Subvenciones, para subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000 euros, podrá tener carácter de documento con validez jurídica para la justificación de la subvención la cuenta justificativa simplificada, siempre que así se haya previsto en las bases reguladoras de la subvención.La cuenta justificativa simplificada contendrá la siguiente información:a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.El Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad comprobará, a través de las técnicas de muestreo aleatorio simples, los expedientes de la concurrencia competitiva que estime oportunos y los justificantes de gasto de cada uno de ellos que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir a la entidad beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto y pago.De esta manera no será necesario aportar las facturas ni los justificantes de pago en el momento inicial de presentar la justificación. Dichos documentos se aportarán en el caso de que el expediente sea seleccionado por el Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad y así le sea requerido al beneficiario.En este sentido se utilizará la técnica de muestreo aleatorio simple y, en todo caso, se seleccionarán un número de expedientes igual o superior al 20% del total de subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cádiz en esta convocatoria, pudiendo incrementarse este porcentaje hasta el 100 % en función del número y carácter de las incidencias, en su caso, encontradas en los expedientes muestreados.El resultado de dicho muestreo será notificado a las entidades, concediéndoles un plazo de diez días para la aportación de los justificantes de gasto y pago correspondientes. Si como consecuencia del control realizado se apreciara disparidad entre la documentación justificativa presentada y los justificantes de gastos aportados en la fase de muestreo que pudiera suponer fraude o falsedad en la justificación de la ayuda, tal conducta será constitutiva de infracción administrativa sancionable.El Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad requerirá al beneficiario para que presente, respecto de los justificantes seleccionados mediante muestreo, las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa que permita acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención concedida y la documentación acreditativa del pago (justificante bancario de transferencia).En el caso de gastos de personal, la documentación a presentar será la siguiente:- Recibos de las nóminas, en original o copia compulsada, del personal propio que ha participado en el proyecto.- Original o copia compulsada de los boletines acreditativos de las cotizaciones a la Seguridad Social (RNT y RLC) del personal que ha participado en el proyecto.- Justificantes del pago de nóminas y del abono de las cotizaciones.- Modelo 111 para justificar el IRPF de los trimestres afectados.En el caso de que se haya contratado nuevo personal exclusivamente para el proyecto, deberá presentarse original o copia compulsada de su contrato de trabajo.De igual forma, la entidad deberá presentar la publicidad realizada del proyecto subvencionado en la que aparezca el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz.No serán admisibles justificaciones de gastos realizados para el cumplimiento de fines distintos de los del proyecto subvencionado. Sólo son admisibles justificaciones de gastos realizados en el periodo de ejecución; siendo éste desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad al 31 de enero de 2026, fecha en la cual, finalizará el período de justificación.Se excluye cualquier tipo de recibo o similar. De igual forma, no son válidos a efectos de justificación, los gastos de combustible.Todas las facturas o cualquier otra documentación administrativa, deberán corresponder al año 2025.La entidad beneficiaria deberá garantizar la conservación de la totalidad de la documentación original justificativa de la ejecución del proyecto durante el tiempo mínimo establecido en la legislación vigente, así como facilitar, en su caso, los muestreos y las eventuales actuaciones de control.La Diputación podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionados por cualquiera de los medios previstos en el artículo 33 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Cuando las actividades objeto del presente Convenio hayan sido financiadas además de con ésta subvención con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación, como mínimo, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en el punto 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.Además de los documentos citados anteriormente, la entidad deberá presentar, si así se solicita por el Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad en sus funciones de control de la justificación de la subvención, declaraciones responsables y cualquier otra documentación que contribuya a la justificación del proyecto, tanto técnica como económica.La presentación de esta documentación se realizará preferentemente a través de la Carpeta Ciudadana en la sede electrónica aportando documentación adicional para que se incluya en el expediente electrónico creado.15. Obligaciones de las Entidades Beneficiarias.Las entidades a las que se les conceda subvenciones para la ejecución de proyectos de intervención social, están obligadas a:a) Iniciar y ejecutar el proyecto subvencionado entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025. b) Presentar la Memoria Justificativa (técnica y económica), Anexo IV y demás documentación recogida en el mismo, del Proyecto Subvencionado, como fecha límite el 31 de enero de 2026.En toda información o publicidad que se haga de los proyectos subvencionados, en el ámbito nacional e internacional, deberá constar la colaboración de la Diputación Provincial de Cádiz. En el caso de difusión escrita o gráfica se deberá utilizar en lugar visible el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz, Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad.La entidad dará a conocer a la ciudadanía de la Provincia de Cádiz, durante el 2025, el proyecto subvencionado por la Diputación.La presentación de la documentación descrita en las obligaciones anteriormente señaladas deberá realizarse preferentemente a través de la Carpeta Ciudadana, en la sede electrónica, aportando documentación adicional para que se incluya en el expediente electrónico creado al efecto.16. Criterios aplicables a los posibles incumplimientos de condiciones.Se procederá a la invalidez de la resolución de concesión y al reintegro de las cantidades percibidas según lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones.En todo lo no previsto en esta convocatoria, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento del citado cuerpo legal, la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los derechos digitales y la Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Cádiz.La Diputada del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad.Paula Conesa Barón.ANEXO I FORMULARIO SOLICITUD SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, FAMILIAS E IGUALDAD DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.1PERSONA INTERESADANOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIALNIF/NIE/CIF2PERSONA REPRESENTANTE1NOMBRE Y APELLIDOS NIF/NIE3MEDIO DE NOTIFICACIÓN2? NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA El medio de notificación preferente para esta solicitud será electrónico, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Diputación de Cádiz, indique el correo electrónico y el número de teléfono móvil donde desea recibir un aviso indicándole que acceda a la sede electrónica para consultar el contenido de la notificación. Con este modo de notificación se somete expresamente a lo dispuesto en el Título VII del Reglamento de Administración Electrónica de la Diputación de Cádiz.DATOS DE CONTACTO PARA AVISOS DE NOTIFICACIÓNCORREO ELECTRÓNICOTELÉFONO MÓVIL4EXPONE Y SOLICITAExpone: que una vez publicadas Bases Reguladoras de la convocatoria pública del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad para la anualidad 2025 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de intervención social.Solicita al Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad de la Diputación de Cádiz:1. Que por medio de la presente le sea concedida una subvención a la entidad que representa, destinada a la realización del siguiente proyecto: ? Denominación del proyecto: ? Importe solicitado (respetando los límites máximos establecidos en las Bases Reguladoras de la Concurrencia Competitiva): ? Porcentaje de financiación solicitado respecto al total del proyecto: ? Línea de actuación, de entre las establecidas en las Bases Reguladores, por la que se solicita la subvención:? Línea 1: Proyectos de intervención social dirigidos a gastos corrientes y de funcionamiento (Servicios Sociales Especializados).? Línea 2: Proyectos de intervención social dirigidos a gastos de inversión, adquisición de equipamiento para facilitar los fines de la entidad y/o la realización de actuaciones de mejora en las sedes sociales (Servicios Sociales Especializados).5DERECHO DE OPOSICIÓN3El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre): ? ME OPONGO a la consulta de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, por lo que APORTO certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.6CONSENTIMIENTO EXPRESO??CONSENTIMIENTO EXPRESO DE CONSULTA DE DATOS TRIBUTARIOSMarque una de las dos opcionesPresto el CONSENTIMIENTO para la consulta de datos tributarios NO CONSIENTO por lo que aporto certificado de estar al corriente con la Hacienda Estatal y Autonómica.7DOCUMENTACIÓN A APORTAR ? Memoria del Proyecto de la actividad objeto de la subvención y ficha general (ANEXO II). ? Presupuesto detallado por conceptos del proyecto (ingresos y gastos). ? Estatutos vigentes de la entidad solicitante y acreditación de su inscripción en el registro correspondiente, salvo que ya se encuentre inscrito en el Registro de Asociaciones de la Diputación Provincial de Cádiz (https://gobiernoabierto.dipucadiz.es/registro-de-asociaciones). En el caso de no encontrarse inscrita en el Registro de Asociaciones de la Diputación Provincial de Cádiz, se podrá solicitar la inscripción a través de la Sede Electrónica en el Área Temática ?Participación Ciudadana? (https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles)- ? Documento que acredite la relación actualizada de los miembros de junta directiva (solo si el presentado en años anteriores hubiera sufrido modificaciones). ? Certificado y/o declaración responsable de pertenencia a organismos federados (Federaciones provinciales, autonómicas o nacionales). Exclusivamente a efectos de baremación del proyectoEn caso de presentar la solicitud con certificado de persona física como representante, acreditación de dicha representación (poder notarial, representación legal o voluntaria). No es necesario acreditar la representación si el trámite se presenta y firma con certificado de representante de persona jurídica.Datos bancarios para proceder al pago de la subvención. En el caso de que no se encuentre dado de alta en el Registro de Proveedores de la Diputación Provincial de Cádiz, o precise actualizar sus datos bancarios o económicos, deberá cumplimentar el trámite ?Actualización de Proveedores en Registro Contable de Facturas-Ficha de Terceros? en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz. Enlace: https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles8DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDADLa persona abajo firmante DECLARA:1. Pretende desarrollar el proyecto adjunto que contiene las actividades y el presupuesto de los gastos previstos, comprometiéndose a justificarlos en su momento.2. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el art. 24 del Reglamento General de Subvenciones, e igualmente se compromete a mantener el cumplimiento de este requisito durante el período de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho, conforme a lo dispuesto en el artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.3. Que la entidad que representa no tiene pendiente de justificar anteriores subvenciones concedidas por parte de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz. 4. Que no se encuentra en ningún supuesto de exclusión para la obtención de ayudas públicas a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 5. Que la entidad se compromete hacer constar, en toda la información o publicidad que se haga del Proyecto subvencionado, la colaboración del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad de la Diputación Provincial de Cádiz, así como el logotipo de la entidad corporativa. 6. (Señalar la que corresponda) ?? Que ?NO? ha solicitado, ni han sido concedidas, para la misma finalidad otras subvenciones, procedentes de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.?? Que ?SÍ? ha solicitado o ha sido concedida subvención procedente de_____________ _________________________________, por el importe de_______________ Euros. Esta cantidad, junto a la establecida en el Presupuesto de la Corporación, no supera el coste total de la actividad a desarrollar. De igual forma DECLARA:? Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud, así como en la documentación adjunta, y se COMPROMETE a cumplir las obligaciones y requisitos exigidos por las normas de aplicación.? Que la documentación anteriormente indicada y que no se aporta junto a esta solicitud, no ha sufrido ninguna modificación respecto de la presentada en años anteriores y que se halla en poder de esta Administración. ? Que si entre la información facilitada o consultada en la Plataforma de Intermediación de Datos figuran datos de terceros, ASUMO EL COMPROMISO de informarles de los extremos señalados en la cláusula informativa sobre Protección de Datos Personales, a fin de que pueda ejercer sus derechos.9PAGO ANTICIPADO(Señalar si corresponde)? Solicita el pago anticipado de la subvención.Asimismo, declaro que, de conformidad con el art. 34 de la Ley General de Subvenciones y el art. 88 del Reglamento General de Subvenciones, que disponen que no se realizarán pagos anticipados a los beneficiarios, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:- Que haya sido dictada resolución declarativa de la procedencia del reintegro de una subvención o de la pérdida del derecho al cobro de la misma por alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.- Que los beneficiarios hayan solicitado la declaración de concurso voluntario, hayan sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hayan sido declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estén sujetos a intervención judicial o hayan sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.NO concurren ninguna de las circunstancias anteriores y la entidad no dispone de los recursos suficientes para financiar transitoriamente la actividad. Por tanto, se solicita el pago anticipado de la subvención.10 INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por la Diputación Provincial de Cádiz, para darle adecuada respuesta a la solicitud formulada en el procedimiento de referencia que ha iniciado con la presentación de la misma. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad: dirigiéndose a la Delegación de Protección de Datos por correo electrónico: dpd@dipucadiz.es o al teléfono 956240320; de forma electrónica a través de la Sede electrónica https://sede.dipucadiz.es; o de forma postal enviando un escrito al Registro General deDiputación (Edificio Roma), en Avenida 4 de diciembre de 1977, 12, 11071 de Cádiz. Puede consultar toda la información completa en https://www.dipucadiz.es/protecciondedatos/. 11ÓRGANO AL QUE SE DIRIGEPRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ. (Área Gestora: Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad).Fecha y firma electrónica.ANEXO IIFICHA GENERAL RESUMIDA DEL PROYECTO PARA EL QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓNRESUMEN DEL PROYECTODenominaciónLínea de actuación por la que se solicitaObjetivos del proyectoImporte solicitadoImporte total del proyectoPoblación beneficiariaNúmero de trabajadores vinculados al proyectoMedios de difusión y publicidadÓRGANO AL QUE SE DIRIGEPRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ. (Área Gestora: Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad).ANEXO IIIACEPTACIÓN, REFORMULACIÓN O RENUNCIA DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, FAMILIAS E IGUALDAD PARA LA ANUALIDAD 2025 DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL.Nombre y apellidos: ______________________________, con DNI:___________ , actuando en representación legal de la entidad: ______________________________, con NIF:_______________________? ACEPTA la subvención por importe de ______________ € con destino a la realización del proyecto denominado: _________________________________________________________ (Marcar esta opción en el caso de que se acepte la subvención, y no se precise reformular el proyecto).? ACEPTA Y REFORMULA la subvención por importe de ______________ € con destino a la realización del proyecto denominado: _________________________________________________________ (Marcar esta casilla en el caso de aceptar la subvención y reformular el proyecto para adaptarlo a la cantidad de la propuesta de resolución definitiva, respetando el objeto, condiciones y finalidad de la subvención). En este caso, deberá presentar junto a este anexo el proyecto reformulado.? RENUNCIA a la subvención solicitada.ÓRGANO AL QUE SE DIRIGEPRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ. (Área Gestora: Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad).ANEXO IVJUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES (art. 72 RD 887/2006)1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDADNombre o razón socialDomicilio a efectos de notificación:Correo electrónico a efectos de notificación electrónica:NIF:LocalidadProvinciaC.P.Tlf.FaxRepresentada por (persona que tenga responsabilidad):Apellidos y Nombre:CERTIFICA que se ha realizado el programa denominado _____________________________________________________________________, subvencionado con ______________ y presenta los siguientes documentos adjuntos: ? 1º Memoria justificativa del proyecto, con las siguientes especificaciones como mínimo: ? Fecha de ejecución del programa. ? Actuaciones realizadas. ? Resultados obtenidos. ? Balance económico en el que se especifica los gastos e ingresos definitivos del coste total de la actividad (incluida la parte no aportada por la Diputación). ? Conclusiones. ? 2º Cuenta justificativa simplificada. ? 3º Publicidad realizada del proyecto subvencionado en el que conste el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz. ? ? 4º (Según los casos) Dado que el importe de la subvención superan los 39.999€, en caso de ser gasto subvencionable por ejecución de obras, o de 14.999€ I.V.A. excluido en el supuesto de que suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultaría o asistencia técnica, se presentan las tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la realización del compromiso de la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención (art. 31.3 ley 38/2003). 5º Certificados vigentes del estar al día en la Seguridad social y las Haciendas públicas estatal y autonómica, en el caso de oposición a su consulta por parte del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad.DECLARA que la subvención concedida ha financiado como máximo el _____ % del gasto total efectuado en la actividad/proyecto objeto de subvención, y que los fondos se han aplicado a la finalidad para la cual fueron concedidos. Así como que dispone y se compromete a conservar los originales o copias compulsadas de Facturas (que reúnan los requisitos fijados en el RDL 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación) o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente (art. 30.3 Ley 38/2003), que acrediten el destino de la aplicación de los fondos subvencionados.DECLARA: Que el IVA soportado contenido en los justificantes de gasto presentados con ocasión de la justificación de la subvención concedida, tiene la naturaleza de (señalar lo que proceda): ? Soportado deducible (no constituye gasto para el beneficiario). ? Soportado no deducible (sí constituye gasto para el beneficiario).Igualmente DECLARA que no se ha recibido ninguna otra subvención para la misma finalidad o, en caso contrario, que conjuntamente no superan el coste total del proyecto/actividad subvencionada.SOLICITANDO la aprobación de la cuenta justificativa simplificada y? (Señalar cuando proceda) y el número de cuenta para proceder al REINTEGRO de la cantidad no ejecutada que asciende a un total de _______________ €.Se adjunta detalle de ingresos y gastosEL/LA PRESIDENTE/A O PERSONA QUE TENGA LA RESPONSABILIDADFirma Nombre y apellidosDNI Sello de la entidad Sra. Presidenta de Diputación o Diputado/a Delegado/a RELACIÓN TOTAL DE INGRESOS DEL PROYECTO FINANCIADO.Incluidas subvenciones concedidas por otra administración o entidades privadas, aportación propia de la entidad beneficiaria u otros ingresos que han financiado el proyecto subvencionadoFechaAdministración/ Ente Público/ Entidades Privadas / OtrosImporteTOTALCUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA SUBVENCIONESRelación de gastos / Inversiones efectuadas con cargo al proyecto / Actividad subvencionadaNºOrdenFecha justificante/Fra.Nº Justif./Fra.ProveedorDescripción/ConceptoImporte JustificanteFecha pagoImporte imputado a DiputaciónImporte imputados otrosImporte total gastos justificadosImporte SubvenciónResultadoDiferencia (-) falta de justificación(+) exceso de justificaciónEL/LA PRESIDENTE/A O PERSONA QUE TENGA LA RESPONSABILIDADFirma Nombre y apellidosDNI Sello de la entidad Sra. Presidenta de Diputación o Diputado/a Delegado/a
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 01/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSCORRECCIÓN ERRORES EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, FAMILIAS E IGUALDAD PARA LA ANUALIDAD 2025 DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL EN LA PROVINCIA DE CÁDIZPublicado 12/05/2025CONVOCATORIA PÚBLICA DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, FAMILIAS E IGUALDAD PARA LA ANUALIDAD 2025 DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL EN LA PROVINCIA DE CÁDIZPublicado 24/03/2025ORDENANZA GENERALInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.