Plazo no verificadoBDNS 819453
subvenciones, tanto a asociaciones deportivas como personas físicas de Azkoitia sin ánimo de lucro, para la organización de una actividad deportiva, evento o competición que se desarrolle en Azkoitia o esté dirigida
LOCAL · AZKOITIA · AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:27 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/10/2024
- Registro en BDNS
- 10/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 24/03/2025
Texto oficial de apertura: al día siguiente de su publicación en el boletín oficial de Gipuzkoa
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
ANUNCIO 1. Objeto de la subvención.Conceder subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, tanto a asociaciones deportivas como personas físicas de Azkoitia sin ánimo de lucro, para la organización de una actividad deportiva, evento o competición que se desarrolle en Azkoitia o esté dirigida principalmente a la población azkoitiarra. 2. Importe y partida de la subvención.El importe total de las subvenciónes no superará la consignación destinada a la citada finalidad; es decir, 30.000 euros.El gasto se hará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: Subvenciones a entidades deportivas - 1 3200.481.341.00.01Teniendo en cuenta que las subvenciones que el Ayuntamiento de Azkoitia destina al deporte se dividen en tres líneas (2025PUNT0002, 2025PUNT0003 y 2025PUNT0004), y todas ellas están financiadas a través de la citada partida presupuestaria en la materia, si existen solicitudes de subvención por importe inferior al gasto previsto en la convocatoria de una línea subvencional o si el órgano competente ha resuelto no conceder la totalidad de la subvención, el órgano competente para resolver podrá acordar un incremento de la dotación de una línea subvencional por el importe de dicha cantidad no utilizada. En estos casos no será necesaria una nueva convocatoria y la modificación se publicará en la plataforma BDNS. En todo caso, el importe total de la partida presupuestaria no podrá superar los 65.000 euros. 3. Criterios generales.Las actividades, eventos o competiciones que se organicen deberán estar alineados con los objetivos generales del Ayuntamiento de Azkoitia, así como con los objetivos de los programas deportivos y de ocio.Será necesario informar de la actividad prevista a las personas responsables del ámbito deportivo del Ayuntamiento, con anterioridad a solicitar la subvención, para recibir su visto bueno.La subvención será voluntaria y provisional. La concesión de la misma no comportará ninguna obligación para el Ayuntamiento de cara a eventos futuros.Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas. No obstante, en ese caso, será necesario comunicar que se han solicitado otras subvenciones para la misma actividad. 4. Solicitantes.Podrán solicitar las subvenciones:• Entidades, asociaciones y agrupaciones legalmente constituidas.• Particulares que desarrollen actividades deportivas o grupos de personas unidas para ese mismo fin.Quedarán excluidas de la convocatoria aquellas actividades que reciban aportaciones económicas del Ayuntamiento de Azkoitia mediante contrato o convenio. 5. Presentación de solicitudes.La convocatoria de solicitudes será abierta. Las solicitudes podrán realizarse desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2025.La solicitud de subvención deberá realizarse con anterioridad a la fecha de la actividad o del evento. En cualquier caso, si el evento tuviese lugar antes de la publicación de la convocatoria, se aceptarán solicitudes realizadas a posteriori, siempre que se hubiesen notificado con anterioridad a las personas responsables del ámbito deportivo del Ayuntamiento.Documentación que deberá presentarse en la solicitud:a) Para quienes soliciten la subvención por primera vez.• Certificado de inscripción en el registro de asociaciones o entidades del Gobierno Vasco o en el registro municipal de asociaciones.• Curriculum vitae de la asociación: actividades realizadas hasta la fecha, objetivos, recursos humanos y materiales, etc.b) Para todas aquellas personas que presenten una solicitud:• Anexo de solicitud de la subvención, debidamente cumplimentado.• Proyecto de la actividad o del evento: fechas, lugar, ámbito de actividad, historial del evento, objetivos, detalles de la organización (responsable, personal y personas voluntarias), estrategia o cartel de divulgación de la actividad, participantes por niveles, etc.• Presupuesto de la actividad: con indicación de los ingresos y gastos previstos.No presentar la documentación indicada se entenderá como una renuncia a la subvención. Asimismo, la ocultación o falsificación de datos conllevará la pérdida del derecho a recibir la presente subvención o subvenciones futuras.En caso de que la solicitud no se hubiese completado correctamente o faltase algún documento, se otorgará un plazo de 10 días para subsanaciones. Si el error no se hubiese corregido en ese plazo, la solicitud se archivará sin necesidad de trámites adicionales.Si las entidades, agrupaciones o personas que hubiesen presentado solicitud en años anteriores hubiesen sufrido algún cambio en sus datos, también deberán presentar la documentación indicada para quienes solicitan la subvención por primera vez.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará los requisitos siguientes, establecidos en las presentes bases específicas, mediante los servicios de la plataforma de intermediación de datos o de otras administraciones. Las entidades o personas solicitantes podrán oponerse a tales comprobaciones, en cuyo caso deberán presentar la documentación correspondiente. Servicios disponibles a través de la plataforma de intermediación de datos:1. Dirección General de la Policía:— Consulta y comprobación de los datos de identidad de cada persona solicitante de la ayuda.2. Diputación Foral de Gipuzkoa y haciendas forales:— Consulta de estar al día con las obligaciones fiscales.3. Tesorería General de la Seguridad Social:— Consulta de estar al día con las obligaciones en materia de Seguridad Social.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará de oficio el estado de las obligaciones fiscales para con el Ayuntamiento y sus organismos autónomos.El Ayuntamiento podrá solicitar a las entidades o personas solicitantes la información complementaria que estime oportuna, con el fin de realizar la valoración del programa presentado. 6. Obligaciones de la entidad o persona beneficiaria.-Realizar y comprometerse a realizar el evento que hubiera motivado la concesión de la subvención.-Acreditar la realización del evento y el cumplimiento de los requisitos y obligaciones para la obtención de la subvención.-Obtener los permisos necesarios para la realización del evento subvencionado y respetar las condiciones de dichos permisos.-Aceptar las labores de comprobación del órgano que concede la subvención y brindarle asistencia, además de colaborar en las actividades de comprobación y control financiero que deban llevar a cabo los órganos de control, facilitando toda la información solicitada para tales fines.-Comunicar al órgano otorgante cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso recibido de cualquier otra administración o entidad (pública o privada, nacional o internacional) para el proyecto subvencionado, en caso de que se hubiera recibido.-Indicar que se ha recibido ayuda del Ayuntamiento de Azkoitia, con el logotipo del Ayuntamiento, en la publicidad escrita, verbal, visual o audiovisual de la entidad o la actividad. 7. Criterios y límites para la concesión de subvencionesAspectos que se tendrán en cuenta para la determinación del importe de la subvención:• Impacto de la actividad deportiva en el pueblo y contribución que realiza al pueblo.• Historial y trascendencia de la actividad deportiva prevista.• Esfuerzo organizativo y económico realizado por la entidad.• Recursos empleados en la organización del evento (medios, infraestructura, recursos humanos).• Calidad técnica del proyecto presentado (diseño, metodología, organización de recursos, nivel de innovación, etc.).• Duración, participación y nivel deportivo del evento.• Iniciativas específicas para fomentar la participación de las mujeres.• Organización de actividades deportivas para escolares, personas jubiladas o personas en riesgo de exclusión social.• Organización de actividades deportivas complementarias.• Garantía y fomento del uso del euskera en notas de prensa, el propio evento, etc.En ningún caso, cada subvención podrá superar el límite de 5000 euros. 8. Comisión de evaluaciónA medida que se vayan recibiendo las solicitudes, la comisión de evaluación las examinará, evaluará y elevará la propuesta de concesión de la subvención, especificando la cuantía de cada una de ellas.La Comisión de Evaluación estará compuesta por:-La Secretaría del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- La Interventora del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- El técnico de deportes del ayuntamiento o funcionario en quien delegue. 9. Abono de las subvencionesEn la medida de lo posible y siempre que la solicitud de subvención se hubiese realizado en plazo, el abono se realizará con anterioridad a la fecha del evento. No obstante, este extremo no se puede garantizar al cien por cien y la persona o entidad solicitante deberá estar dispuesta a asumir gastos previos. 10. Justificación de la subvenciónLas subvenciones concedidas deberán justificarse en un plazo de 30 días a partir del final del evento o la actividad. Si la subvención se hubiese concedido después del evento, el plazo de 30 días comenzará a contar en el momento de concesión de la subvención. 11. NormativaPara todo aquello no establecido en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en: la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre); el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado de 25 de julio); las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia(BOG, nº 54 de 20 de marzo de 2023) y Bases Especificas (BOG, nº 37 de 25 de febrero de 2025). 12. RecursosContra la presente convocatoria cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y Recurso de Reposición contra la resolución de esta convocatoria en el plazo de un mes.El plazo comenzará al día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 10/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 10/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSsubvenciones, tanto a asociaciones deportivas como personas físicas de Azkoitia sin ánimo de lucro, para la organización de una actividad deportiva, evento o competición que se desarrolle en Azkoitia o esté dirigida principalmente a la población azkoitiarra.Publicado 24/03/2025Bases específicas para subvenciones destinadas a la organización de eventos deportivos en el Municipio de Azkoitia.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.