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Plazo no verificadoBDNS 819454

subvenciones a clubes deportivos y asociaciones sin ánimo de lucro de Azkoitia, para la participación en competiciones extraordinarias fuera de la CAPV.

LOCAL · AZKOITIA · AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
10/03/2025
Publicación en diario oficial
24/03/2025

Texto oficial de apertura: al día siguiente de su publicación en el boletín oficial de Gipuzkoa

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

ANUNCIO 1. Objeto de la subvención.Conceder subvenciones a clubes deportivos y asociaciones sin ánimo de lucro de Azkoitia, en régimen de concurrencia competitiva, para la participación en competiciones extraordinarias fuera de la CAPV. 2. Importe y partida de la subvención.El importe total de las subvenciones no superará la consignación destinada a la citada finalidad; es decir, 10.000 euros.El gasto se hará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: Subvenciones a entidades deportivas - 1 3200.481.341.00.01Teniendo en cuenta que las subvenciones que el Ayuntamiento de Azkoitia destina al deporte se dividen en tres líneas (2025PUNT0002, 2025PUNT0003 y 2025PUNT0004), y todas ellas están financiadas a través de la citada partida presupuestaria en la materia, si existen solicitudes de subvención por importe inferior al gasto previsto en la convocatoria de una línea subvencional o si el órgano competente ha resuelto no conceder la totalidad de la subvención, el órgano competente para resolver podrá acordar un incremento de la dotación de una línea subvencional por el importe de dicha cantidad no utilizada. En estos casos no será necesaria una nueva convocatoria y la modificación se publicará en la plataforma BDNS. En todo caso, el importe total de la partida presupuestaria no podrá superar los 65.000 euros.  3. Criterios generales.Las competiciones deberán ser de categoría infantil o superior, deberán estar orientadas al rendimiento deportivo y deberán contar con un nivel deportivo mínimo. A efectos de acreditar ese nivel mínimo, deberá acreditarse al menos la existencia de un proceso de clasificación o selección. El personal técnico deportivo del Ayuntamiento evaluará si el nivel deportivo demostrado es suficiente para poder obtener la subvención.La subvención será voluntaria y provisional. La concesión de la misma no comportará ninguna obligación para el Ayuntamiento de cara a convocatorias futuras.Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas. No obstante, en ese caso, será necesario comunicar que se han solicitado otras subvenciones para la misma competición. 4. Solicitantes.Podrán solicitar las subvenciones:•             Asociaciones deportivas de Azkoitia legalmente constituidas.•             Deportistas que se encuentren inscritos/as y federados/as en alguna asociación deportiva de Azkoitia.•             Deportistas federados/as en una asociación deportiva de fuera de Azkoitia, siempre que la persona en cuestión esté empadronada en Azkoitia.Quedarán excluidas de la convocatoria aquellas actividades que reciban aportaciones económicas del Ayuntamiento de Azkoitia mediante contrato o convenio. 5. Presentación de solicitudes.La convocatoria de solicitudes será abierta. Las solicitudes podrán realizarse desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2025.La solicitud de subvención deberá realizarse con anterioridad a la fecha de la competición. En cualquier caso, si la competición tuviese lugar antes de la publicación de la convocatoria, se aceptarán solicitudes realizadas a posteriori, siempre que se hubiesen notificado con anterioridad a las personas responsables del ámbito deportivo del Ayuntamiento.Documentación que deberá presentarse en la solicitud:a)            Para quienes soliciten la subvención por primera vez.•             Certificado de inscripción en el registro de asociaciones o entidades del Gobierno Vasco o en el registro municipal de asociaciones.•             Curriculum vitae de la asociación: actividades realizadas hasta la fecha, objetivos, recursos humanos y materiales, etc.b)           Para todas las asociaciones o particulares que presenten solicitud:•             Anexo de solicitud de la subvención, debidamente cumplimentado.•             Proyecto de la competición: lugar, fecha, formato de la competición, nivel de la competición, historial, participantes, notas de prensa, cartel, etc.•             Programa y objetivos de temporada del equipo o de la persona deportista clasificada.•             Vinculación del equipo o de la persona deportista con la competición e importancia que le otorga, así como resultados deportivos obtenidos para la clasificación.•             Presupuesto para participar en la competición, indicando debidamente los gastos e ingresos incurridos y previstos.No presentar la documentación indicada se entenderá como una renuncia a la subvención. Asimismo, la ocultación o falsificación de datos conllevará la pérdida del derecho a recibir la presente subvención o subvenciones futuras.En caso de que la solicitud no se hubiese completado correctamente o faltase algún documento, se otorgará un plazo de 10 días para subsanaciones. Si el error no se hubiese corregido en ese plazo, la solicitud se archivará sin necesidad de trámites adicionales.Si las entidades o agrupaciones que hubiesen presentado solicitud en años anteriores hubiesen sufrido algún cambio en sus datos, también deberán presentar la documentación indicada para quienes solicitan la subvención por primera vez.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará los requisitos siguientes, establecidos en las presentes bases específicas, mediante los servicios de la plataforma de intermediación de datos o de otras administraciones. Las entidades o personas solicitantes podrán oponerse a tales comprobaciones, en cuyo caso deberán presentar la documentación correspondiente. Servicios disponibles a través de la plataforma de intermediación de datos:1.            Dirección General de la Policía:— Consulta y comprobación de los datos de identidad de cada persona solicitante de la ayuda.2. Diputación Foral de Gipuzkoa y haciendas forales:— Consulta de estar al día con las obligaciones fiscales.3. Tesorería General de la Seguridad Social:— Consulta de estar al día con las obligaciones en materia de Seguridad Social.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará de oficio el estado de las obligaciones fiscales para con el Ayuntamiento y sus organismos autónomos.El Ayuntamiento podrá solicitar a las entidades o personas solicitantes la información complementaria que estime oportuna, con el fin de realizar la valoración del programa presentado. 6. Obligaciones de la entidad o deportista beneficiaria.-Acreditar la participación en la competición y el cumplimiento de los requisitos y obligaciones para la obtención de la subvención.-Aceptar las labores de comprobación del órgano que concede la subvención y brindarle asistencia, además de colaborar en las actividades de comprobación y control financiero que deban llevar a cabo los órganos de control, facilitando toda la información solicitada para tales fines.-Comunicar al órgano otorgante cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso recibido de cualquier otra administración o entidad (pública o privada, nacional o internacional) para el proyecto subvencionado, en caso de que se hubiera recibido.-Indicar que se ha recibido ayuda del Ayuntamiento de Azkoitia, con el logotipo del Ayuntamiento, en la publicidad escrita, verbal, visual o audiovisual relativa a la competición.   7. Criterios y límites para la concesión de subvencionesComo máximo se concederá el 50% de los gastos presentados. Tendrán la consideración de gastos la inscripción del campeonato, el viaje, la estancia y el material específico y similares expresamente necesarios para la competición.Por tanto, no se tendrá en cuenta el límite del 25% establecido en las Bases Generales de Subvenciones del Ayuntamiento de Azkoitia en 18.2.2, ya que el fondo de esta línea subvencional son los gastos de viaje y de estancia.Por otra parte, se computarán únicamente los gastos de deportistas y entrenadores, sin tener en cuenta los gastos de familiares o amigos, aunque el deportista sea menor de edad.En cuanto a la cantidad de subvención, la subvención mínima para los deportistas individuales será de 200 euros y la máxima de 1300 euros, mientras que para los equipos la mínima será de 500 euros y la máxima de 3250 euros.En esta convocatoria cada agrupación deportiva podrá solicitar, como mucho, subvención para 2 equipos o 3 deportistas individuales, denegándose en caso de más solicitudes.Las variables que se tendrán en cuenta a la hora de determinar el importe de la subvención son los siguientes:-Distancia al lugar de la competición:•             < 300 km = sin subvención•             300-600 km = 200 euros•             601-1000 km = 300 euros•             1001-2000 km = 400 euros•             Más de 2000 km = 500 euros -Tipo de deporte•             Deportista individual = se le aplicará el coeficiente 1 a la cantidad anterior (por 1)•             Equipo = se le aplicará el coeficiente 2,5 a la cantidad anterior (por 2,5) -Nivel de la competición•             Campeonato de España = se le aplicará el coeficiente 1 a la cantidad anterior (por 1)•             Campeonato de Europa = se le aplicará el coeficiente 1,2 a la cantidad anterior (por 1,2)•             Campeonato del Mundo = se le aplicará el coeficiente 1,3 a la cantidad anterior (por 1,3) -Trayectoria, nivel deportivo y mérito deportivo para clasificarse para la competición de la persona deportista o del equipo, teniendo en cuenta el nivel general y la dificultad del deporte:•             Bajo = se le aplicará el coeficiente 1 a la cantidad anterior (por 1)•             Bajo-medio = se le aplicará el coeficiente 1,2 a la cantidad anterior (por 1,2)•             Medio = se le aplicará el coeficiente 1,5 a la cantidad anterior (por 1,5)•             Alto = se le aplicará el coeficiente 1,8 a la cantidad anterior (por 1,8)•             Muy alto = se le aplicará el coeficiente 2 a la cantidad anterior (por 2) 8. Comisión de evaluaciónA medida que se vayan recibiendo las solicitudes, la comisión de evaluación las examinará, evaluará y elevará la propuesta de concesión de la subvención, especificando la cuantía de cada una de ellas.La Comisión de Evaluación estará compuesta por:-La Secretaría del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- La Interventora del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- El técnico de deportes del ayuntamiento o funcionario en quien delegue. 9. Abono de las subvencionesEn la medida de lo posible y siempre que la solicitud de subvención se hubiese realizado en plazo, el abono se realizará con anterioridad a la competición. No obstante, este extremo no se puede garantizar al cien por cien y la persona o entidad solicitante deberá estar dispuesta a asumir gastos previos. 10. Justificación de las subevncionesLas subvenciones concedidas deberán justificarse en un plazo de 30 días a partir del final de la competición. En cualquier caso, si la subvención se hubiese concedido después de la competición, el plazo de 30 días comenzará a contar en el momento de concesión de la subvención. 11. NormativaPara todo aquello no establecido en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en: la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre); el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado de 25 de julio); las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia(BOG, nº 54 de 20 de marzo de 2023) y Bases Especificas (BOG, nº 37 de 25 de febrero de 2025). 12. RecursosContra la presente convocatoria cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y Recurso de Reposición contra la resolución de esta convocatoria en el plazo de un mes.El plazo comenzará al día siguiente a la publicación de esta convocatoria.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 10/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 10/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSsubvenciones a clubes deportivos y asociaciones sin ánimo de lucro de Azkoitia, para la participación en competiciones extraordinarias fuera de la CAPV.Publicado 24/03/2025Bases específicas para subvenciones destinadas a asociaciones deportivas y deportistas de Azkoitia para participar en competiciones externas extraordinarias.