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AYUDAS PARA NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS EN EL MUNICIPIO DE MAGAZ DE PISUERGA 2025

LOCAL · MAGAZ DE PISUERGA · AYUNTAMIENTO DE MAGAZ DE PISUERGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:31 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES414 - Palencia

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
01/01/2025
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
11/03/2025
Publicación en diario oficial
14/03/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios.Serán beneficiarios de esta ayuda los progenitores o adoptantes de niños o niñas, nacidos o adoptados, durante el periodo señalado en el párrafo anterior.Segundo. ObjetoLa presente normativa tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación y concesión de las Ayudas que el Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga concede por nacimiento o adopción de hijos.Tercero. Bases reguladorasLas bases reguladoras de la concesión de subvenciones están contenidas en la Ordenanza General para la concesión de subvenciones aprobada por el Pleno Municipal en fecha 21 noviembre 2013 y publicada en el BOP de Palencia del día 14 de febrero de 2014 y en las bases específicas de Convocatoria aprobadas por Decreto de fecha 14/11/2019.Cuarto. Cuantía de la ayuda.Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 920.489.00 y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 6.000 €.La cuantía de la prestación será de entre TRESCIENTOS (300,00 €) Y SEINCEINTOS EUROS (600,00 €) por hijo nacido o adoptado.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes de ayudas, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro General o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. Las solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2025 y no resueltas no deben volver a presentarse, incluyéndose las mismas dentro de la presente convocatoria.El plazo de presentación de la solicitud será de tres meses a partir del día siguiente al nacimiento ó en el caso de adopción a partir del día siguiente a su inscripción en el libro de familia.Sexto. Otros datos.A las mismas deberá acompañarse la siguiente documentación:Solicitud de ayuda económica de pago único y declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga.Número de cuenta corriente bancaria donde se efectuará el ingreso.Fotocopia compulsada del libro de familia y DNI del solicitante. De observarse deficiencias en la presentación de las solicitudes o en la documentación se requerirá a los interesados al objeto de que procedan a su subsanación en el plazo de diez días y, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de sus peticiones, previa oportuna resolución.

Bases y documentación

Modelo Solicitud AYUDAS PARA NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOSPublicado 11/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 11/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSAYUDA PARA NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS EN EL MUNICIPIO 2025Publicado 14/03/2025ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MAGAZ DE PISUERGA