CerradaBDNS 819780
GASTOS CORRENTES PARA CONFRARÍAS DE PESCADORAS E PESCADORES, E AGRUPACIÓNS DE MARISCADORAS
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · MEDIO AMBIENTE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:34 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 14/03/2025
- Fin de solicitudes
- 10/04/2025
- Registro en BDNS
- 12/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 13/03/2025
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Extracto publicado
1. Entidades beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas tanto las cofradías de pescadoras y pescadores como la Federación de Cofradías o las agrupaciones de mariscadoras, con el requisito en los tres casos de que estén legalmente constituidas y pertenezcan a la provincia de Pontevedra.
2. Actuaciones subvencionables
Destinadas a apoyar a las cofradías, la Federación y las agrupaciones de mariscadoras en proyectos y actuaciones que tengan como objeto:
A. Inversiones:
- Material para vigilancia
- Elementos de transporte
- Equipos informáticos, impresoras, etiquetadoras
- Mobiliario
- Cajas y palés reutilizables
- Construcciones
- La formación técnica y el asesoramiento para desarrollar la actividad de las cofradías y de la Federación de Cofradías
Siempre y cuando estas actuaciones se contabilicen por la entidad beneficiaria en cuentas contables del grupo de inmovilizado.
B. Se permitirá subvencionar, con carácter extraordinario, actuaciones que tengan como objeto el siguiente gasto corriente:
- Combustible y electricidad
- Adquisición de semilla de moluscos bivalvos
- Gastos de personal
- Organización y desarrollo de jornadas divulgativas y promocionales de los productos del mar, y de encuentros sectoriales de convivencia y de fomento de la igualdad.
- Ropa impermeable o hidrotérmica para llevar a cabo la actividad pesquera-marisquera.
- Cajas de porespán y plásticas no reutilizables, bolsas, sacos y láminas plásticas, trabajos de pintura y reparaciones de locales o instalaciones y otros similares.
Legislación aplicable
Bases de subvenciones aprobadas por el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 7 de marzo de 2025; Bases de ejecución del Presupuesto provincial del año 2025; LGS; Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la LGS; Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Pontevedra y demás legislación de aplicación.
3. Cuantía
Subvenciones para inversiones 150.000,00 €
Subvenciones para gastos corrientes 200.000,00 €
4. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO).
5. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado, disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal).
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
- Criterios de valoración: los establecidos en la base decimosegunda de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: los necesarios para desarrollar la actividad objeto de subvención.
- Compatibilidad: compatibles con otras ayudas recibidas de otros organismos siempre que no se supere el coste de la inversión.
- Forma de pago: transferencia.
- Forma de justificación: mediante una memoria explicativa en la que se señale que los gastos se aplicaron a la finalidad prevista y la cuenta justificativa en la que se detallen las facturas.
- Plazo máximo de justificación: la actividad o la inversión deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2025, las entidades beneficiarias deberán justificarlas antes del 31 de marzo de 2026.
Podrán solicitar estas ayudas tanto las cofradías de pescadoras y pescadores como la Federación de Cofradías o las agrupaciones de mariscadoras, con el requisito en los tres casos de que estén legalmente constituidas y pertenezcan a la provincia de Pontevedra.
2. Actuaciones subvencionables
Destinadas a apoyar a las cofradías, la Federación y las agrupaciones de mariscadoras en proyectos y actuaciones que tengan como objeto:
A. Inversiones:
- Material para vigilancia
- Elementos de transporte
- Equipos informáticos, impresoras, etiquetadoras
- Mobiliario
- Cajas y palés reutilizables
- Construcciones
- La formación técnica y el asesoramiento para desarrollar la actividad de las cofradías y de la Federación de Cofradías
Siempre y cuando estas actuaciones se contabilicen por la entidad beneficiaria en cuentas contables del grupo de inmovilizado.
B. Se permitirá subvencionar, con carácter extraordinario, actuaciones que tengan como objeto el siguiente gasto corriente:
- Combustible y electricidad
- Adquisición de semilla de moluscos bivalvos
- Gastos de personal
- Organización y desarrollo de jornadas divulgativas y promocionales de los productos del mar, y de encuentros sectoriales de convivencia y de fomento de la igualdad.
- Ropa impermeable o hidrotérmica para llevar a cabo la actividad pesquera-marisquera.
- Cajas de porespán y plásticas no reutilizables, bolsas, sacos y láminas plásticas, trabajos de pintura y reparaciones de locales o instalaciones y otros similares.
Legislación aplicable
Bases de subvenciones aprobadas por el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 7 de marzo de 2025; Bases de ejecución del Presupuesto provincial del año 2025; LGS; Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la LGS; Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Pontevedra y demás legislación de aplicación.
3. Cuantía
Subvenciones para inversiones 150.000,00 €
Subvenciones para gastos corrientes 200.000,00 €
4. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO).
5. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado, disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal).
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
- Criterios de valoración: los establecidos en la base decimosegunda de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: los necesarios para desarrollar la actividad objeto de subvención.
- Compatibilidad: compatibles con otras ayudas recibidas de otros organismos siempre que no se supere el coste de la inversión.
- Forma de pago: transferencia.
- Forma de justificación: mediante una memoria explicativa en la que se señale que los gastos se aplicaron a la finalidad prevista y la cuenta justificativa en la que se detallen las facturas.
- Plazo máximo de justificación: la actividad o la inversión deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2025, las entidades beneficiarias deberán justificarlas antes del 31 de marzo de 2026.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 12/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA DE 7 DE MARZO DE 2025 POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS COFRADÍAS DE PESCADORAS Y PESCADORES, FEDERACIÓN DE COFRADÍAS Y AGRUPACIONES DE MARISCADORAS DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA PARA INVERSIONES Y GASTOS CORRIENTES DURANTE EL EJERCICIO 2025 Publicado 13/03/2025INVERSIONES PARA COFRADÍAS DE PESCADORAS Y PESCADORES, Y AGRUPACIONES DE MARISCADORAS (C4)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.