Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán optar a ser beneficiarios: Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones, sindicatos, colegios profesionales y, en general, entidades sin ánimo de lucro u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que lleven a cabo las actividades que motivan la concesión de la subvención, y cumplan los siguientes requisitos:- Que tengan la capacidad de obrar y cuenta con la habilitación profesional necesaria para realizar el proyecto subvencionado.No podrán solicitar la presente subvención:- Las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas y otros entes públicos dependientes de las anteriores entidades.- Las personas jurídicas que tengan como socias personas físicas o jurídicas o compartan socios con participación mayoritaria con otra persona jurídica que ya haya solicitado esta subvención.- Las personas físicas que tengan una participación mayoritaria en otras personas jurídicas que ya hayan solicitado esta subvención.Segundo. ObjetoLa presente convocatoria tiene por objeto subvencionar la realización de eventos/ferias/exposiciones/ (en adelante proyectos) eminentemente divulgativos de temáticas relacionadas con la tecnología, innovación, ciencia, investigación, emprendimiento tecnológico y consolidación empresarial, alineados con la estrategia València Innovation Capital.Se tendrá en cuenta y se priorizará el desarrollo de proyectos en cualquiera de estas áreas estratégicas de València Innovation Capital y sus diferentes enfoques clave:- Sostenibilidad (economía circular, eficiencia energética, movilidad sostenible, espacios verdes y biodiversidad e inclusión social)- IA (IA para la inclusión, IA para la mejora de la calidad de vida, desarrollo de una IA ética, ciberseguridad, datos)- Bienestar (IA aplicada a la salud, telemedicina, tecnologías para la salud digital, alimentación, deporte)- Gaming, entertainment, eSports- Diversidad (promoción de la igualdad de oportunidades y acceso a la tecnología entre los actores independientemente de su género, origen, edad o condición promoviendo un ecosistema inclusivo. Reforzando el papel de la mujer en la escena empresarial, innovadora, tecnológica y científica)- GovTech & Smart City- Turismo Innovador y Sostenible- Future of Work (adquisición de habilidades y aprendizaje continuo para preparar a los ciudadanos para el futuro del trabajo).- Inversión centrada en facilitar la conexión entre emprendedores e inversores como Business Angels, Family Offices, fondos de Venture Capital y corporaciones.Los proyectos habrán de desarrollarse en el término municipal de València del 1 de enero hasta el 14 de diciembre de 2025 y ayudar a posicionar a la ciudad como un hub de innovación referente en el Mediterráneo.No serán objeto de estos, eventos de carácter comercial o de presentación de productos/servicios/marcas, aunque estén relacionados con las expuestas temáticas.Esta subvención será compatible con cualquier otra otorgada por el ayuntamiento de valencia o por otra entidad o institución en 2025.Tercero. Bases reguladorasLas bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria es la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y de sus Organismos Públicos, aprobada mediante acuerdo plenario de 28.07.2016 (BOP de fecha 02.11.2016).La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en las bases reguladoras, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RLGS) y en las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2025 y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.Asimismo, están sometidas al régimen de minimis, regulado por el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. La gestión de estas subvenciones se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.Cuarto. CuantíaLa cuantía destinada a esta subvención asciende a 400.000,00€, con cargo a la Actividad 1.9.- València Innovation Ecosystem. - Planes y programas de eventos de fomento del ecosistema del Plan de Actuación 2025 de la Fundación de la Comunitat Valenciana para la Promoción Estratégica, el Desarrollo y la Innovación UrbanaSe reserva la posibilidad de ampliar la cuantía de esta subvención, siempre y cuando exista crédito disponible en el presupuesto de La Fundación, con un máximo de 100.000€.Los importes de la subvención se establecen en función de la puntuación obtenida por las entidades beneficiarias, según los criterios de valoración contemplados en el punto décimo, “comisión y criterios de valoración”, de estas bases, de acuerdo con la siguiente escala:- De 50 a 57 puntos 6.000 €- De 58 a 65 puntos 12.000 €- De 66 a 73 puntos 18.000 €- De 74 a 81 puntos 24.000 €- De 82 a 89 puntos 30.000€-- De 90 a 100 puntos 40.000€En todo caso, el importe de la subvención concedida no podrá ser superior al 50% del coste total del proyecto, impuestos excluidos. Por tanto, el importe de la subvención que corresponda en función de la puntuación obtenida será minorado para cumplir este requisito.Aquellos proyectos cuyo presupuesto global sea inferior a 12.000€ no serán elegibles para ser subvencionados.Se denegará la subvención obtenida a aquellos proyectos que, habiendo resultado beneficiarios, a la presentación de su justificación no alcancen el 70% del presupuesto inicial presentado y por el que fue evaluado por el Comité.El pago de la subvención se hará en un pago único por el importe finalmente concedido, mediante transferencia bancaria, una vez realizado el proyecto y presentada la memoria final de la actividad junto a la justificación correspondiente.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes empieza al día siguiente de su publicación en el BOP y el plazo de recepción de propuestas será de 20 días naturales desde el día siguiente de su publicación en el BOPLa presentación de solicitudes se efectuará a través del enlace al siguiente Formulario de Solicitud: https://valenciainnovationcapital.typeform.com/eventos-vlc-25Los anexos correspondientes a la subvención de estos proyectos estarán disponibles en la web https://valenciainnovationcapital.com/ y deberán presentarse junto con el formulario de solicitud.La presentación de la solicitud de la subvención fuera del plazo establecido y/o la no utilización del formulario habilitado para ello, serán causas de inadmisión de las solicitudes de subvención.Podrá presentarse una única solicitud de subvención por cada entidad.El plazo de presentación de solicitudes se publicará en la página web https://valenciainnovationcapital.com/En todo caso, estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con València Innovation Capital para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo las personas jurídicas y el resto de las enumeradas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Todas las comunicaciones y notificaciones en este procedimiento se realizarán a través del correo electrónico convocatorias@vlcinnovation.com, incluidas las realizadas a las entidades solicitantes de la ayuda requeridas por no haber presentado la totalidad de la documentación exigida en la convocatoria de la subvención.Sexto. Otros datosLa documentación que se solicitará y deberá presentar a través del formulario a cumplimentar es la siguiente:a) Si el solicitante fuera persona física: DNI por ambas caras o NIE acompañado del pasaporte, si así se especifica.b) En caso de personas jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes u otras entidades económicas: Escritura pública de constitución formalizada ante notario, que incluya los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro, en su caso.c) En caso de asociación, fundación, sindicato, colegio profesional y, en general, entidad sin ánimo de lucro: Escritura pública de constitución o Acta fundacional formalizada ante notario, que incluya los estatutos de la entidad legalmente constituida, actualizados e inscritos en el correspondiente Registro. Se deberá presentar también obligatoriamente Poderes Notariales del representante legal o Certificado de los miembros y cargos de la Junta Directiva, firmado por el secretario de la Asociación.En todos los casos:d) Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria (AEAT) actualizado, emitido con fecha de presentación en plazo de la solicitud a la convocatoria.e) Certificado de estar al corriente con la Agencia Valenciana Tributaria (AVT) actualizado, emitido con fecha de presentación en plazo de la solicitud a la convocatoria.f) Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) actualizado, emitido con fecha de presentación en plazo de la solicitud a la convocatoria. En caso de no estar inscrito en el sistema de la Seguridad Social, será necesario el Certificado de Inexistencia de inscripción como empresario emitido también por la TGSS.g) ANEXO I: Memoria del proyecto a ejecutar, según documento normalizado, que deberá estar firmada digitalmente por la persona interesada o representante legal de la persona o entidad solicitante. La memoria a presentar deberá incluir, como mínimo:- Descripción del proyecto y su temática, alineada con la estrategia València Innovation Capital, duración del proyecto, fechas de realización, relación de ponentes, etc.- Identificación sobre las áreas (indicadas el punto 1 de estas bases: Sostenibilidad, IA, Bienestar, etc.) que mayor impacto supone la realización del evento y su detalle explicativo.- Acreditación de la consolidación de los eventos y actividades propuestas en el proyecto.- Número de asistentes previstos realista, tanto en formato offline como online. Como base se requieren los datos históricos de asistentes en anteriores ediciones y la estimación diferenciada -offline y online- de la proyectada para la presente anualidad.- Alcance, es decir, la capacidad del evento de impactar dentro y/o fuera de València, apoyado por difusión a nivel nacional e internacional.- Colaboración real con otras entidades públicas y privadas para el desarrollo del evento.- Formato de entrada para asistentes (asistencia gratuita o de pago).- Presupuesto de ingresos y gastos, total y desglosado por partidas, con indicación del IVA correspondiente o en su caso art. de la Ley del IVA por el que está exento.- Las acciones previstas donde estará presente la marca del Ayuntamiento de València y València Innovation Capital. Su previsión en materia de publicidad, marketing, proyecciones, ediciones y/o merchandising.h) Además, el formulario incluirá la Declaración responsable que se firma de manera inherente a la presentación de este, que contendrá el pronunciamiento expreso sobre las siguientes cuestiones:- Que tiene la capacidad de obrar y cuenta con la habilitación profesional necesaria para realizar el proyecto que se subvenciona.- Que son ciertos los datos expuestos en el Anexo I y se ajustan a la realidad del proyecto que finalmente llevarán a cabo.- Que los gastos que se justifique en esta convocatoria no se justificarán en otras convocatorias de subvención públicas.- Que no son administraciones públicas, ni forman parte de sus organismos autónomos, empresas y otros entes públicos dependientes de las anteriores entidades.- Que no son persona jurídica que tengan como socias personas físicas o jurídicas o compartan socios con participación mayoritaria con otra persona jurídica que ya haya solicitado esta subvención.- Que no son persona física que tenga una participación mayoritaria en otras personas jurídicas que ya hayan solicitado esta subvención.