Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 13/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 19/03/2025
Texto oficial de apertura: Des de el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPT
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPT
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA DEPORTISTAS FEDERADOS AMATEURS NO PROFESIONALES DE DEPORTES INDIVIDUALES DEL MUNICIPIO DEL CATLLAR. AÑO 2025BasesEsta subvención se rige por aquello que se fije en la presente convocatoria, en la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en las bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento del Catllar y publicadas al Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT), con fecha de publicación 25 de septiembre de 2024, con el código *CVE 2024-08161 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso le sean aplicables. 2. Creditos presupostarios y cuantia total máximaEl importe máximo disponible durante el año 2025 para el otorgamiento de esta subvención será de 5.000,00 euros y se satisfarán con cargo a la aplicación presupuestaria 341/48199 del presupuesto municipal para el ejercicio 2025. El importe máximo subvencionable por solicitante puede ascender a 1.200,00€. 3. Objecto, condiciones i finalidat de la concesión de la subvenciónEl objeto de la presente subvención, dirigida a los deportistas federados amateurs y no profesionales empadronados en el municipio del Catllar, es fomentar la práctica de una actividad deportiva y la participación en acontecimientos de alto nivel como campeonatos de Cataluña, España, Europa, del Mundo o Juegos Olímpicos, motivando su dedicación deportiva y colaborando con su desarrollo y perfeccionamiento.Se subvenciona un 20% de los gastos admitidos, con un máximo de 1.200,00€ por solicitante. En caso de que el importe total a otorgar supere el crédito total disponible, se sumarán todos los importes a otorgar y se hará un prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones.Gastos admitidos y subvencionables:• Contratación y/o alquiler de instalaciones deportivas para llevar a cabo la práctica del deporte.• Adquisición de material específico necesario para la práctica deportiva, tanto para los entrenamientos como para las competiciones.• Compra de vestuario de uso individual necesario para los entrenamientos y competiciones.• Alquiler de medios de transporte, a través de empresas de transporte o agencias de viaje, para el desplazamiento del equipo necesario hasta el destino de la competición.• Inscripciones individuales a federaciones o consejos deportivos.• Inscripciones a campeonatos y/o torneos.• Mutualidades y/o seguros deportivos imprescindibles para el desarrollo de la actividad deportiva. b) Gastos excluidos y no subvencionables:• Gastos gastronómicos, dietas, alojamiento y carburante por desplazamientos.• Gastos de funcionamiento ordinario (como por ejemplo bancos, teléfono, agua, electricidad, gestoría, etc.).• Sanciones de cualquier tipo.* Los no incluidos en el apartado a) 4. Règimen de concesiónConcurrencia no competitiva, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos a las bases reguladoras. 5. BeneficiariosDeportistas federados amateurs y no profesionales empadronados al Catllar, que hayan sido federados durante el año de ejecución de las actividades subvencionadas, y que hayan participado en campeonatos oficiales de Cataluña, España, Europa, del Mundo o Juegos Olímpicos 6. Òrganos competentes para la instrucción y resolución del procedimentoEl órgano competente para la instrucción del procedimiento es el personal de la administración del área de deportes y subvenciones del Ayuntamiento del Catllar. El órgano de resolución será el alcalde del Ayuntamiento de acuerdo con las competencias que le atribuye la Ley 7/1985, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones. 7. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes, justificación y documentaciónLas solicitudes junto con la documentación justificativa se presentarán electrónicamente mediante instancia genérica. Este trámite se encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento.El plazo es de 15 días hábiles a contar des del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPT.Los documentos a presentar son:• DNI del deportista y de su representante, en caso de ser menor de edad.• Documento oficial de representación, si procede.• Licencia federativa del año de ejecución de las actuaciones.• Certificado de la federación correspondiente de participación en campeonatos oficiales.• Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente del deportista.• Relación numerada, detallada y ordenada de los gastos subvencionados acompañada de las facturas, y los justificantes de pago.• Declaración responsable del deportista o de su representante legal, si es menor de edad, de hallarse al corriente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social• Memoria descriptiva y detallada del tipo y modalidad deportiva que se realiza, y de los campeonatos y torneos donde se ha participado.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que los enmiende en el plazo máximo de diez días, señalando de que si no lo hace se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que tendrá que ser dictada en los términos previstos al arte. 68 de la LPACAP. 9. Plazo de execución de las actividadesDurante el año natural inmediatamente anterior al de la convocatoria. 10. Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la concesión de la subvención será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento del Catllar, sustituyendo la notificación individual.Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado, o notificada resolución exprés, se podrá entender desestimada por silencio administrativo la concesión de la subvención.La subvención se entiende aceptada si el beneficiario no manifiesta expresamente el contrario en el plazo de 10 días desde la publicación a la sede electrónica de la resolución de concesión.Contra la resolución de concesión o denegación de las ayudas, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Tarragona en el plazo de dos meses. No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.11. PublicidadLa convocatoria se publicará en la sede electrónica del ayuntamiento y a la BDNS que actúa como sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. La BDNS dará traslado al BOPT del correspondiente extracto de la convocatoria.