PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
13/03/2025
Publicación en diario oficial
25/03/2025
Texto oficial de apertura: Desde publicación en el Boletín Oficial de la Província de Valencia
Texto oficial de cierre: Un mes desde publicación en el Boletín Oficial de la Província de Valencia
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Objeto:El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 7.000€ vinculats a fomentar la participación ciudadana así como los programas y proyectos que se realizan desde las asociaciones vecinales para implicar a la población en la organización y puesta en marcha de proyectos que mejoran la calidad de vida de la población.Segundo.- Beneficiarios:Podrán ser beneficiarias las asociaciones vecinales sin ánimo de lucro que realizan sus actividades en el municipio de Xàtiva. Se podrán presentar las solicitudes siempre que:Las actividades no tengan finalidades lucrativas, o si obtienen beneficios, estos se reinviertan en aquellas que le son propias.El ámbito de actuación sea dentro del mismo municipio o bien fuera de su término, en el supuesto de que se considere de interés para la proyección exterior de la ciudad.Las actividades estén abiertas al público en general.Las asociaciones beneficiarias tendrán que cumplir los siguientes requisitos:Estar legalmente constituidas.Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Municipales de Xàtiva.Tener su domicilio social y fiscal en el municipio de Xàtiva.No encontrarse incurso en cualesquier de los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.Haber justificado, en su caso, las subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento en el ejercicio económico anterior.No tener ninguna sanción administrativa.No tener ánimo de lucro.Tercero.- Bases reguladoras: Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para asociaciones de vieneïns y vieneïnes y el fomento de la participación ciudadana, estan disponibles en el portal de transparencia y al Tablón de anuncios Municipal. https://xativa.sedelectronica.es/Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de València. La inscripción podrá realizarse únicamente de manera telemática a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Xàtiva: https://xativa.sedelectronica.es/ Cinqué.- Documentación:La indicada en la clàusula Quinta de las bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones para asociaciones de vecinales y el fomento de la participación ciudadana.Sisé.- Resolución:El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Xàtiva.