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CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER AL FOMENT DE PRODUCCIONS EDITORIALS, ANY 2025

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:45 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
18/02/2025
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
14/03/2025
Publicación en diario oficial
17/03/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de 15 de julio 2025 por el que se amplía el importe de la convocatoria de subvenciones para el fomento de producciones editoriales, año 2025 De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/b) (...)?PRIMERO.- Declarar la disponibilidad de crédito por importe de 100.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 303/33403/4790100 (ODS 04-16) Edición libros interés local editores y la disponibilidad de crédito de 34.000,00 € a la aplicación 3 presupuesto (ODS 04-16) Edición de libros interés local ONL.SEGUNDO.- Ampliar la convocatoria de subvenciones para el fomento de producciones editoriales para el año 2025 en 9.000,00 €, de acuerdo con lo que se detalla a continuación, y autorizar el gasto adicional con cargo a la aplicación presupuestaria: Apl. Pressupostaria Crédito inicial Aumento convocatoria Crèdito final303/33403/4790100 100.000,00 € 0,00 € 100.00,00 €(ODS 04.16)Edición libres interéslocal editors303/33403/4810200 25.000,00€ 9.000,00 € 34.000,00 €(ODS 04.16)Edición libres interésLocal ONLTotal 125.000,00 9.000,00 € 134.000,00 €TERCERO.- Publicar la ampliación de esta convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y hacer una mención expresa al BOPG.?

Convocatoria de subvenciones para el fomento de producciones editoriales (año 2025)1. Objeto y finalidad Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de producciones editoriales para la anualidad 2025, de acuerdo con las bases específicas reguladoras, aprobadas por el Pleno de la Diputació de Girona el día 19 de noviembre de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 230, de 29 de noviembre de 2024.Son objeto de estas subvenciones los libros publicados por empresas editoriales y entidades sin ánimo de lucro de las comarcas gerundenses que cumplan los requisitos siguientes: ediciones en lengua catalana, que incluyan el correspondiente número de ISBN y de depósito legal, que sean comerciables a través de los canales habituales de venta de libros (en el caso de edición electrónica, que se pongan a la venta desde portales que permitan su descarga o bien la consulta en línea), que tengan un mínimo de cincuenta páginas interiores (excepto los libros infantiles, de teatro o poesía, las novelas gráficas, los cancioneros, los libros de partituras, los libros con texto validado con el sello Lectura Fácil y los libros electrónicos) y una tirada mínima de doscientos ejemplares (excepto los libros de partituras, que deberán tener una tirada mínima de cincuenta ejemplares). Quedan excluidas de subvención las ediciones comprendidas en los supuestos siguientes:a) Las revistas o publicaciones periódicas.b) Los libros de texto. c) Los libros considerados de bibliófilo y aquellos con edición limitada y numerada.d) Las obras editadas en fascículos o en hojas no religados o canjeables, y permanentemente actualizadas.e) Las obras editadas por entidades o empresas que solo sean asequibles a sus socios o a las personas que estén adheridas, y las editadas expresamente para la venta a plazos.f) Las obras publicadas o financiadas por los propios autores y las obras no venales.g) Las obras en las que el texto no sea mayoritariamente en catalán.h) Los libros infantiles sin texto.i) Los catálogos de exposiciones cuyo contenido literario sea parte minoritaria del conjunto.j) Los suplementos de publicaciones y las publicaciones que se comercialicen principalmente de forma condicionada a la adquisición de otra publicación.k) Los álbumes, recortables o cuadernos de ejercicios.l) Los volúmenes sueltos de una obra completa, en caso de no comercializarse por separado.m) Las reimpresiones y reediciones, excepto si la primera edición data de más de diez años de antigüedad o bien si la obra incorpora un nuevo contenido (estudio crítico, prólogo, nueva traducción o revisión, etc.).Estos supuestos son enumerativos y ampliables. Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá reconsiderar, si procede, los supuestos establecidos, dadas razones de oportunidad.Estas bases están alineadas con los objetivos de desarrollo sostenible 4 («Educación de calidad»), 12 («Consumo y producción responsables»), 13 («Acción climática») y 16 («Paz, justicia e instituciones sólidas»).2. DestinatariosPueden concurrir a la convocatoria de las subvenciones objeto de estas bases las empresas editoriales (personas físicas o jurídicas que ejerzan legalmente, de forma regular y continua, y como actividad principal, la edición de libros), y las entidades sin ánimo de lucro del ámbito de las comarcas gerundenses. Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los solicitantes deberán cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.No pueden optar a estas subvenciones: las administraciones y entidades públicas, las empresas públicas, las mancomunidades, las comunidades o asociaciones de municipios o los consorcios públicos con participación municipal, las personas físicas y jurídicas contratadas para gestionar producciones editoriales impulsadas por los entes locales, las personas físicas y jurídicas que no tengan como actividad profesional la actividad editorial ni los autores que se financien las propias obras, las congregaciones e instituciones religiosas, los partidos y las asociaciones políticas, sindicatos, coaliciones electorales, los grupos municipales y otras estructuras similares, las asociaciones de padres y madres, las asociaciones de comerciantes, las asociaciones de vecinos y otras entidades similares.3. Criterios de valoraciónLos criterios que servirán para valorar las solicitudes presentadas son los siguientes:a) El interés de la edición en el ámbito territorial: publicaciones que divulguen los valores naturales, culturales, sociales e históricos de las tierras gerundenses (hasta 5 puntos). ? Obras de investigación o de alta divulgación sobre el patrimonio natural, cultural e histórico de las tierras gerundenses: 5 puntos? Obras de divulgación sobre temáticas relacionadas con las comarcas gerundenses: 4 puntos? Obras literarias que relaten períodos históricos, personajes, paisajes o hechos propios de las tierras gerundenses: 3 puntos? Obras literarias ambientadas en las tierras gerundenses: 2 puntos? Obras de ámbito general que hagan referencia también a las comarcas gerundenses: 1 puntob) El interés cultural de la edición. Se evaluará el valor documental, científico o literario de la obra (hasta 4 puntos).c) Vinculación del autor o autores con el territorio: obras de autores nacidos en las comarcas gerundenses o que residan en ellas, lo que se hará constar en el momento de presentar la solicitud (3 puntos).d) Las ediciones o reediciones que comporten la recuperación de obras agotadas o que estén fuera del circuito comercial (3 puntos).e) Obras traducidas por primera vez al catalán o cuya traducción catalana no esté disponible (3 puntos). f) Obras relacionadas con conmemoraciones o efemérides culturales, siempre que éstas sean a partir de veinticinco años y múltiplos de veinticinco (2 puntos).g) Difusión y comercialización de la obra (hasta 4 puntos). Se valorarán los aspectos siguientes: g.1) que se disponga de un plan de distribución y comercialización de la obra y que se explique este plan (2 puntos), y g.2) que se haya previsto una estrategia de difusión y divulgación de la obra subvencionada y se especifiquen las acciones que se llevarán a cabo (2 puntos).h) Publicaciones editadas con principios de sostenibilidad ambiental y que apliquen al menos un criterio de ecoedición (papel procedente de bosques de gestión sostenible, papel libre de cloro, tintas vegetales o ecológicas, etc.). Es necesario que se haga constar en el libro impreso esta condición (2 puntos).El criterio h da cumplimiento al ODS 12, que aconseja una producción ambientalmente responsable, y al ODS 13, orientado a la disminución de las emisiones generadoras del cambio climático.Para poder optar a las subvenciones, las solicitudes deberán obtener una puntuación mínima de 10 puntos.4. Dotación económica y determinación de la aplicación presupuestariaEl importe total destinado inicialmente a esta convocatoria es de 125.000 euros. Las subvenciones irán con cargo a las aplicaciones presupuestarias del presupuesto general de la Diputació de Girona para el año 2025 que se detallan a continuación:COMUNICACIÓN CULTURALLínea de ayudas Aplicación presupuestaria Importe en €Programa edición de libros de interés local editores 303/33403/4790100 (ODS 04-16) 100.000,00 € Programa edición de libros de interés local ONL 303/33403/4810200 (ODS 04-16) 25.000,00 €La distribución de estos importes tiene carácter estimativo; podrán redistribuirse entre las aplicaciones presupuestarias que se detallan en el mismo acto de concesión de las subvenciones.Con el fin de atender el máximo de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cuantía adicional de como máximo 30.000,00 euros, derivada de créditos sobrantes de otras convocatorias o de modificaciones de crédito. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito, previamente a la resolución de las subvenciones y a la aprobación del aumento de la convocatoria.5. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPG. Las empresas editoriales y las personas físicas que efectúan una actividad profesional como editores y actúan en régimen de autónomos pueden presentar un máximo de dos solicitudes en esta convocatoria. Las entidades sin ánimo de lucro pueden presentar una única solicitud de subvención. En caso de que se presenten más solicitudes de las que pueden solicitarse, se tendrán en cuenta la última o últimas entradas dentro del plazo, y se considerará que se desiste de las anteriores.Las solicitudes deberán formularse mediante el modelo normalizado disponible en la web de la Diputació de Girona. Las solicitudes deberán estar debidamente cumplimentadas y firmadas digitalmente por la persona interesada o por la que represente legalmente a la entidad. Las solicitudes deberán presentarse a través de la plataforma de tramitación de subvenciones de la Diputació de Girona.En caso de que el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes coincida con un sábado o un día festivo, dicho plazo finalizará el día hábil siguiente. Podrán utilizarse los sistemas de firma electrónica aceptados por la Diputació de Girona y que se especifican en la Sede electrónica (https://seu.ddgi.cat/subvencions).6. Importe de las subvencionesSe subvencionarán las publicaciones por orden de puntuación, de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 10 de las bases reguladoras y detallados en esta convocatoria, el presupuesto presentado y la dotación presupuestaria de la convocatoria.El importe de la subvención concedida será de un máximo del 50 % del presupuesto presen

Bases y documentación

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