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Plazo no verificadoBDNS 820536

CONVOCATORIA JOVENES TITULADOS UNIVERSITARIOS O FP SUPERIOR 2025

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:51 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES616 - Jaén

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
06/05/2025
Registro en BDNS
14/03/2025
Publicación en diario oficial
18/03/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente de la publicación del extracto en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADA A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR PARTE DE JÓVENES TITULADOS UNIVERSITARIOS O DE FP SUPERIOR, EN EL MARCO DEL PLAN DE EMPLEO Y EMPRESA DE LA PROVINCIA DE JAÉN, AÑO 2025Primero: BeneficiariosTendrán la condición de beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas que promuevan iniciativas empresariales ubicadas en la provincia de Jaén de nueva creación que cumplan los siguientes requisitos:a) Personas físicas:1) Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de julio de 2024 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención. No haber ejercido una actividad económica como autónomo en los tres meses anteriores al alta referida.2) Tener menos de 35 años a fecha de la solicitud.3) Estar en posesión de una titulación universitaria o de FP superior o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.4) Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Jaén, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén de la presente convocatoria.5) Tener el domicilio de la actividad radicado en la provincia de Jaén.b) Personas jurídicas (Sociedades de capital, sociedades cooperativas):1) Que el 75% del capital esté a nombre de personas físicas que cumplan los criterios 2 al 5 del punto a) anterior o en las que sean titulares estos como mínimo del 51% del capital y representen no menos del 65% del número de socios. 2) Que se hayan inscrito en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas o mercantil a partir del 1 de julio de 2024 y antes de la fecha de presentación de solicitud de subvención. 3) Que tengan establecido su domicilio social y el de la actividad en un municipio de la provincia de Jaén.ExclusionesNo podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia ni aquellas personas dadas de alta en el RETA como familiar colaborador de un empresario autónomo. Segundo: Objeto.Concesión de subvenciones para la realización de proyectos de inversión en inmovilizado material, necesario para la puesta en marcha de iniciativas empresariales ubicadas en la provincia de Jaén por parte de jóvenes titulados universitarios o de FP superior que se encuentren empadronados en alguno de los municipios de esta provincia.Tercero: Bases reguladoras.Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial para el año 2025 (B.O.P. número 250 de 30/12/2024).Cuarto: Cuantía.Cuantía Total de la convocatoria: 175.000,00 euros.La cuantía de las subvenciones consistirá en un porcentaje del coste final de los gastos subvencionables, a cuyo efecto se tomará en cuenta el presupuesto de la actividad presentado por el solicitante o sus modificaciones posteriores, como referencia para su determinación, excluido el IVA.Se establece como límite de la subvención hasta el 50% del total del proyecto, con un límite máximo por empresa de veinte mil euros (20.000 ¿).Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes de subvención contenidas en esta convocatoria será de 30 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del extracto de la misma enviado por la Base de Datos Nacional de Subvenciones, sin perjuicio de su inserción en la página web de la Diputación Provincial de Jaén.Sexto. Otros datos de interés.La ejecución del proyecto de inversión a subvencionar se extenderá desde el día 1 de julio de 2024 hasta tres meses después de la publicación en el BOP resolución definitiva. Se tratará de inversiones en elementos nuevos, directamente relacionadas con la actividad, que no se hallen cedidos a terceros, con o sin contraprestación y que no hayan sido fabricados por la propia empresa solicitante.En ningún caso se reconocerán como subvencionables la adquisición de software, la creación de páginas web, adquisición o acceso a bases de datos y/o licencias de uso, los gastos ocasionados con motivo del establecimiento, las marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares, que se hayan generado internamente.A efectos de la convocatoria no se podrán subvencionar los suministros (electricidad, agua, teléfono, gas,¿), los consumibles, elementos decorativos u ornamentales, vinilos,¿ o cualquier otro tipo de gastos que no sea indudablemente necesario para la realización de dicha actividad.Gastos subvencionables:Son los previstos en el artículo 21 de la convocatoria.Compatibilidad: Sí.Documentación: La prevista en el artículo 10 de la convocatoria.Criterios de valoración:Se contienen en el artículo 15 de la convocatoria.Forma de pago:Previa justificación del gasto realizado.Forma de justificación: Será necesario presentar la documentación señalada en el artículo 23 de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: El plazo para la presentación de la documentación justificativa es de 2 meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de ejecución señalado en el artículo 4 de la convocatoria.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 25/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Convocatoria de subvenciones destinada a fomentar la iniciativa empresarial por parte de jóvenes titulados universitarios o de FP superior, en el marco del Plan de Empleo y Empresa de la provincia de Jaén, año 2025. Publicado 18/03/2025BASES DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO 2025