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Plazo no verificadoBDNS 820557

SUBVENCIÓN A MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA LA NORMALIZACIÓN SOCIAL DEL ASTURIANO 2025

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 10:51 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
14/03/2025
Publicación en diario oficial
24/03/2025

Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir de publicación extracto

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Extracto publicado

Primero.- Bases reguladorasPor Resolución de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo de 2 de febrero del 2023 (BOPA nº 50, de 14 de marzo del 2023) se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva.Segundo.- ObjetoConcesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas titulares de prensa, radio, televisión o medios de comunicación en línea, para financiar las inversiones realizadas en la producción de espacios donde se utilice el asturiano, o el gallego-asturiano o eonaviego en su ámbito, bien de manera habitual en informaciones generales, bien en espacios periódicos y fijos, bien en programas de interés especial, pero siempre que contribuyan a la normalización y dignificación social de estas lenguas en espacios configurados como propios de la empresa o medio de comunicación y asumidos por él.Tercero.- BeneficiariosPodrá solicitar estas subvenciones cualquier empresa privada (persona física o jurídica) que sea titular de un medio de comunicación de ámbito asturiano y que tenga su domicilio social, establecimiento o delegación comercial en el Principado de Asturias. La empresa deberá reunir los requisitos establecidos en el apartado II de las bases reguladoras de 2 de febrero del 2023.Cuarto.- Importe78.396,10 €.Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudesLas solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA.Sexto.- Otros datos de interésSolamente podrán recibir subvención aquellos proyectos que alcancen o superen la puntuación mínima de 51 puntos, por una cuantía máxima de 20.000 € por proyecto, y siendo el 90 % el porcentaje máximo subvencionable del presupuesto aprobado ajustado.Los proyectos se ordenarán por la puntuación obtenida, en orden decreciente, de mayor puntación a menor puntuación estableciéndose una prelación entre los mismos a efectos de determinar el porcentaje subvencionable del presupuesto aprobado ajustado, que se aplicará en función de los siguientes tramos de puntuación:",,Si el proyecto obtiene entre 100 y 91 puntos, la cuantía de la subvención será el 90 % del presupuesto aprobado ajustado.",,Si el proyecto obtiene entre 90 y 81 puntos, la cuantía de la subvención será el 85 % del presupuesto aprobado ajustado.",,Si el proyecto obtiene entre 80 y 71 puntos, la cuantía de la subvención será el 80 % del presupuesto aprobado ajustado.",,Si el proyecto obtiene entre 70 y 61 puntos, la cuantía de la subvención será el 70 % del presupuesto aprobado ajustado.",,Si el proyecto obtiene entre 60 y 56 puntos, la cuantía de la subvención será el 60 % del presupuesto aprobado ajustado.",,Si el proyecto obtiene entre 55 y 51 puntos, la cuantía de la subvención será el 50 % del presupuesto aprobado ajustado.Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de esta convocatoria hasta la fecha máxima de justificación establecida en la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio 2024, siempre que no hayan sido subvencionados en la convocatoria anterior.En la ficha de servicio publicada en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) se puede consultar el texto íntegro de la convocatoria y el formulario normalizado de solicitud. Para su localización se podrá introducir el código AYUD0064T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página).

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 02/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva.Publicado 24/03/2025Res. de 2 de febrero de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y del gallego astu