Decreto de 14 de marzo de 2025 del concejal presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba las bases reguladoras del XXIV Certamen de Pintura Rápida de Moratalaz 2025
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
17/03/2025
Publicación en diario oficial
19/05/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
Texto oficial de cierre: HASTA EL 9 DE JUNIO DE 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:1ª Categoría Infantil: Hasta 11 años cumplidos2ª Categoría Juvenil: Desde 12 años a 17 años cumplidos3ª Categoría Adultos: A partir de 18 añosPodrán presentarse a la categoría de adultos todos los artistas de nacionalidad española y extranjera, residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.Los participantes en la categoría de adultos deberán acreditar mediante la presentación de la solicitud de inscripción, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases reguladores Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos.Segundo. Objeto.Promover e incentivar la creación artística y sus valores, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al arte de la pintura.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 publicada en www.madrid.es.Cuarto. Cuantía.La cuantía total de los premios asciende a 1.700 euros, estableciéndose un primer premio en categoría adultos de 1.000 euros, un segundo premio en categoría adultos de 700.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 9 de junio.Sexto. Otros datos.La solicitud se tramitará a través de la Sede Electrónica https://sede.madrid.es. Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente, para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico.