Plazo no verificadoBDNS 821069
Acuerdo del Plano nº 31/25 de 28 de febrero, por el que se acuerda aprobar la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la Provincia de Valladolid con menos de 400 habitantes para el apoyo al Comercio Rural Mínimo, año 2025.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:01 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES418 - Valladolid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 21/03/2025
- Fin de solicitudes
- 30/05/2025
- Registro en BDNS
- 18/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 20/03/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a su publicación en el BOPVA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):Primero. Beneficiarios. Ayuntamientos de la provincia de Valladolid con menos de 400 habitantes.Segundo. Objeto.Fomentar la creación de tiendas en municipios de menos de 400 habitantes. De esta forma se conseguiría crear y mantener empleo mediante la comercialización de productos locales, mejorar el servicio prestado a la comunidad y a los turistas, y apoyar la fijación de la población rural.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolid de 6 de marzo de 2006).Cuarto. Cuantía. ? Cuantía total: 40.000 euros.? Cuantía máxima individual: 10.000 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.30 de mayo de 2025, incluido.Sexto. Otros datos de interés.- Gastos subvencionables: los gastos de inversión necesarios para la realización de las obras de construcción, reforma y/o ampliación de los locales. No son subvencionables los gastos de redacción de proyecto técnico o memoria valorada, ni los gastos derivados de la dirección facultativa de las obras.- Periodo subvencionable: Se admitirán gastos de inversión realizadas desde el 1 de enero de 2025 al 30 de septiembre de 2026.- Compatibilidad: sí.- Solicitudes: por los cauces habituales - Documentación: memoria valorada o proyecto técnico, certificado del Secretario donde conste que el local es propiedad del Ayuntamiento, y solicitud de integración en el programa Comercio Rural Mínimo.- Criterios de valoración: se dará preferencia para la concesión de las subvenciones a los Ayuntamientos de menor población, hasta agotar los fondos disponibles.- Forma de pago: pago anticipado a justificar, sin garantía. - Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en la vigésima de la convocatoria.- Plazo máximo de justificación: un mes desde la finalización de las obras.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSÁrea de Empleo, Desarrollo Económico y Reto Demográfico. EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO AL COMERCIO RURAL MÍNIMO, AÑO 2025Publicado 20/03/2025BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.