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Plazo no verificadoBDNS 821551

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 19 de marzo de 2025 que aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades vecinales año 2025

LOCAL · LOGROÑO · AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:12 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES23 - LA RIOJA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
19/03/2025
Publicación en diario oficial
21/03/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Rioja

Texto oficial de cierre: Diez días hábiles a contar del siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficia

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Primero. Beneficiarios.Asociaciones de vecinos, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, siendo su marco de actuación Logroño. Segundo. Objeto.Subvenciones a asociaciones de vecinos de Logroño sin ánimo de lucro, para fomentar la participación de los vecinos en los asuntos públicos o la defensa y mejora de sus intereses generales o sectoriales. Año 2025. Tercero. Normativa reguladora.Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño aprobada por el Pleno con fecha 06/02/2025 (BOR nº 26 de fecha 07/02/2025) y la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades vecinales aprobada por la Junta de Gobierno Local de fecha 19/03/2025. Cuarto. Cuantía de la subvención.Cuantía total: 115.000 euros.Cuantía para actividades y mantenimiento: hasta el 100% del presupuesto presentado. Máximo por asociación: 8.000 euros y mínimo 500 €.Cuantía máxima para alquileres de locales: 100% de su coste si no dispone de local cedido en uso por el ayuntamiento. Quinto. Plazo de presentación de solicitudesDiez días hábiles a contar del siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja. Se iniciará a las 9:00 horas del primer día hábil, finalizando a las 24:00 horas del último día de plazo. Sexto. Otros datos de interésConvocatoria: el texto íntegro de la convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace:INICIO / INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA / BECAS Y SUBVENCIONES / CONVOCATORIA SUBVENCIÓN ENTIDADES VECINALES AÑO 2025Actividades subvencionables: todas aquellas que promuevan la participación ciudadana.Gastos subvencionables: alquiler de locales para sedes sociales, gastos de funcionamiento ordinario y actividades para el fomento de la participación ciudadana.Compatibilidad: estas subvenciones municipales son compatibles con cualquiera otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o Ente Público, no pudiendo superar el importe el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. Debiendo comunicar esta situación al Ayuntamiento de Logroño, en su caso.Solicitudes: mediante la presentación electrónica en impreso normalizado “Solicitud de subvención AYT.DO.20/1”. En los términos de lo dispuesto por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP, junto con la documentación prevista en el artículo 6º de la convocatoria.En el caso de que la presentación se hiciere presencialmente, la citada Ley prevé que se les requiera para que subsanen a través de medios electrónicos. Se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquélla en que haya sido realizada la subsanación, de modo que la solicitud presencial producirá efectos desde la subsanación.La Sede Electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web municipal (www.logrono.es) e igualmente queda habilitada la presentación electrónica a través del Registro Electrónico del Punto de Acceso General del Estado (https://administracion.gob.es)Criterios de valoración: los previstos en el artículo 7º de la convocatoria.Órgano gestor de las subvenciones: Negociado de Relaciones Ciudadanas, art. 8 de la convocatoria.Forma de pago: se abonará el 80% a partir de la adopción del acuerdo de adjudicación definitivo y el 20% restante a partir de la correspondiente justificación.Forma de justificación mediante la presentación electrónica en impreso normalizado “Justificación de subvención AYT.DO.20/2”. En los términos de lo dispuesto por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP, junto con la documentación prevista en el artículo 11º de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: hasta del 31 de enero de 2026.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 19/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSSubv. Asociaciones Vecinales 2025