¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES413 - León
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 20/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 21/03/2025
Texto oficial de apertura: Primer día hábil siguiente a publicación extracto en BOP
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el texto completo se publica en la web de la Diputación (www.dipuleon.es) Desarrollo Rural y Medio Ambiente ? Ayudas y subvenciones).Primero. Beneficiarios:Los ayuntamientos de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes que realicen actividades encaminadas a la lucha y control de la procesionaria del pino establecidas en la base primera de las que rigen la convocatoria durante el tiempo comprendido entre el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2025 y que reúnan los requisitos establecidos en la base tercera de las BGS.Segundo. Finalidad:La finalidad de esta convocatoria es el desarrollo de una estrategia de gestión, control y lucha de la procesionaria del pino en las zonas urbanas de los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León (parques, jardines, piscinas públicas, paseos?), incluidas acciones de educación ambiental y sensibilización.Tercero. Bases Reguladoras:Bases Generales reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en la Diputación Provincial de León (en adelante BGS), aprobadas por acuerdo del Pleno de 27 de febrero de 2008 (BOP de León nº 45/2008, de 5 de marzo) y en las bases de ejecución del presupuesto. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la OGS, en la LGS, en el Reglamento que la desarrolla (RD 887/2006, de 21 de julio) y en las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado.Cuarto. Cuantía:Cuantía total: 20.000 €La ayuda a conceder podrá alcanzar hasta el 90% del presupuesto, con un máximo de 1.200 € por ayuntamiento. En el caso de que no exista dotación suficiente para la concesión del 90%, este porcentaje se reducirá en función de las disponibilidades presupuestarias. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de León.Sexta. Otros datos de interés:- Presentación de solicitudes. ? Vía electrónica a través de la sede electrónica de la Diputación https://sede.dipuleon.es/, mediante el trámite relativo a la presente convocatoria localizado en el apartado Servicio de Desarrollo Rural y Medio Ambiente - Ayudas y subvenciones.- Documentación a presentar con la solicitud. ? Anexo I acompañando además la siguiente documentación:? Memoria descriptiva de las actuaciones, en la que se incluirá el presupuesto de gastos e ingresos a realizar de las actuaciones realizadas o a realizar durante el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2025. - Gastos subvencionables. ? Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. Serán gastos subvencionables todos los derivados de las actividades encaminadas a la lucha y control de la procesionaria del pino en zonas urbanas (parques, jardines, piscinas públicas, paseos?), excluyendo los gastos inventariables o de inversión, e incluyendo entre los mismos los propios elementos de lucha física, mecánica, biológica y biocida, así como equipamiento, formación de personal y la asistencia técnica para su aplicación y/o suelta, entre los que se encuentran, siempre que estén permitidos en el momento de su aplicación: ? Acciones de prevención: Colocación de cajas anidaderas, trampas de feromonas, etc.? Acciones de control: Destrucción y eliminación de bolsones, cartuchos para disparar a los bolsones, inhibidores de crecimiento, insecticidas microbiológicos, piretroides sintéticos, etc. ? Acciones de sensibilización y educación ambiental. No se subvencionarán los gastos destinados a la corta o eliminación total del árbol. No serán subvencionables actuaciones fuera del ámbito urbano.- Justificación. - Hasta el 31 de agosto de 2025, aportando la documentación prevista en la base décima de la convocatoria.- Forma de pago. - Se realizará una vez que se haya justificado el gasto y se acredite el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 18 de la OGS y en la base 5 de las BGS.- Compatibilidad con otras ayudas.- Sí.- Órgano competente para resolver. El Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de León.