CerradaBDNS 821738
Ayudas económicas, de caracter individual, para la adquisición de libros de texto para los alumnos del instituto-escuela l'Agulla del Catllar
LOCAL · CATLLAR, EL · AYUNTAMIENTO DE CATLLAR, EL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:16 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 22/04/2025
- Fin de solicitudes
- 30/04/2025
- Registro en BDNS
- 20/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 27/03/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Bases reguladoras Estas subvenciones se regirán por aquello que se ha fijado en la presente convocatoria, en las bases de ejecución del presupuesto 2025, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el cual se regula la Base de datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas; en el Plan Estratégico de subvenciones de este Ayuntamiento, en las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones en materia de ayudas individuales para la adquisición de libros de texto para los alumnos del instituto-escuela l’Agulla del Catllar, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. 2. Regimen de concesiónEl procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia no competitiva. 3. Objectivo, beneficiarios y requisitos El objeto de conceder ayudas individuales a todos los escolares empadronados en el municipio y matriculados en el Instituto-escuela l’Agulla del Catllar, de acuerdo con la relación emitida por la dirección del centro.La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.Así mismo, será condición indispensable para poder disfrutar de la ayuda estar al corriente de las obligaciones tributarias y contractuales con este Ayuntamiento.4. Obligacionesa) Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención y justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones.b) Someterse a las actuaciones de comprobación que se establezcan así como control financiero que puedan llevar a cabo los órganos de control competentes y aportar toda la información que los sea requerida.c) Comunicar en el ayuntamiento, en cualquier momento, la obtención otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.d) Reintegrar los fondos recibidos en los supuestos previstos en la legislación aplicable y en estas bases. 5. Òrgano competente para la instrucción, resolución, notificación El órgano competente para la instrucción del expediente es personal del ayuntamiento adscrito a la concejalía de enseñanza y la competencia para resolver corresponde a alcaldía o al órgano a quien lo delegue.Una vez evaluadas las solicitudes, se emitirá la resolución, que será notificada en el centro para su debida difusión, al departamento de intervención y se publicará a la e-tablero del ayuntamiento. En caso de denegación de la ayuda se notificará, además, individualmente al/la representante legal del alumno/a o responsable en el lugar y por el medio que conste en la solicitud.El plazo de resolución y notificación no excederá los 6 meses, según el artículo 25.4, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones.El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.6. Creditos pressupostarios y importes El otorgamiento de estas ayudas quedará supeditado a la disponibilidad presupuestaria con cargo a las partidas 320/48002-48003 con una dotación de 17.000,00 euros. El importe será prorrateado entre todas las solicitudes, pudiendo llegar el importe máximo subvencionado al 70% del coste de los libros por alumno. Coste libros curso 2024-2025Nivel75,00€I3, I4, i I585,00€1r – 6è de Primaria130,00€1r – 4rt ESO 7. Solicitud, plazo, documentación justificativa y aceptación Las solicitudes se formularán mediante modelo normalizado que figura como Anexo en las bases reguladoras y las presentarán los/las representantes legales de los alumnos a la dirección del Instituto-escuela l’Agulla del Catllar.La solicitud irá acompañada necesariamente de factura, recibo o documento original que acredite el gasto efectuado por la adquisición de los libros.El periodo de presentación de las solicitudes: del 22 de abril hasta el 30 de abril de 2025, ambos incluidos y dentro de los diez días siguientes el instituto dará traslado al ayuntamiento.La aceptación de la subvención otorgada se presume con la formulación de la solicitud.8. Enmienda de defectos en la documentaciónLa enmienda de defectos de las solicitudes o documentación se realizará, previo requerimiento, en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a recibir la notificación, en el muy entendido que pasado este plazo sin haber presentado la documentación pedida se considerará, previa resolución exprés, que el solicitante ceja en la petición.9. Pago En el supuesto de resolución favorable, el importe de la ayuda será ingresado en el mismo número de cuenta utilizado para hacer frente al gasto de los libros.10. IncompatibilidadesLa presente ayuda será incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que se puedan obtener por el mismo concepto y finalidad, aun así será compatible por la parte no subvencionada.11. Medios de publicación de la convocatoriaEl ayuntamiento dará a conocer la presente convocatoria comunicándola a la Base de datos Nacional de Subvenciones (*BDNS), la cual trasladará al diario oficial correspondiente, el extracto de la misma, y al e-tablero del ayuntamiento. 12. Fin de la Via Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con el que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Tarragona en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación o notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 20/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 20/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSAyudas Económicas de carácter individual, para la adquisición de libros de texto para los alumnos del instituto-esculera l'Agulla del Catllar. curso 2024-2025Publicado 27/03/2025Bases que han de regir la convocatòria pública per a la concessió d'ajuts econòmics, de caràcter individual, per a l'adquisició ade llibres de text per als alumnes de l'institut-escola l'Agulla del CatllarInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.