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Plazo no verificadoBDNS 821978

Convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicos en Mallorca, año 2025

LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MALLORCA · DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:21 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES532 - Mallorca

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
21/03/2025
Publicación en diario oficial
27/03/2025

Texto oficial de apertura: El dia siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

Texto oficial de cierre: A los 15 dias hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.Bases reguladoras Esta convocatoria se rige por lo establecido en las bases reguladoras recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18/02/2017), modificada por el Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 04/08/2018). 2. Objeto El objeto de esta convocatoria es promover la recuperación de los espacios arqueológicos y paleontológicos en el ámbito territorial de la isla de Mallorca con la finalidad de fomentar su conocimiento, mantenimiento, accesibilidad y conservación. Son objeto de estas ayudas, las siguientes actuaciones destinadas a la recuperación de los espacios arqueológicos y paleontológicos: Colocación de señalética, limpieza y mantenimiento de los espacios, consolidación de estructuras, implementación de recorridos, mejora de la movilidad y restauración-conservación de los espacios. También podrán ser objeto de financiación, la restauración de bienes muebles recuperados de los yacimientos de la isla, así como, la ejecución de actuaciones arqueológicas que sean imprescindibles para llevar a cabo las tareas de conservación. Tanto la restauración de bienes muebles, como las tareas de conservación deberán estar totalmente justificadas y ser aceptadas por la Comisión Técnica de Evaluación. Las intervenciones arqueológicas de excavación o prospección subsidiarias necesarias para llevar a cabo el proyecto de recuperación de los espacios no podrán superar el 20% del presupuesto del proyecto presentado. En cuanto a las actuaciones de desbroce, éstas no podrán superar el 20% del total del presupuesto del proyecto presentado. En definitiva, la convocatoria está dirigida a aquellas actuaciones destinadas al mantenimiento y recuperación de los yacimientos. Se pueden presentar como máximo dos solicitudes por interesado, pero en ningún caso podrán ser propuestas distintas dentro del mismo yacimiento. 3. Beneficiarios Pueden acceder a estas subvenciones, las personas y / o las entidades siguientes: - Personas físicas, agrupaciones de personas físicas, comunidades de bienes u otras agrupaciones económicas sin personalidad jurídica, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, con domicilio fiscal en España. - Los ayuntamientos propietarios del bien, o que tengan la gestión, un convenio o un permiso de la propiedad para la cesión temporal de la gestión u otra figura jurídica que permita actuar a la institución municipal. - Las universidades con departamentos o unidades relacionadas con la arqueología y/o a la paleontología y los institutos de investigación que entre sus objetivos estén la arqueología o la paleontología, con domicilio fiscal en España. El proyecto de recuperación de los espacios tiene que contar con un equipo técnico cualificado y requiere la autorización previa y preceptiva de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico. Los profesionales que opten a la subvención deberán estar al corriente de las obligaciones legales que establece el Decreto 14/2011, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Islas Baleares. 4. Dotación presupuestaria El crédito de la convocatoria es de un importe total de 270.000,00 €, distribuidos de la manera siguiente: 60.000,00 € para particulares, a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911 (RC 220259000053); 180.000,00€ para ayuntamientos, a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 (RC 220259000052) i 30.000,00€ para universidades, a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300 (RC 220259000054). Al tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada de gasto está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su financiación, en el ejercicio presupuestario del año 2026, al cual se imputa el gasto. Se subvencionará el 100% del total del presupuesto hasta un importe máximo de 14.000,00 €. La concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 10 de la convocatoria, de manera que las subvenciones se adjudicaran según el orden de puntuación obtenida hasta agotar el crédito. 5. Presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes y toda la documentación que la debe acompañar es de QUINZE DIAS HÁBILES (15 días hábiles) desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB. Las solicitudes se formalizan mediante el modelo de instancia que figura como anexo I y los Anexos II i III que se pueden descargar desde la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca( https://seu.conselldemallorca.net/es/la-sede ).Junto con la solicitud también se debe aportar la documentación que se detalla en el punto 7.2 de la convocatoria (7.2 A) Documentación administrativa general i 7.2B) Documentación específica).En el caso que el Consejo Insular de Mallorca no disponga de los datos bancarios del solicitante o éstos se hayan modificado debe realizar el trámite electrónico accediendo al siguiente enlace  (https://seu.conselldemallorca.net/es/ficha?key=72772). 6. Otros datos El texto completo de la convocatoria y los anexos de la solicitud pueden descargarse en la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/es/la-sede.Los documentos justificativos tienen que estar emitidos y pagados en fecha máxima de 31 de diciembre de 2025. El plazo para presentar la cuenta justificativa será de día 1 de enero a día 31 de marzo de 2026.

Bases y documentación

Resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones ( lengua cooficial)Publicado 11/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSResolución de aprobación de la concesión de las subvencionesPublicado 11/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 27/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 27/03/2025Descargar archivo oficial · BDNS