encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 822268

AYUDAS A LA CREACIÓN Y DESARROLLO DE VIDEOJUEGOS EN LA CM EN 2025

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:28 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/03/2025
Publicación en diario oficial
01/04/2025

Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: A LOS 15 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE INICIO DEL PLAZO.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS:De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Beneficiarios.Tendrán la consideración de beneficiarios los titulares de empresas, que cumplan lassiguientes condiciones: 1.- Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa, de acuerdo con loestablecido en la recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo sobre ladefinición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. 2.- Ser empresa con capacidad de obrar en el ámbito de la creación y desarrollo devideojuegos (informática, programador, diseño de ordenador o similar). 3.- El domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal que impute gastos depersonal estarán ubicados en territorio español, y tendrán, al menos, una sede en laComunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, unafilial domiciliada en los mismos términos que el indicado en el párrafo anterior.Segundo. Objeto.La creación y desarrollo de un proyecto de videojuego en la Comunidad de Madrid.El proyecto subvencionable consistirá en un único videojuego de carácter narrativo,original y no publicado. Para ello deberá poseer los derechos de propiedad intelectual quecorrespondan y, las autorizaciones o permisos para poder crearlo y desarrollarlo, en elcaso de que el proyecto se sustentase sobre algún tipo de derecho intelectual preexistenteo ajeno al solicitante.El proyecto de videojuego no puede estar vinculado a la promoción o publicidad decualquier marca empresarial.Las ayudas se destinarán a las actividades creativas en el desarrollo del proyecto delvideojuego (creación, diseño, programación), en su fase de prototipo.En ningún caso serán objeto de subvención los videojuegos sujetos a la Ley 13/2011, de 27de mayo, de Regulación del Juego, ni aquellos con contenido pornográfico o de apología dela violencia, la discriminación o el odio en cualquiera de sus manifestaciones.Tercero. Bases Reguladoras.Orden 892/2019, 6 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nº 148, de 24 dejunio).Cuarto. Cuantía.Se convoca el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, el importe de lasayudas asciende a 250.000 euros. Dicho crédito se consignará para 10 ayudas por un importemáximo de 25.000 € cada una de ellas.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.Los interesados podrán presentar una única solicitud y para un solo proyecto. En el casode presentar más de una, se tramitará la solicitud que haya tenido entrada en registro enúltimo lugar. No se admitirán cambios de proyecto una vez concluido el plazo depresentación de solicitudes.Sexto. Periodo subvencionable.Desde el 15 de noviembre de 2024 hasta el 14 noviembre de 2025.Séptimo. Plazo de justificación y pago.Hasta el 15 de noviembre del año 2025. La justificación se presentará aportando ladocumentación prevista en la convocatoria junto con el formulario 2690FO3.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexosPublicado 24/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo de SolicitudPublicado 24/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 739/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas y personas físicas para la creación y desarrollo de proyectos de videojuego en la Comunidad de Madrid en 2025Publicado 01/04/20250RDEN 892/2019 DE 6 DE JUNIO DE BASES REGULADORAS DE AYUDAS A EMPRESAS PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR DEL VIDEOJUEGO EN LA COMUNIDAD DE MADRID