PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/03/2025
Publicación en diario oficial
31/03/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de CLM.
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Entidades beneficiarias. Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, cuyo objeto social sea la producción cinematográfica y/o audiovisual, que tengan la condición de independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine y que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 140/2020 de 20 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas. Segundo. Objeto. Financiar la producción de cortometrajes de ficción, documental o de animación en Castilla-La Mancha para el año 2025 con la finalidad de financiar los gastos de la producción de cortometrajes para el fomento de la industria cinematográfica y audiovisual en Castilla-La Mancha, tanto para cortometrajes sobre proyecto como para cortometrajes realizados. Tercero. Bases reguladoras. Orden 140/2020, de 20 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la producción de cortometrajes cinematográficos en Castilla-La Mancha (DOCM nº 173 de 28 de agosto de 2020). Cuarto. Cuantía. El presupuesto total es de 50.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18080000.G/455A/47411 correspondiente a la anualidad 2025. El importe máximo de la subvención a conceder no podrá exceder del 75% del gasto subvencionable del presupuesto, con un máximo de 6.000 euros por proyecto. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto. Otros datos. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Todos los trámites relacionados con la concesión de esta ayuda, que no sean objeto de publicación, se notificarán por medios electrónicos, a través de la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A tales efectos, las personas o entidades solicitantes deberán darse de alta en dicha plataforma, en la siguiente dirección: https ://notifica.jccm.es/notifica/