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Plazo no verificadoBDNS 822434

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A La ENSEÑANZA MUSICAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA AMANCI AMORÓS SIRVENT De AGULLENT, CORRESPONDIENTES AL CURSO ESCOLAR 2024-2025. EXP 213/2025

LOCAL · AGULLENT · AYUNTAMIENTO DE AGULLENT

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:34 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/03/2025
Publicación en diario oficial
02/04/2025

Texto oficial de apertura: des del dia següent a la publicació d´aquesta convocatòria al BOP

Texto oficial de cierre: 20 dies hàbils a comptar des del dia següent a la publicació d´aquesta convocatòria al BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A La ENSEÑANZA MUSICAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA AMANCI AMORÓS SIRVENT De AGULLENT, CORRESPONDIENTES AL CURSO ESCOLAR 2024-2025.EXP 213/2025 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El Ayuntamiento de Agullent, convoca para el presente curso escolar 2024-2025, ayudas municipales con el propósito de ayudar a sufragar los gastos derivados de la enseñanza musical de la Escuela de Música Amanci Amorós Sirvent de Agullent. 2.- DOTACIÓN. La cuantía total de las ayudas a conceder asciende a un máximo de 3.300,00 €. La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 334.48000 del vigente presupuesto del Ayuntamiento de Agullent 2025. 3.- PERSONAS BENEFICIARIAS/ SOLICITANTES Será beneficiaria la persona escolarizada.Será solicitante: A) El padre o la madre, tutor/acogedor legal de los menores escolarizados en el curso 2024-2025 en la Escuela de Música Amanci Amorós Sirvent de Agullent que cumplan los requisitos de las presentes bases.En el caso de separación o divorcio de los progenitores, solo podrá ser solicitante la subvención el que tenga otorgada la custodia del menor. Habrá que justificarlo mediante la presentación de la documentación correspondiente. En caso de custodia compartida, segundos última declaración del IRPF. B) Los mayores de 18 años escolarizados en el curso 2024-2025 en la Escuela de Música *Amanci Amorós Sirvent de Agullent que cumplan los requisitos de las presentes bases. 4.- REQUISITOS POR La OBTENCIÓN DE La AYUDA. Estar empadronados en el municipio de Agullent con una antigüedad mínima del 31 de agosto de 2024 y continuar empadronados en el momento de otorgarse la ayuda.Estar matriculado/da en la Escuela de Música *Amanci Amorós Sirvent de Agullent en algún curso de 1.º a 5.º de Lenguaje Musical y simultáneamente en algún curso de Instrumento Musical.Haber hecho efectivo el pago del total de las cuotas correspondientes al curso 2024-2025 de la Escuela de Música *Amanci Amorós Sirvent de Agullent.Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social todo e incluyendo las deudas con el Ayuntamiento de Agullent; y no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el arte. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.A) Para el caso de menores de 18 años, constará la unidad familiar del beneficiario.B) Para el mayores de 18 años el propio solicitante.No encontrarse sometido/a en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador. 5.- DOTACIÓN INDIVIDUAL DE LAS AYUDAS.La dotación individual por alumno/a, se establece, como máximo, en 75 €.La ayuda se reducirá proporcionalmente en caso de superar las solicitudes estimadas la consignación presupuestaria. 6.- COMPETENCIA DE INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN. La competencia de instrucción de los expedientes de solicitud corresponderá a la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Agullent.La resolución de solicitudes se producirá una vez emitido el informe de evaluación de la documentación por la concejalía de Cultura, correspondiendo al Sr. Alcalde Presidente la competencia para resolver.La resolución de la Alcaldía, pondrá fin a la vía administrativa. 7.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.Solicitud de ayuda en impreso normalizado que será facilidad por el Ayuntamiento, que consta al anexo de estas bases. El modelo irá correctamente rellenado, con la certificación y el sello del centro musical, confirmando que está al corriente del pago de la total*itat de las cuotas del curso 2024-2025.Fotocopia del DNI o pasaporte del solicitante.Fotocopia del Libro de Familia en caso de menores.Mantenimiento de terceros (cuenta bancaria a nombre del solicitante, para el ingreso de la ayuda)Declaración responsable de los padres o tutores de si perciben o no cualquier otro tipo de subvención o ayuda otras administraciones públicas o entidades privadas y, en su caso, el importe que reciben.Declaración responsable de que en los padres o tutores del alumno no concurre ninguno de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.Declaración responsable de los miembros que componen la unidad familiar, de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social todo e incluyendo las deudas con el Ayuntamiento de Agullent. 8.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes, será de 20 días hábiles contadores desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria al BOP.Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Agullent. 9.- TRAMITACIÓN, ESTUDIO Y RESOLUCIÓN DE SOLICITUDES. El estudio y la concesión o denegación de ayudas económicas se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de estas. En cumplimiento del arte 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si desprendido de la recepción de la instancia y la documentación adjunta, se observa que faltan documentos o datos esenciales para la resolución del expediente, la Regidora de Cultura, reclamará al solicitante y le concederá un plazo de 10 días por que pueda enmendar la falta o aportar documentos preceptivos, con la indicación que, si no lo hace así, se considerará que ceja en su petición. En este caso la resolución de la convocatoria declarará la mencionada dejación.Una vez formalizados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración del alcalde, quien resolverá mediante el correspondiente decreto. En el supuesto de denegación, la resolución será motivada y pondrá fin a la vía administrativa. El plazo para la resolución será de dos meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de solicitudes establecido en la Base 8. Transcurrido este plazo sin que haya recaído ninguna resolución exprés, se entenderá desestimada la petición de ayuda. 10.- NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN. La resolución de concesión o denegación de la ayuda se publicará al tablón de edictos del Ayuntamiento de Agullent, en la Casa de la Cultura y a las instalaciones de la Escuela de Música Amanci Amorós de Agullent. 11.- REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES. Procederá el reintegro de la subvención concedida y la exigencia del interés de demora correspondiente, en los casos de obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para obtenerla u ocultando aquellas que lo hubieron impedido. El reintegro de las cantidades percibidas sobre la ayuda aprobada tendrá la consideración de ingresos de derecho público y su cobro se realizará conforme a la normativa vigente.Se estará al que establece la Ley 38/2003, General de Subvenciones y su reglamento en estos aspectos. 12.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES. Las subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supero el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con el que prevé el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones. A estos efectos, y de conformidad con aquello que dispone el artículo 14.1.d) de la Ley General de Subvenciones, una de las obligaciones del beneficiario es comunicar en el Ayuntamiento la obtención otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas.Esta comunicación tendrá que efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. 13.- NORMAS APLICADAS. Esta convocatoria se regirá por las presentes bases. Para todo aquello no previsto expresamente en estas, resultarán de aplicación, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento; la legislación en materia de régimen local que resulto de aplicación; la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como cualquier otra norma de carácter general o procedimental que resulto de aplicación. 14.- PUBLICIDAD. Las Bases de la convocatoria se difundirán por los medios legalmente establecidos y se publicarán en la página web municipal, en la base de datos nacional de subvenciones, en el Tablón de edictos del Ayuntamiento, la Casa de la Cultura y a las instalaciones de la Escuela de Música Amanci Amorós de Agullent. El extracto de la convocatoria se publicará al BOP, empezando el plazo para la solicitud el día siguiente al de la publicación. 15.- RECURSOS. Esta convocatoria y todos los actos administrativos que se derivan, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.” Agullent, marzo de 2025El alcalde (Pau Muñoz González).

Bases y documentación

INSTANCIAPublicado 24/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A La ENSEÑANZA MUSICAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA AMANCI AMORÓS SIRVENT De AGULLENT, CORRESPONDIENTES AL CURSO ESCOLAR 2024-2025. EXP 213/2025Publicado 02/04/2025BASES DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A La ENSEÑANZA MUSICAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA AMANCI AMORÓS SIRVENT De AGULLENT, CORRESPONDIENTES AL CURSO ESCOLAR 2024-2025. EXP 213/2025