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Plazo no verificadoBDNS 822435

ORDEN/AGA/343/2025, de 24 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2025

AUTONOMICA · ARAGÓN · DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:34 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES24 - ARAGON

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
05/04/2025
Fin de solicitudes
04/05/2025
Registro en BDNS
24/03/2025
Publicación en diario oficial
04/04/2025

Texto oficial de apertura: Un mes desde el día siguiente a la publicación

Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente a la publicación

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Objeto de la convocatoria.1. La orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura para el año 2025, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón y en la Orden AGA/284/2025, de 10 de marzo, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.2. La finalidad de la subvención es el impulso del sector apícola mediante una serie de subvenciones que contribuyan a la modernización y la mejora de los sistemas de producción y comercialización de los productos de la apicultura.Segundo. Actividades subvencionables.1. Podrán ser objeto de ayuda las acciones que se indican en el anexo de la orden, correspondientes a las intervenciones contempladas en el artículo 4 de la Orden AGA/284/2025, de 10 de marzo.2. La campaña apícola tendrá una duración de doce meses consecutivos, comprendidos entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025. Tercero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:1. Las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias.2. Las agrupaciones de apicultores/as en la medida que sus socios o asociados beneficiarios de las ayudas establecidas en la orden, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden AGM/303/2023, de 16 de marzo. Cuarto. Gastos subvencionables.Serán subvencionables los gastos realizados desde el día 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2025.Quinto. Régimen de reconocimiento y concesión.1.El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará conforme al procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 16.3.b) del texto refundido de la Ley de subvenciones de Aragón.2. La valoración para cuantificar el importe de la subvención, dentro del crédito consignado en la convocatoria, se realizará con los criterios establecidos en el artículo 11 de la Orden AGA/284/2025 de 10 de marzo. Sexto. Presentación de solicitudes.1. Los interesados obligados a relacionarse electrónicamente con la administración, confeccionarán y presentarán su solicitud y la documentación precisa en el formato establecido de forma electrónica en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.2. En caso de las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, una vez confeccionada su solicitud de acuerdo con el punto anterior, podrán presentarla por vía telemática o de manera presencial, imprimiendo y presentando en papel su solicitud y la documentación que acompañe a la misma en cualquier registro oficial de los previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.2.El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la orden en el Boletín Oficial de Aragón. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 04/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden/AGA/XXX/2025, de 24 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2025.Publicado 04/04/2025ORDEN AGA/284/2025, de 10 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura