Plazo no verificadoBDNS 822576
SUBVENCIONES A LOS ARTESANOS/AS INDIVIDUALES Y EMPRESAS ARTESANAS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2025.
AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:39 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES620 - Murcia
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Industria y Energía
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 31/03/2025
- Fin de solicitudes
- 30/06/2025
- Registro en BDNS
- 25/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 31/03/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán ser beneficiarios las empresas artesanas y artesanos/as individuales que tengan la consideración de Micro empresa, dedicados a la elaboración de productos artesanos y cuyo taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.Segundo. Finalidad:Para que sus talleres artesanos diseñen e innoven, potencien su actividad productiva, mejoren la seguridad y calidad de sus talleres y productos, y aumenten su comercialización.Tercero. Bases reguladoras:Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de subvenciones a artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia, publicada en el B.O.R.M. nº 152 del 2 de julio de 2016, modificada por la Orden de 3 de mayo de 2022, de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 110 del 14 de mayo de 2022 y por la Orden de 14 de marzo de 2023, de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos, por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 69 del 24 de marzo de 2023.Cuarto. Actuaciones e Importe Subvencionable:1.- La subvención a conceder tendrá un importe máximo total de 3.000,00-.€ IVA no incluido, producto de la suma de las cantidades máximas de subvención de las distintas actuaciones, cumpliendo además que la cuantía máxima de subvención a conceder será del 80% de cada una de las inversiones a realizar.2.- Las actuaciones subvencionables son las siguientes:C) Producción, Calidad y TIC’s.c.1.) Las obras en el taller artesano para la primera instalación, ampliación, traslado o reforma de sus instalaciones y medios de producción. Importe máximo de la subvención 3.000,00-.€ IVA no incluido.c.2.) La nueva adquisición de maquinaria y enseres para los talleres artesanos. Importe máximo de la subvención 3.000,00-.€ IVA no incluido.c.3.) La adquisición de sistemas con nuevas tecnologías en los sistemas productivos del artesano. Importe máximo de la subvención 3.000,00-.€ IVA no incluido.c.4.) La adquisición de sistemas de seguridad en la maquinaria e instalaciones de los talleres artesanos. Importe máximo de la subvención 3.000,00-.€ IVA no incluido.c.5.) La contratación de ensayos en laboratorios acreditados para certificar el producto final. Importe máximo de la subvención 1.000,00-.€ IVA no incluido. D) Comunicación y Comercialización.d.1.) Los costes de desarrollo y mejora de páginas webs y comercio electrónico en el taller artesano. Importe máximo de la subvención 1.000,00-.€ IVA no incluido.d.2.) Los costes de la inscripción de los talleres artesanos en las muestras y ferias profesionales que se celebren dentro o fuera de la Región de Murcia. Importe máximo de la subvención 2.000,00-.€ IVA no incluido.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo es de sesenta días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la orden de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 25/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERIA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A LOS ARTESANOS/AS INDIVIDUALES Y EMPRESAS ARTESANAS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2025.Publicado 31/03/2025Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de subvenciones a artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.