PLAN MUNICIPAL DE AYUDAS A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DE CALATAYUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y EXTRAESCOLARES 2025
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES24 - ARAGON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
26/03/2025
Publicación en diario oficial
29/03/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente al de la publicación en el BOP Zaragoza
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir de la fecha de publicación en el BOP Zaragoza
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán presentar solicitudes todas aquellas asociaciones de madres y padres de alumnos de cualquiera de los centros docentes ubicado en Calatayud, y que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se señalan en la OGS, que realicen acciones culturales que sean de interés para la ciudad, y que dispongan de la estructura y medios para llevar a cabo los programas objeto de la misma.Segundo. Objeto.La acción de fomento se dirige a la realización de actividades educativas y extraescolares de utilidad social o interés social realizadas por asociaciones de madres y padres de alumnos de cualquiera de los centros docentes ubicado en Calatayud cuya finalidad sea la promoción de la dinamica formativa y educativa en sus variadas manifestaciones. Quedan incluidas aquellas actividades que impliquen desplazamiento, pero que tengan por objeto la realización de una actividad relacionada con el objeto y fines de la asociación.Tercero. Bases Reguladoras.La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (publicado en BOPZ número 275 de 28 de noviembre de 2024), en su condición de Bases Reguladoras (OGS). Cuarto. Cuantía.La cuantía total máxima prevista para las subvenciones convocadas es de 4.500,00 euros que será imputada a la aplicación presupuestaria 3232-48963 del Presupuesto municipal del año 2025, denominada CENTROS DE ENSEÑANZA-SUBVENCION AMPAS EN CONCURRENCIAQuinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 dias hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 de la LGS. Las bases integras se encuentran a disposición del interesado en la base de datos nacional de subvenciones, en la página web municipal y en el tablón de anuncios.Sexto. Otros datos.La concesión de las subvenciones y el resto de cuestiones derivadas de ella, se realizará de conformidad con lo establecido en las Bases de la convocatoria de conformidad con lo establecido en la OGS, en su condición de bases reguladoras.