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Plazo no verificadoBDNS 823156

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES GENÉRICAS EN MATERIA DE CULTURA PARA LAS ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SIN ÁNIMO DE LUCRO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA DE LA ISLA DE FUERTEVENTURA

LOCAL · CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA · CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:55 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES704 - Fuerteventura

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
01/04/2025
Fin de solicitudes
23/04/2025
Registro en BDNS
27/03/2025
Publicación en diario oficial
31/03/2025

Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL B.O.P.

Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la resolución número 1925/2025, de 24 de marzo, del Consejero de Área Insular de Cultura, Patrimonio Cultural e Innovación, don Rayco de León Jordán por la que se convoca para la anualidad 2025, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Cultura para las asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia de la Isla de Fuerteventura.PRIMERO. Beneficiarios. Las asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, de Fuerteventura, constituidas legalmente y que dentro de sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales se encuentren los culturales. SEGUNDO. Objeto. El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones que otorga la Consejería de Cultura del Cabildo Insular de Fuerteventura para el fomento de proyectos y actividades culturales a ejecutar en la Isla de Fuerteventura, que se enmarquen dentro de las artes escénicas (teatro, música, danza, circo, performance, etc); artes plásticas, visuales y gráficas (pintura, fotografía, escultura, artesanía, dibujo etc), artes literarias; artes audiovisuales (cine, video, discos, etc), así como aquéllos que favorezcan la cultura popular y tradicional y que supongan una aportación significativa a la oferta cultural de la isla. TERCERO. Bases reguladoras.Ordenanza específica reguladora de las bases que han de regir la tramitación y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de cultura, aprobadas por acuerdo del Pleno del Cabildo Insular de Fuerteventura de fecha 27 de noviembre de 2020 publicadas en el B.O.P Las Palmas, número 18 de fecha 10 de febrero de 2021 y en el B.O.C nº28 de fecha 10 febrero de 2021, modificada mediante acuerdo del Pleno en sesión plenaria de fecha 27 de mayo de 2022 cuyo texto consolidado se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 93 de fecha 3 de agosto de 2022 y Boletín Oficial de Canarias número 158 de fecha 10 de agosto de 2022.CUARTO. Cuantías. Créditos presupuestarios destinados a esta convocatoria:APLICACIÓN PRESUPUESTARIA IMPORTES (EUROS)Aplicación Presupuestaria 50510 3340A 4890125 85.000,00€Subvenciones a Colectivos Socioculturales para los gastos corrientes de los proyectos objeto de esta convocatoria.Aplicación Presupuestaria 50510 3340A 7890025 10.000,00€Subvenciones a Colectivos Socioculturales para los gastos inventariables de los proyectos objeto de esta convocatoria.Importe total de la convocatoria 95.000,00€Se podrán fijar cuantías adicionales condicionadas a lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como alterar la distribución de la cuantía total máxima entre las distintas aplicaciones presupuestarias a través del oportuno expediente de modificación de crédito, de acuerdo con el artículo 58.4 del citado Real Decreto 887/2006.Cuantía máxima por solicitud: La cuantía máxima que se podrá conceder a cada proyecto será de 10.000,00 euros, resultantes de aplicar los criterios de valoración de esta convocatoria, establecidos conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la ordenanza. QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes:QUINCE (15) días hábiles contados desde el día siguiente de su publicación en el B.O.P.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES GENÉRICAS EN MATERIA DE CULTURA, PARA ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, SIN ÁNIMO DE LUCRO, ANUALIDAD 2025Publicado 31/03/2025modificación de la ordenanza específica reguladora de las bases que han de regir la tramitación y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de cultura.