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Plazo no verificadoBDNS 823320

Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2025

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 11:58 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
27/03/2025
Publicación en diario oficial
03/04/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans:

Primero. Beneficiarios

Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los ayuntamientos de la provincia de Valencia que disponen de yacimientos arqueológicos visitables de época prehistórica e ibérica situados en su municipio.

Segundo. Objeto

De acuerdo con lo previsto en los artículos 1.2.1 (realización de actividades culturales) y 1.2.3 (actividades museográficas y de difusión del patrimonio) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia, el objeto de estas subvenciones es el mantenimiento de los servicios de visitas turísticas y didácticas a yacimientos arqueológicos visitables situados en su municipio, el mantenimiento de su museización y el diseño y la realización de actividades de difusión del patrimonio arqueológico.
Tercero. Bases reguladoras

La OGS, aprobada por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2017, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) núm. 101, de 29 de mayo de 2017, modificada por acuerdos del Pleno de 20 de junio de 2017 (BOP núm. 174 de 8 de septiembre de 2017), de 21 de julio de 2020 (BOP núm. 185 de 24 de septiembre de 2020), de 28 de marzo de 2023 (BOP núm. 107, de 5 de junio de 2023) y de 4 de diciembre de 2024 (BOP núm. 45, de 6 de marzo de 2025).

Cuarto. Financiación y cuantía

El gasto de la convocatoria, por un importe total de 140.000 euros, se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 301.33301.46200 del Presupuesto de la Diputación de Valencia del ejercicio 2025.

No se exige financiación propia.

La determinación de la cuantía individual se hará conforme a la puntuación obtenida al aplicar los criterios de concesión que figuran en la convocatoria, según los datos expuestos por los municipios solicitantes en su proyecto.

Quinto. Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOP.
Sexto. Otros datos

Las solicitudes, dirigidas al presidente de la Diputación, se presentarán en la sede electrónica de la Diputación de Valencia (www.sede.dival.es), en la carpeta de Ayuntamientos. En estas se declarará responsablemente que la entidad no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 6 de la OGS. En el caso de que se presenten en plazo varias solicitudes se entenderá como válida la presentada en última instancia.

A la solicitud se adjuntará la documentación siguiente:

a) Proyecto de actividades, redactado y firmado por personal técnico competente, que ha de incluir, de manera expresa, al menos los siguientes extremos:
• Descripción del proyecto con referencia al yacimiento o yacimientos objeto de atención y a los elementos que lo convierten en visitable.
• Referencia expresa a los datos que permiten valorar el proyecto de acuerdo con todos los criterios establecidos en la cláusula Novena.
• El programa de actividades a realizar.
• El calendario de realización previsto.
• La identificación de las personas beneficiarias finales.
• Los resultados que se pretenden obtener (objetivos) y la forma de medir estos resultados (indicadores y metodología).

b) Presupuesto detallado por conceptos de la previsión de gastos e ingresos del proyecto de actividades.

c) Certificado de la Secretaría o de la Intervención municipal en el cual se haga constar los importes y el concepto que, en el ejercicio anterior a la convocatoria, se han destinado al mantenimiento del servicio de visitas o para la mejora de las condiciones de conservación o puesta en valor de los yacimientos. El certificado también ha de especificar la procedencia de las aportaciones realizadas al proyecto durante el ejercicio anterior, incluyendo los recursos municipales propios y los ingresos por el precio público de las visitas.

No se admite la reformulación de las solicitudes.

El Presidente de la Diputación de Valencia, Vicente Mompó Aledo.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio de la Diputación de Valencia, sobre extracto del decreto de la Presidencia núm. 3394, de 27 de marzo de 2025, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2025.Publicado 03/04/2025Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2025