Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 28/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 03/04/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente al de su publicación en el BOPZ
Texto oficial de cierre: 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones o Entidades culturales sin ánimo de lucro y personas físicas, con domicilio en Caspe, que realicen programas y/o actividades culturales durante el año 2024, subvencionables según las correspondientes bases. 2.- Objeto y finalidad: Las subvenciones en materia de Cultura tienen por objeto colaborar económicamente con las Asociaciones o Entidades culturales sin ánimo de lucro y personas físicas, con la finalidad de fomentar la cultura por parte de los ciudadanos en la realización de actividades y/o eventos culturales. Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos que se orienten a alcanzar prioritariamente los siguientes objetivos: Promoción del asociacionismo cultural.La formación y el fomento de la creación artística en sus distintas manifestaciones.Recuperación y conservación de las distintas manifestaciones de la cultura tradicional, en el ámbito de la música, la danza, la artesanía, etc.…La investigación y difusión de temas culturales o científicos relacionados con Caspe.El complemento de la oferta cultural del Ayuntamiento de Caspe, con una programación pública.La integración y el mestizaje cultural. Gastos subvencionables:2.1.- Gastos subvencionablesa) Gastos de producción de las actividadesb) Gastos de promoción y difusión.c) Gastos generados por personal contratado específicamente para la actividad objeto de la subvención. 2.2.-Gastos no subvencionablesLos gastos consistentes en adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, así como equipamiento de cualquier tipo.Los gastos consistentes en la adquisición de inmuebles y material inventariable.Los gastos consistentes en la realización de obras.Los gastos de gestión de la estructura de la entidad solicitante (gastos de personal, gastos de mantenimiento de los locales, gastos de mantenimiento de su estructura funcional: alquiler de locales, agua, gas, teléfono, internet, electricidad, etc.).Gastos relativos a la cultura gastronómica, comidas, compras de alimentación, bebidas, los gastos de representación y los gastos protocolarios.Gastos relativos a viajes.Cursos de formación ajenos al desarrollo cultural y artístico.Gastos dinerarios en premios o concursos.Gastos financieros, asesoría jurídica o financiera, gastos bancarios, tasas, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, tributos, gastos de procedimientos judiciales, e importes en concepto de principal e intereses derivados de operaciones de financiación de cualquier índole…. 3.- Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Caspe, en Sesión ordinaria celebrada el día 6 de marzo de 2025 aprobó las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de Cultura, ejercicio 2024. 4.- Importe: El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria 20.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria, “3340.4800101 Subvenciones Asociaciones culturales”, recogida en el Presupuesto municipal del ejercicio 2024, prorrogado para el 2025, con una dotación económica de 20.000 euros. 5.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOPZ. La convocatoria íntegra se publicará en la web del Ayuntamiento de Caspe (www.caspe.es). El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la web del Ayuntamiento de Caspe.