CerradaBDNS 823437
BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES CON DESTINO A SUFRAGAR GASTOS A LOS CASPOLINOS Y LAS CASPOLINAS DE HONOR 2025
LOCAL · CASPE · AYUNTAMIENTO DE CASPE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 12:01 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 01/06/2025
- Fin de solicitudes
- 04/07/2025
- Registro en BDNS
- 28/03/2025
- Publicación en diario oficial
- 03/04/2025
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Extracto publicado
1.- Beneficiarios: Tendrán la condición de beneficiarios las personas elegidas como CASPOLINOS Y CASPOLINAS DE HONOR, infantiles, mayores y senior. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos y obligaciones que se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en las correspondientes bases y en la resolución o acuerdo de concesión. No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurran algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. 2.- Objeto y ámbito: 2.1.- El objeto de la subvención es fomentar la participación ciudadana, en los actos de mayor interés de las Fiestas Patronales en honor a San Roque, por parte del Ayuntamiento, colaborando en los gastos generados para las candidatas por su participación en las galas y demás actos previstos en el Programa de Actos de las fiestas para el año 2025, para las que se requiera su presencia. Las galas de presentación de Caspolinos y Caspolinas son de los actos más significativos para la sociedad municipal, que generan gran interés, provocando a los candidatos y las candidatas y a sus familias una serie de gastos considerables, que hace que cada año resulte más difícil la participación de los/las jóvenes y niños/as de la localidad. Produciéndose además la singularidad de que no se conocen, a la hora de confección de los Presupuesto Generales Municipales los nombres de los candidatos y las candidatas, lo que hace difícil la articulación de subvenciones nominativas en el Presupuesto de cada ejercicio. 2.2.- Los solicitantes deberán cumplir con las siguientes condiciones que a continuación se relacionan: A) Edad:a) Los aspirantes a Caspolinos y Caspolinas mayores de 2025, deberán tener cumplidos los 15 años, a fecha 1 de enero de 2025 y no superar los 21 años en tal fecha.b) Los aspirantes a Caspolinos y Caspolinas infantiles de 2025 deberán tener 8 años, a fecha 1 de enero de 2025 y no superar los 14 años en tal fecha.c) Los aspirantes a Caspolino y Caspolina senior de 2025 deberán tener 55 años, a fecha de 1 de enero de 2023. El personal Administrativo de la Concejalía de Fiestas comprobará el cumplimiento de los requisitos anteriormente señalados, emitiendo el informe correspondiente 3.- Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Caspe, en Sesión ordinaria celebrada el día 6 de marzo de 2025 aprobó las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Caspolinas y/o Caspolinos de Honor de las Fiestas Patronales, año 2025. 4.- Importe: La forma de concesión de las subvenciones será el reparto proporcional del crédito presupuestario disponible entre las solicitudes presentadas en tiempo y forma, con un límite máximo de 375 € y en función de los gastos justificados. A tal efecto en la aplicación presupuestaria 3380.4890002 “Subvenciones a Caspolinas y/o Caspolinos de Honor de las Fiestas Patronales” del presupuesto para el ejercicio 2024, prorrogado para el ejercicio 2025 existe consignación por importe de 3.750,00 € destinado a sufragar el objeto de la presente subvención. 5.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes, será desde el 1 de junio hasta el 4 de julio de 2025. 6.- Justificación de la subvención: Para percibir la subvención será necesario presentar al Excmo. Ayuntamiento de Caspe, antes del día 30 de septiembre de 2025, la siguiente documentación: 6.1- Declaración responsable de que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención, incluyendo una relación de los gastos realizados, así como de la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. (Anexo II). 6.2.- Facturas acreditativas de la realización del gasto en consonancia con las actividades subvencionadas 6.3.- Para la acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos numerados en el anexo III, sólo se considera gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. La convocatoria íntegra se publicará en la web del Ayuntamiento de Caspe (www.caspe.es). El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la web del Ayuntamiento de Caspe.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 28/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES CON DESTINO A SUFRAGAR GASTOS A LOS CASPOLINOS Y LAS CASPOLINAS DE HONOR 2025Publicado 03/04/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.