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Plazo no verificadoBDNS 823457

SUBV. A MUNICIPIOS C.M.PARA EQUIPAM., OBRAS Y MEJORAS LOCALES JUVENILES

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 12:01 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Ámbito territorial

ES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Infraestructuras

Plazos, con su contexto.

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Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/03/2025
Publicación en diario oficial
21/04/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN EXTRACTO CONVOCATORIA EN B.O.C.M

Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HABILES DESDE EL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN B.O.C.M

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Extracto publicado

BNDS (Identif.):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Orden citada, cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la página web: www.comunidad.madrid.PrimeroBeneficiariosa) Los municipios, mancomunidades y demás entidades locales de la Comunidad de Madridválidamente constituidas.b) Las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientes de los municipiosanteriores que tengan asumidas competencias en materia de juventud.SegundoObjetoConvocar ayudas para el equipamiento de locales juveniles de titularidad pública,incluyendo obras y mejoras de los mismos.TerceroBases reguladorasOrden 3551/2019, de 28 de noviembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la quese establecen las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madriddestinadas al equipamiento, obras y mejoras de locales juveniles de titularidad municipal,publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 7, de 9 de enero de 2020,modificada parcialmente por la Orden 559/2022, de 24 de marzo, de la Consejería deFamilia, Juventud y Política Social, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID número 80, de 4 de abril de 2022.CuartoCuantíaEl importe total de la subvención es de 450.000 euros, se financiará con cargo alsubconcepto presupuestario 76309, del programa 232 A Juventud, de la Dirección General deJuventud de la Comunidad de Madrid, del año 2025.Cada beneficiario podrá percibir hasta un 75 por 100 del gasto total que realice enequipamiento, obras y mejoras, pero, en ningún caso, la cuantía máxima de la subvenciónpodrá ser superior a 5.000 euros.QuintoPlazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde eldía siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.SextoOtros datosLas actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero hasta el 31 de octubredel año en que se convoquen las ayudas.El pago de las subvenciones se efectuará de forma anticipada una vez notificadas laconcesión de las ayudas.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Modificacion BBRRPublicado 28/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Bases reguladorasPublicado 28/03/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 679/2025, de 26 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas al equipamiento, obras y mejoras de locales juveniles de titularidad municipal para el año 2025Publicado 21/04/2025ORDEN 559/2022, DE 24 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL