Orden de 1 de abril del 2025 la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones a centros especiales de empleo para complementar costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 07/04/2025
- Fin de solicitudes
- 15/12/2025
- Registro en BDNS
- 01/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 03/04/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Bases y documentación
Orden de 3 de noviembre de 2025 de modificación de la convocatoria.Publicado 04/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 01/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 1 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo para complementar los costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidadPublicado 03/04/2025Orden EMP/383/2016, de 4 de mayo, aprueba las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo para complementar los costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.