PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/04/2025
Publicación en diario oficial
04/04/2025
Texto oficial de apertura: Publicación do extracto da convocatoria no Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra
Texto oficial de cierre: Tres meses dende a publicación do extracto da convocatoria no Boletín Oficial da Provincia de Pontev
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Personas beneficiarias Personas físicas o jurídicas que tengan la condición de propietarias del inmueble, tanto sean comunidades de propietarios/as en régimen de propiedad horizontal, mancomunidades o agrupaciones de comunidades, legalmente constituidas, así como, agrupaciones de personas propietarias o personas propietarias únicas de edificios de viviendas, en las que se cumplan los requisitos de esta convocatoria, que promuevan y ejecuten o hayan ejecutado las actuaciones objeto de esta convocatoria durante el período comprendido entre el 01 de enero y el 15 de octubre de 2025.Segundo. Objeto Fomentar la iluminación de las fachadas de los edificios históricos que aparecen relacionados en las bases rectoras de esta subvención y que tienen la declaración de edificios catalogados con el grado de protección Monumental, Integral y Estructural. Tercero. Bases reguladoras Las Bases reguladoras se publicaron en el BOP de Pontevedra n.º 98, del martes 21 de mayo de 2024, así como en el Portal de transparencia del Ayuntamiento de Vigo https://transparencia.vigo.org/. Cuarto. Cuantía A cuantía destinada a estas ayudas, que se convocan en régimen de concurrencia competitiva y que tendrán el carácter de subvención a fondo perdido asciende a 20.000 ? (veinte mil euros) para 2025.La cuantía máxima total subvencionable por edificación residencial colectiva es de 10.000 euros. En ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actuación subvencionada. El procedimiento de adjudicación se realizará de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en las Bases. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Tres meses a contar desde la publicación del presente extracto en el BOP de Pontevedra, por conducto de la BDNS. Sexto. Otros datosAcuerdo de convocatoria: Resolución de la Concejala Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda de fecha 20.03.2025, tomada en conocimiento por el Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo, en sesión ordinaria de fecha 01.04.2025. Gastos subvencionables: tanto la ejecución material de la obra como los honorarios correspondientes a la redacción de la documentación técnica preceptiva.Anticipos: no se admiten solicitudes de abonos a cuenta o anticipos.Compatibilidad: estas ayudas municipales son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad.Criterios de valoración: Las solicitudes se evaluarán conforme a la documentación aportada, a los informes emitidos, a las limitaciones presupuestarias existentes y a los criterios de evaluación establecidos en las bases.Título habilitante: licencia municipal de obras y/o comunicación previa de obras, acompañadas de la documentación técnica preceptiva.Plazo de resolución: 3 meses Plazo de justificación: hasta el 1 de noviembre de 2025.Anexos: existen modelos normalizados de solicitudes y justificación. Abono: transferencia bancaria.