Orden de 24 de marzo de 2025 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 202
AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 02/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 04/04/2025
Texto oficial de apertura: día siguiente publicación en DOG
Texto oficial de cierre: mismo ordinal mes siguiente publicacion DOG
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Entidades beneficiarias
Entidades de acción voluntaria y entidades locales que realicen proyectos de voluntariado al amparo del programa Voluntariado sénior desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025.
Segundo. Objeto y finalidad
Establecer las bases reguladoras por las que se regirá el procedimiento de concesión de las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior, que realicen proyectos de dicho programa desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2025, y proceder a su convocatoria para el año 2025. Dicho programa consiste en incorporar a las entidades de acción voluntaria y a las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia personas mayores de 55 años para su colaboración como personas voluntarias en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten al amparo de esta convocatoria y dentro de los sectores de actuación establecidos en la Ley 10/2011, de 28 de noviembre.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 24 de marzo de 2025 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS508C).
Cuarto. Presupuesto
La cuantía global de la convocatoria es de noventa y siete mil seiscientos euros (97.600 €), de los cuales, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.460.0, cuarenta y dos mil seiscientos euros (42.600 €) se destinarán a las entidades locales y, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.481.0, cincuenta y cinco mil euros (55.000 €) se destinarán a las entidades de acción voluntaria.
En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar los 2.400 €, que correspondería a un proyecto de ocho (8) personas voluntarias colaborando 3 horas al día por un total de 60 días, o la cantidad de 6.000 €, que correspondería a un proyecto de veinte (20) personas voluntarias colaborando 3 horas al día por un total de 60 días, en aquellos casos en que se pueda solicitar hasta un máximo de veinte (20) personas voluntarias.
Quinto. Otros datos
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.
Con la solicitud se presentará el proyecto de actividades. Se admitirá un solo proyecto por entidad, con su denominación/nombre, los objetivos, la identificación de problemas y el número aproximado de personas beneficiarias. Este irá acompañado del número de personas voluntarias con las cuales se pretende ejecutar el proyecto, de las horas de ejecución de este por parte de cada una de estas personas y del número de días que participará cada una, así como del coste que correspondería por número de personas voluntarias y días, y de un presupuesto desglosado del coste de las demás actividades. Este proyecto de actividades de voluntariado no puede ser igual al presentado por la misma entidad en el caso de haber otra convocatoria de ayudas de esta consellería en materia de voluntariado.
La concesión de la ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva siguiendo el orden de prelación por la puntuación obtenida. Se requerirá una puntuación mínima de 50 puntos y la concesión se efectuará por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 07/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 07/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 24 de marzo de 2025 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS508C).Publicado 04/04/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.