Plazo no verificadoBDNS 824402
Convocatoria concesión de subvención a las personas mayores que deseen participar en el VIAJE CULTURAL A TOLEDO PARA MAYORES, CON ENTRADA A PUY DU FOU Y EL SUEÑO DE TOLEDO
LOCAL · PATERNA · AYUNTAMIENTO DE PATERNA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:49 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 10/04/2025
- Fin de solicitudes
- 14/05/2025
- Registro en BDNS
- 02/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 07/04/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
ANUNCIO De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de concesión de subvención a las personas mayores que deseen participar en el VIAJE CULTURAL A TOLEDO PARA MAYORES, CON ENTRADA A PUY DU FOU Y EL SUEÑO DE TOLEDO , DIVIDIDO EN TRES TURNOS, cuyo texto íntegro puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primero.- Beneficiarios/as y Requisitos1.- Podrán participar en el Programa de Viajes para personas mayores del municipio de Paterna las personas residentes en Paterna que reúnan los siguientes requisitos: 1.1.Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España. Los extranjeros que residan en Paterna podrán beneficiarse siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, y los requisitos establecidos en la presente norma.1.2. Jubilados y pensionistas (siempre que hayan adquirido la condición de pensionista con anterioridad al 1 de enero de 2025), empadronados en el municipio de Paterna al menos a partir del día 1 de enero de 2025.1.3. No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la reiterada Ley General de Subvenciones, requeridas para tener la condición de beneficiario/a de la subvención.1.4.No padecer trastornos mentales o de conducta que puedan alterar la normal convivencia de los usuarios en los establecimientos hoteleros, ni enfermedad infecto contagiosa. Deberán valerse por sí mismo.1.5. Personas de 60 años o más con discapacidad que, según lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, tengan una discapacidad igual o superior al 33 %, acreditado con un certificado. En el supuesto de que estas personas precisen la ayuda de un acompañante, será necesario presentar un certificado de discapacidad donde conste un grado igual o superior al 65 %.Las personas con discapacidad, acudirán con su acompañante a fin de que este le ayude realizar las actividades.1.6.Las personas solicitantes acreditarán al Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos establecidos mediante declaración responsable .1.7. El cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo para poseer la condición de beneficiario vendrá referido al momento de presentación de la solicitud correspondiente. 2. -AcompañantesLas personas usuarias, a las que se hace referencia en el punto 1 podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto 1. Segundo.- Obligaciones de los beneficiariosAdemás de las obligaciones que con carácter general del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 23 de noviembre, General de Subvenciones, se establecen las siguientes obligaciones de los beneficiarios:a) Comunicar la no asistencia al viaje con una antelación mínima de 3 días. En caso de causar baja por causas imprevistas a última hora se comunicará antes de la salida para tener derecho a la devolución.La penalización será la siguiente:–20% del total del viaje si el incumplimiento se produce en los 15 días inmediatamente a la fecha prevista de la realización del viaje.–50% si se produce entre los 14 días y 7 días anteriores a la realización del viaje.-100% en el supuesto de que la comunicación de baja se produzca en las 48 horas anteriores a la realización del viaje.–La no presentación a la hora de salida o la comunicación con menos de 48 horas de antelación se penalizará con el 100% . En caso de que el usuario comunique su baja una vez iniciado el viaje, decaerá el derecho a devolución. Tercero .- ObjetoEl Programa de de Viajes tiene como objetivo principal mejorar la calidad de vida de las personas mayores y fomentar el envejecimiento activo mediante su participación en viajes y en actividades turísticas a precios asequibles, que de otra forma no habrían podido realizar, concibiéndose como un servicio complementario a las actividades que se realizan en los Centros de Mayores del municipio de Paterna.Además, el programa consigue potenciar el desarrollo económico del sector turístico, reduciendo la estacionalidad y, con ello, generando empleo y actividad económica. Cuarto.- Bases reguladorasLa Ordenanza específica de las bases reguladoras aprobada por acuerdo plenario de 29 de junio de 2022 y modificada por acuerdo plenario de fecha 25 de enero de 2024 , publicado su texto íntegro en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el BOP núm. 85 de fecha 03/05/2024 y en la web municipal www.paterna.es, de acuerdo con lo dispuesto en el art 65.2 de la 7/1985, de 2 de abril. Quinto.- Plazas, destino y actividadesSe convocan 600 plazas repartidas en tres turnos de 200 personas cada uno para participar en el VIAJE CULTURAL A TOLEDO PARA MAYORES, CON ENTRADA A PUY DU FOU Y EL SUEÑO DE TOLEDO , DIVIDIDO EN TRES TURNOS:turno 1: del 06 al 08 de mayo de 2025turno 2: del 13 al 15 de mayo de 2025turno 3: del 28 al 30 de mayo de 2025 Sexto.- Cuantía1.- La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2311-48200 de los presupuestos del Ayuntamiento de Paterna para el ejercicio 2025, con una cuantía total máxima de 258.605,00 € IVA incluido, para un máximo de 600 personas, repartidas en tres turnos con cargo al RC núm. 202500005625. El coste del viaje por usuario es de 431 €. 2.- El programa se cofinancia con las siguientes aportaciones, siendo en los tres turnos igual. El Ayuntamiento abonará el 70% del coste del viaje, es decir, un importe de 301,70 €/persona. Los interesados abonarán el 30% del coste de la plaza, es decir, un importe de 129,3 €/persona. Septimo.- Plazo de presentación de solicitudesEl período de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del Extracto de la convocatoria de las Bases en el BOPV.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 02/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSANUNCIO EXTRACTO CONVOCATORIA SUBVENCIÓN VIAJE CULTURAL A TOLEDO PARA PERSONAS MAYORES 2025Publicado 07/04/2025Ordenanza Específica programa viajes dirigidos a personas mayores empadronadas en el municipio de PaternaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.