Decreto de 1 de abril de 2025 del concejal presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba las Bases de la primera edición del concurso de tapas del Distrito de Moratalaz denominado "I Ruta de la tapa de Moratalaz".
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/04/2025
Publicación en diario oficial
10/04/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
Texto oficial de cierre: HASTA EL 22 DE ABRIL DE 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Todas las personas físicas o jurídicas con establecimiento de hostelería y restauración, en sus distintas categorías, sitos en el Distrito de Moratalaz.Segundo. Objeto.Para el cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:• Acercar la variedad gastronómica de los establecimientos del Distrito al público en general.• Impulsar y promocionar el sector hostelero, fomentando la competitividad entre los distintos establecimientos.• Fomentar la participación y crear un punto de encuentro de establecimientos relacionados con la hostelería.• Reconocer a los establecimientos que elaboren las mejores tapas con premios mediante votación popular.• Mejorar la oferta lúdica del Distrito de Moratalaz.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 publicada en www.madrid.es.En su defecto, se regulará por lo dispuesto en la presente Ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de esta, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.Cuarto. Cuantía.La cuantía total de los premios asciende a 2.400 euros, estableciéndose un primer premio de 1.400 euros, un segundo premio de 700 y un tercero de 300 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el día 22 de abril de 2025.Sexto. Otros datos.Para la inscripción en el concurso los interesados deberán utilizar el formulario normalizado habilitado al efecto en la web municipal para la participación en el concurso, debiendo presentarse:- Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.- Presencialmente, en el supuesto de que el participante sea persona física y elija tal forma de presentación, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.