Plazo no verificadoBDNS 824709
Ayudas 2025 a Artistas Visuales s/ Resolución de 25 de marzo de 2025 que la convoca.
AUTONOMICA · EXTREMADURA · SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:57 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 03/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 08/04/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Texto oficial de cierre: 20 DÍAS HABILES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones)(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index) y en el presenteDOE.Primero. - Personas BeneficiariasPodrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatorialas personas físicas que, vinculadas a Extremadura, desarrollen sutrabajo en el campo de la creación artística contemporánea, dentro delas actividades señaladas en el apartado segundo de este extracto.Segundo. - ObjetoConvocar para el ejercicio 2025, la concesión de ayudas a artistasvisuales para apoyar, fomentar y promocionar la creatividad artística enla Comunidad Autónoma de Extremadura, en el campo de la creacióncontemporánea, dentro del ámbito de las artes visuales, contribuyendoasí al desarrollo económico, social y cultural de la región.El procedimiento de concesión de estas ayudas, en previsión de loestablecido en el Decreto 32/2017, de 28 de marzo, por el que seestablece el régimen de ayudas a artistas visuales, se efectúa bajo elrégimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica.Son artistas visuales aquellas personas físicas que desarrollan trabajosartísticos en las disciplinas plásticas tradicionales, en las nuevasformas de expresión plástica y en aquellas otras relacionadas con lasnuevas tecnologías y nuevos medios.Las actividades subvencionables podrán ser individuales o realizadas deforma colectiva, con la participación de varios artistas, y deberán serinéditas y desarrollarse en el campo de las artes visuales, entendiendocomo tales: pintura, escultura, instalación, dibujo, grabado,fotografía, procedimientos mixtos, arte digital, arte sonoro, videoarte,performance, arte de acción o cualquier otra modalidad de lenguajevisual.No serán objeto de esta convocatoria los proyectos de producción ydesarrollo de largometrajes, mediometrajes y cortometrajes.Tercero. - Régimen JurídicoLas ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 32/2017,de 28 de marzo de 2017, por el que se establece el régimen de ayudas aartistas visuales, y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvencionesde la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicaciónlas disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de desarrollo.Cuarto. – Cuantía1.La cuantía de las ayudas será la solicitada por las personasinteresadas, si bien la cuantía máxima de las mismas no podrá superarlos 5.000 euros por actividad subvencionada.2. La cuantía total presupuestada asciende a 40.000 euros con cargo ala Aplicación Presupuestaria 150020000 G/272C/470, proyecto 20170020,con una dotación inicial para la anualidad de 2025 de cuarenta mil euros(40.000 €).3. Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenidasegún los criterios de valoración, recibiendo subvención aquellosproyectos o actividades que obtengan un mayor número de puntos, por latotalidad del importe solicitado, y con las limitaciones indicadas en elpresente artículo y hasta agotar el crédito presupuestado para tal fin.4. Un artista sólo podrá ser beneficiario de una ayuda por convocatoria" tal y como se establece en el artículo 5.2 del DECRETO 32/2017, de 28de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas a artistasvisuales.Quinto. - Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábilescontados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria ydel presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES, POR LA QUE POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A ARTISTAS VISUALES PARA EL AÑO 2025Publicado 08/04/2025Decreto 32/2017, de 28 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas visualesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.