PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/04/2025
Publicación en diario oficial
08/04/2025
Texto oficial de apertura: al día siguiente de su publicación en el BOCCE
Texto oficial de cierre: dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOCCE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Sujeto:Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas, las personas jurídicas y físicas, a título individual o formando equipo y con plena capacidad de obrar, que cumplan los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras y las disposiciones específicas de la convocatoria.Segundo. Objeto:El Instituto de Estudios Ceutíes, en cumplimiento de sus fines, desarrolla un programa anual de ayudas a la investigación para proyectos cuya finalidad sea el estudio y la recopilación de nuevos datos sobre el ámbito ceutí y su contexto. La finalidad de estas ayudas es fomentar la actividad investigadora que se centre en aspectos poco estudiados o que sean de especial interés para el conocimiento de la realidad de Ceuta y de su entorno.Tercero. Regulación:Las Bases Reguladoras de estas Ayudas a la Investigación están publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE n.º 5677 de 12/05/2017) y se complementan con las disposiciones generales y específicas de la presente convocatoria que se publican en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (BDNS) y en la web del Instituto de Estudios Ceutíes.Cuarto. Cuantía:El importe total disponible para la convocatoria vinculada al ejercicio 2025 es de 40 000 € (CUARENTA MIL EUROS). Se podrán otorgar tantas ayudas como permita esta partida económica, con una dotación máxima para cada una de ellas de 6 000 € (SEIS MIL EUROS).Quinto. Plazo:El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOCCE.Sexto. Otros datos:Las solicitudes se presentarán preferentemente en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en el trámite “AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN INSTITUTO ESTUDIOS CEUTÍES” habilitado para tal fin. No obstante, será posible su presentación en las formas contempladas en el apartado 1 de la base reguladora tercera y, para presentarla en las oficinas del Registro del Instituto de Estudios Ceutíes, se deberá concertar una cita previa en el teléfono 95651007. Las solicitudes se cumplimentarán únicamente en el modelo/impreso oficial que puede descargarse en el citado trámite telemático o en la web del IEC y deberán ir acompañadas de la documentación a presentar indicada en el apartado 2 de dicha base reguladora y especificada en las instrucciones de la Sede Electrónica, adjuntando en cualquiera de los casos copia en soporte digital de todos los archivos. La experiencia investigadora se acreditará mediante la documentación que resulte oportuna.