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Plazo no verificadoBDNS 824806

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE DIVERSIDAD PARA EL AÑO 2025 S1544

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:58 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/04/2025
Publicación en diario oficial
15/04/2025

Texto oficial de apertura: El plazo de presentación será de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOGV

Texto oficial de cierre: El plazo de presentación será de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOGV

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS:
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans
Asimismo, se encuentra disponible en la dirección web:
http://www.inclusio.gva.es/web/igualdad-diversidad

Primero. Entidades beneficiarias.
Entidades que cumplan los requisitos indicados en el artículo 2 de la Orden 7/2024, de 13 de noviembre de 2024, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y a entidades que integran la administración local para financiar proyectos de apoyo a la diversidad (DOGV núm. 9984, de 15/11/2024). No son subvencionables los proyectos que ya hayan sido financiados íntegramente por esta u otra administración.

Segundo. Objeto.
Financiar los programas de interés general en materia de diversidad, a través de los proyectos que se relacionan en el anexo A de la resolución y aquellos otros de interés general propuestos por las entidades destinados a impulsar el fomento y el desarrollo del valor de la diversidad, la igualdad y la no-discriminación. La convocatoria va dirigida al pueblo gitano, a la defensa de la diversidad sexual, a las víctimas de delitos de odio, al apoyo a las personas con VIH e ITS, y a la promoción de la diversidad étnica y cultural.

Tercero. Bases Reguladoras.
Orden 7/2024, de 13 de noviembre de 2024, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y a entidades que integran la administración local para financiar proyectos de apoyo a la diversidad (DOGV núm. 9984, de 15/11/2024).

Cuarto. Dotación presupuestaria.
El importe máximo estimado a financiar es el siguiente:
Denominación línea: Programa de lucha contra la discriminación y, sensibilización de personas con VIH e ITS.
Finalidad: Dar soporte a los programas y actuaciones dirigidos a dar apoyo a los programas que contribuyan a la sensibilización y lucha contra la discriminación de personas con VIH y otras ITS.
Línea de subvención: S1544
Importe: 275.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de los extractos de la resolución en el DOGV.

Sexto. Forma de presentación.
Exclusivamente por vía electrónica:
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=103121, adjuntando los documentos que se indican en la convocatoria.

Séptimo. Criterios de valoración.
Se establecen en el artículo 5.a) de la Orden 7/2024, de 13 de noviembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y a entidades que integran la administración local para financiar proyectos de apoyo a la diversidad (DOGV núm. 9984, de 15/11/2024).

Octavo. Justificación.
Mediante la presentación de la documentación de carácter económico justificativa del importe concedido y de una memoria técnica del proyecto subvencionado.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 03/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se convocan subvenciones en materia de diversidad, para el ejercicio 2025Publicado 15/04/2025ORDEN 7/2024, de 13 de noviembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda