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Plazo no verificadoBDNS 825068

AYUDAS PARA LA INCORPORCIÓN DE NUEVOS AGRICULTORES. CONVOCATORIA 2025

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:03 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
04/04/2025
Publicación en diario oficial
14/04/2025

Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: UN MES DESDE EL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (825068):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden de corrección deerrores de la Orden 3877/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).DISPONGOPrimeroCorregir el error material existente en la Orden 3877/2025, de 7 de octubre, de laConsejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.Donde dice:"PrimeroAmpliación del crédito.Ampliar en 100.000 euros el crédito presupuestario de la convocatoria para el año 2025, demanera que la cuantía final del presupuesto de la convocatoria es de 300.000 euros, concargo a la Partida 77303 del Programa de Gastos 411A de los Presupuestos Generales de laComunidad de Madrid".Debe decir:"PrimeroAmpliación del crédito.Ampliar en 100.000 euros el crédito presupuestario de la convocatoria para el año 2025, demanera que la cuantía final del presupuesto de la convocatoria es de 300.000 euros, concargo a la Partida 77306 del Programa de Gastos 411A de los Presupuestos Generales de laComunidad de Madrid".

BDNS (825068):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden por la que seamplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la 1032/2025, dela Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las basesreguladoras de las ayudas para incorporación de nuevos agricultores, cofinanciadas por elFondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General delEstado y por la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de laayuda para financiar el establecimiento de nuevos agricultores, cuyo texto completo puedeconsultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).DISPONGOPrimero Ampliación del créditoAmpliar en 100.000 euros el crédito presupuestario de la convocatoria para el año 2025, demanera que la cuantía final del presupuesto de la convocatoria es de 300.000 euros, concargo a la Partida 77303 del Programa de Gastos 411A de los Presupuestos Generales de laComunidad de MadridLa publicación de esta Orden no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentaciónde nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver y se hace concarácter previo a la concesión de las ayudas con cargo al crédito ampliado.Segundo Recursos administrativosContra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponerrecurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura eInterior en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de lamisma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estimeoportuno deducir.Tercero HabilitaciónSe habilita al titular de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentaciónpara dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presenteOrden.Cuarto EfectosEsta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

BDNS (código de identificación):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).PrimeroBeneficiariosPodrán ser beneficiarios las personas que, en el momento de presentar la solicitud,cumplan más de 40 años y no cumplan más de 60 años en el año natural de su primerasolicitud subvencionable de ayuda y se instalen por primera vez como titulares de unaexplotación agraria.SegundoObjetoEl objeto de estas ayudas es fomentar la incorporación de nuevos agricultores en laComunidad de Madrid.TerceroBases reguladorasLa presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 1032/2025 de la Consejería deMedio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras delas ayudas para incorporación de nuevos agricultores, cofinanciadas por el Fondo EuropeoAgrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por Administración General del Estado y por laComunidad de Madrid, cuya publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Comunidad deMadrid se producirá de forma simultánea al de la publicación de este extracto.CuartoCuantía y financiación de las ayudasLa Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital concargo al programa 411A, partida 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad deMadrid distribuyéndose de la siguiente manera:-2025: 100.000 €., 2026: 100.000 €.Estas ayudas serán cofinanciadas en un 23 % por el Fondo Europeo Agrícola de DesarrolloRural (FEADER), en un 17,5 % por la Administración General del Estado y en un 59,5% por laComunidad de Madrid salvo que en la declaración trimestral de gastos del Organismo Pagadorde los Fondos Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadrofinanciero vigente del PEPAC-CM.QuintoPlazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguienteal de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.SextoInformación ComplementariaEn caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al créditoinicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional de hasta 100.000 euros,sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 delReal Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en su caso en la Ley dePresupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente para 2024. La publicidad de loscréditos adicionales disponibles no implicará la apertura de un nuevo plazo depresentación de solicitudes.La efectividad de la misma queda condicionada a la declaración de disponibilidad delcrédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria queproceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IIPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IIIPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 4310/2025 de corrección de errores anonimizadaPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo VPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Solicitud de Pago InicialPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Solicitud de Pago FinalPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 3877/2025 de ampliación de crédito anonimizadaPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo de SolicitudPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IVPublicado 20/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 4310/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de corrección de errores de la Orden 3877/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se amplía en 100.000 euros la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 1032/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación de nuevos agricultoresPublicado 01/12/2025EXTRACTO de la Orden 3877/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se amplía en 100.000 euros la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 1032/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación de nuevos agricultores y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda para financiar el establecimiento de nuevos agricultores.Publicado 22/10/2025EXTRACTO de la Orden 1032/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda para financiar el establecimiento de nuevos agricultores.Publicado 14/04/2025