Resolución de 10 de abril de 2025, Subvención en rég.de conc.no compet. a Organizaciones Sindicales para el funcionamiento de Asesoramiento Jurídico y Defensa Procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para el ejercicio 2025
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
17/04/2025
Fin de solicitudes
01/05/2025
Registro en BDNS
04/04/2025
Publicación en diario oficial
16/04/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación en BOJA
Texto oficial de cierre: 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif):825107 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria.Se convoca por el Instituto Andaluz de la Mujer, para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión de régimen de concurrencia no competitiva, subvención con carácter plurianual a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, en la cuantía máxima en euros y con cargo a la posición presupuestaria que se señalan a continuación: Posición presupuestaria: 1831010000 G/32G/48001/00 01Cuantía máxima 2025: 150.000 eurosCuantía máxima 2026: 150.000 eurosTotal: 300.000 euros Segundo. Objeto.El objeto de esta convocatoria se describe en el Anexo I que se Acompaña a este extracto. Tercero. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las organizaciones sindicales y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se Acompaña a este extracto. Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, aprobadas mediante Orden de 18 de mayo de 2021 (BOJA núm. 96 de 21 de mayo de 2021), y modificada por la Orden de 7 de marzo de 2023 (BOJA núm. 50, de 15 de marzo). Quinto. Importe.La dotación máxima para la convocatoria de 2025 de esta línea se refleja en el punto primero del presente extracto. Sexto. Forma de pago.Se establece el pago anticipado del 50%, como máximo, del importe de la subvención, a la firma de la Resolución de concesión. Y el 50% restante una vez justificado el cumplimiento del programa y la totalidad del gasto realizado. Séptimo. Solicitudes y lugar de presentación.1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.2. La solicitud y el Formulario Anexo se podrán obtener y presentar en la sede electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer a través de la url: https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina Octavo. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.Los documentos e informaciones que se requieren son los referidos en el Anexo I de este extracto, conforme a lo establecido en el apartado 14 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la subvención. Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes está recogido en el Anexo I de este extracto. Décimo. Plazo de ejecución.El indicado en el Anexo I de este extracto. Undécimo. Justificación.1. Se realizará por la entidad beneficiaria de la subvención ante el órgano concedente, conforme a lo establecido en el apartado 25 del cuadro resumen de las bases reguladoras en cuanto a la documentación justificativa, la utilización de los medios electrónicos y la modalidad de justificación.2. El plazo máximo de presentación de la justificación está indicado en el Anexo I de este extracto. Duodécimo. Otros datos.La solicitud y el Formulario Anexo aparecen publicados en el BOJA junto a la convocatoria. También se pueden obtener en la sede electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer a través de la url: http://ws097.juntadeandalucia.es/oficina