Plazo no verificadoBDNS 825128
Orden del 28 de marzo de 2025 para la selección de una entidad colaboradora para la entrega y distribución de los fondos de las ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la C. A. de Galicia a través de
AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:04 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 09/05/2025
- Fin de solicitudes
- 13/05/2025
- Registro en BDNS
- 04/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 08/04/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades colaboradoras
Podrán ser entidades colaboradoras las entidades financieras privadas con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, válidamente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
• Tener oficinas comerciales abiertas, al menos, en los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de las cuatro provincias gallegas.
• Haber colaborado en la gestión financiera de la Xunta de Galicia en los últimos dos años.
La entidad financiera colaboradora actuará en nombre del órgano concedente para todos los efectos relacionados con la subvención, entregando y distribuyendo los fondos públicos a los comercios adheridos al programa.
Segundo. Objeto
El objeto de la colaboración es la entrega y distribución de las ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.
A estos efectos, se suscribirá el oportuno convenio de colaboración con la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, según el modelo que figura como anexo I de esta orden.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio se publicarán conjuntamente con la convocatoria del programa.
Cuarto. Compensación económica
La compensación económica a favor de la entidad colaboradora por los gastos de puesta en funcionamiento, seguimiento y control del Programa bonos Activa comercio es de 90.000,00 €, financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 14.06.751A.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo máximo de presentación de solicitudes será de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.
Primero. Entidades colaboradoras
Podrán ser entidades colaboradoras las entidades financieras privadas con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, válidamente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
• Tener oficinas comerciales abiertas, al menos, en los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de las cuatro provincias gallegas.
• Haber colaborado en la gestión financiera de la Xunta de Galicia en los últimos dos años.
La entidad financiera colaboradora actuará en nombre del órgano concedente para todos los efectos relacionados con la subvención, entregando y distribuyendo los fondos públicos a los comercios adheridos al programa.
Segundo. Objeto
El objeto de la colaboración es la entrega y distribución de las ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.
A estos efectos, se suscribirá el oportuno convenio de colaboración con la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, según el modelo que figura como anexo I de esta orden.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio se publicarán conjuntamente con la convocatoria del programa.
Cuarto. Compensación económica
La compensación económica a favor de la entidad colaboradora por los gastos de puesta en funcionamiento, seguimiento y control del Programa bonos Activa comercio es de 90.000,00 €, financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 14.06.751A.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo máximo de presentación de solicitudes será de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 04/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 28 de marzo de 2025 por la que se convoca el procedimiento de concurrencia competitiva para la selección de una entidad colaboradora para la entrega y distribución de los fondos de las ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio (código de procedimiento CO301A).Publicado 08/04/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.