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S1590 y S1591 Convocatoria de subvenciones 2025 dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
12/08/2025
Fin de solicitudes
31/08/2025
Registro en BDNS
07/04/2025
Publicación en diario oficial
01/09/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.

Primero. Bases reguladoras y convocatoria
En la presente resolución se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2025.

Segundo. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Resolución, los agentes de la cooperación internacional al desarrollo relacionados en el artículo 21 de Ley 18/2017 de cooperación y desarrollo sostenible.
Las entidades descritas en el párrafo anterior, para ser beneficiarias, constituirán una agrupación sin personalidad jurídica propia, en la que se integrarán actores diversos, de naturaleza pública o privada de la Comunitat Valenciana y del país de ejecución del proyecto, con la finalidad de impulsar conjuntamente un proyecto de cooperación al desarrollo.

Tercero. Objeto
El objeto de la presente resolución es aprobar las bases reguladoras y establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo al presupuesto de la Generalitat Valenciana del ejercicio 2025, para la financiación de gastos corrientes y de inversión, de proyectos de cooperación para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos.

Cuarto. Actuaciones subvencionables
1. Las ayudas contempladas en la presente resolución irán dirigidas a financiar las siguientes actuaciones de las previstas en el artículo 5 de la ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible y en los sectores que se señalan en el apartado segundo de esta base.
a) Actuaciones de cooperación económica que propicien el emprendimiento social para generar nuevas actividades productivas, crear empleo y contribuir a la reducción de la pobreza y la cohesión social mediante el fortalecimiento del tejido económico y productivo locales.
b) Actuaciones de cooperación técnica que contemplen asociaciones a largo plazo con el personal profesional y la población beneficiaria de los países socios, para su cualificación, aprendizaje, acompañamiento o formación continua.
Se entiende por actuaciones de cooperación técnica aquellas acciones de transferencia de conocimiento y asistencia tecnológica destinadas a mejorar la capacitación para el uso y desarrollo de procesos técnicos operativos y organizacionales en sectores públicos o privados
c) Actuaciones de investigación para el desarrollo dirigidas a la generación de conocimiento para la búsqueda de soluciones innovadoras y transformadoras del territorio con un enfoque en el desarrollo humano sostenible.
2. Las actuaciones a financiar deberán acometer uno o varios de los siguientes sectores de intervención:
a) Intervenciones vinculadas a la alimentación: desarrollo agrario; sistemas de comercialización; lucha contra las plagas; formación, desarrollo tecnológico e investigación agraria; mejora y eficiencia de los sistemas de riego; apoyo al cooperativismo, a la empresa social y a otras formas de asociación agraria, agroindustria; procesos de desarrollo productivo basados en la silvicultura, piscicultura, apicultura o afines; la industria de alimentaria básica, de procesamiento y conservera.
b) Intervenciones vinculadas al agua, saneamiento y salud: protección y fomento de recursos hídricos, abastecimiento de agua y saneamiento, así como eliminación y tratamiento de residuos sólidos; actividades de educación y formación, investigación y transferencia de conocimiento y tecnología en estos ámbitos; prevención y control de enfermedades asociadas a la falta de saneamiento, educación sanitaria y formación del personal especializado.
c) Intervenciones vinculadas al desarrollo: promoción de la gestión industrial y del tejido empresarial local, con interés especial en el fomento y apoyo a la pequeña y mediana empresa del sector artesanal e industrial manufacturero (textil, calzado, cerámica, mueble); servicios de asesoramiento, acompañamiento y fomento de la empleabilidad; fomento de los derechos laborales e impulso de medidas de igualdad en el ámbito laboral; implementación de medidas de eficiencia energética en el ámbito de la empresa y la industria; educación y formación comercial; fomento de redes y de otras estructuras de comercio justo y economía social; proyectos integrales de desarrollo productivo a escala local.
d) Intervenciones vinculadas a la cultura: protección y recuperación del patrimonio cultural material o inmaterial; educación y formación en gestión cultural, patrimonial y museística; proyectos locales en materia cultural y artística; apoyo a la industria cultural local.
e) Intervenciones vinculadas a la educación y a la infancia: mejora de logros educativos, con especial incidencia en la accesibilidad educativa para personas vulnerables y personas con discapacidad, materiales y recursos innovadores para educación del profesorado, su formación continua y desarrollo o aplicación de materiales didácticos adaptados o innovadores; promoción de los derechos de la infancia; investigación y estudios sobre eficacia, adecuación y calidad educativa; sistemas eficaces para la evaluación y control de impactos educativos; instrumentos para la garantía jurídica de los derechos de la infancia. Contribución a la creación de recursos de orientación profesional y de formación para el empleo en el ámbito educativo, incluida la formación en el puesto de trabajo, la formación de aprendices y otras formas de formación profesional no académicas; iniciativas productivas en el ámbito de la educación, la tecnología educativa y la innovación pedagógica.
f) Intervenciones vinculadas al Turismo y desarrollo local: fomento del turismo; asesoramiento y formación turística; proyectos turísticos comunitarios y refuerzo de sus modelos de gestión empresarial; fomento de la empleabilidad en el sector turístico; mejora de la infraestructura y los servicios turísticos locales públicos y comunitarios; proyectos integrales de desarrollo turístico y rural.
3. Las actuaciones a subvencionar en esta resolución tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
a) Los proyectos presentados deberán integrar, al menos, 2 de las actuaciones previstas en el apartado 1 de la presente base.
b) Los sectores que se pretenden financiar han de estar comprendidos dentro de los establecidas en el apartado 2 de la presente base.
c) Las actuaciones subvencionables tendrán que ser ejecutadas en uno o más de los países o territorios contemplados en el Plan director de la cooperación valenciana al desarrollo vigente, siempre que pertenezcan a la misma área geográfica.
d) Las actuaciones presentadas podrán incluir actividades de sensibilización en la Comunitat Valenciana. Se desarrollarán dentro del plazo de ejecución, establecido en esta base, por un importe máximo de 25.000 euros.
e) Las solicitudes de subvención para una actuación tendrán que ser, obligatoriamente, por un importe máximo de 500.000 euros. En el caso de que la actuación comprenda componente de investigación, este importe máximo será de 550.000 euros.
f) Las actuaciones para los que se inste la subvención deberán ser por un plazo mínimo de ejecución de 6 meses y un plazo máximo de 20 meses a contar desde la fecha de comunicación de inicio establecida en la base trigésima quinta.
g) Los proyectos tendrán que obtener la puntuación mínima de 65 puntos sobre 100, de los criterios generales de valoración recogida en la base 24ª de esta resolución.
h) Debe ser viable técnica y presupuestariamente. A los efectos de la presente resolución, no se considerará que un proyecto o programa es viable presupuestariamente:
- Si en el presupuesto validado se produce una minoración de la cuantía a subvencionar solicitada inicialmente en más de un 20 por 100 y puede afectar de forma determinante a los objetivos y resultados del proyecto o programa, haciéndolo constar en el informe de valoración.
- Si por insuficiencia de fondos, la subvención a conceder es inferior a la solicitada inicialmente en más de un 20 por 100, y la comisión de valoración así lo determina.
i) Cada entidad podrá presentar un máximo de dos proyectos siempre que, al menos, uno de ellos se ejecute en un país con un índice de desarrollo humano (IDH) inferior a 0.600 puntos.
En todo caso, si una misma entidad presenta más de un proyecto, su contenido y la zona de ejecución debe ser distinta. En cada solicitud presentada solo podrá haber un proyecto.

Quinto. Financiación de las ayudas
La cuantía global máxima de esta subvención es de 8.275.000 euros, que se financiará con cargo a las siguientes líneas de subvención en el Presupuesto de la Generalitat para el año 2025:
a) Línea S159000000: “Convocatoria para promoción Consorcios de Cooperación Internacional al Desarrollo para el Impulso de Sector Estratégicos Valencianos en exterior,” dotada con un importe máximo de 6.575.000. euros, en el capítulo IV, para la financiación de gastos corrientes, en la aplicación presupuestaria G0116. 0302.GE00000.134A00.48101
b) Línea S159100000: “Convocatoria para promoción Consorcios de Cooperación Internacional al Desarrollo para el Impulso de Sector Estratégicos Valencianos en exterior,” dotada con un importe máximo 1.700.000 euros, en el capítulo VII, para la financiación de gastos de capital, en la aplicación presupuestaria G0116. 0302.GE00000.134A00.78101.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. De conformidad con el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo prestará asistencia para la presentación electrónica de las solicitudes hasta las 15:00 horas del último día hábil. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la inadmisión de la solicitud.

Séptimo. Otros requisitos
1. Solicitudes: se tramitarán exclusivamente de forma telemática en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana. La presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática prevista en este apartado determinará la inadmisión de esta.
2. Documentación: la solicitud tendrá que ir acompañada de la documentación preceptiva recogida la base vigesimoprimera de la Resolución y, a efectos de valoración de proyectos, la documentación de la base vigesimosegunda de la Resolución.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 27/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de 6 de agosto de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2025.Publicado 01/09/2025BASES