CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA NUEVA IMPLEMENTACIÓN DE TIENDAS TALLER DE ARTESANÍA ARTÍSTICA SITUADAS A PIE DE CALLE EN LA BISBAL DE EMPORDÀ.
ANUALIDAD 2025.
LOCAL · BISBAL D'EMPORDÀ, LA · AYUNTAMIENTO DE BISBAL D'EMPORDÀ, LA
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
14/04/2025
Fin de solicitudes
30/09/2025
Registro en BDNS
07/04/2025
Publicación en diario oficial
14/04/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Objeto y finalidadLa subvención tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la nueva implementación de tiendas taller de artesanía artística situados a pie de calle, y que reúnan los requisitos que se detallan en el punto 4 de las bases específicas reguladoras aprobadas.2. Dotación económica y determinación de la aplicación presupuestaria.El importe total destinado a la convocatoria es de diez mil euros (10.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria: 09.4320.48000003. Plazo de presentación de las solicitudesLas solicitudes se tendrán que presentar en el Registro General del Ayuntamiento de La Bisbal d'Empordà, o por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente sobre procedimiento administrativo, y los formularios normalizados se podrán obtener en la web del Ayuntamiento (www.labisbal.cat).El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOP y hasta el 30 de septiembre de 2025.4. Importe de las subvencionesEl importe de la subvención será de un máximo de 5.000,00 euros, con un 100% de porcentaje de proyecto subvencionado.5. Criterios de valoración de la subvenciónNo se determinan criterios de valoración de la subvención. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia no competitiva de acuerdo con lo que establece el artículo 10 de las bases específicas reguladoras.6. Ámbito temporal de las acciones subvencionables.Los gastos subvencionables en el marco de las subvenciones concedidas al amparo de estas bases, se tendrán que llevar a cabo de forma obligatoria durante el siguiente período: 1 de enero del año 2025 y hasta el 30 de junio de 2026.7. Pago de la subvención y anticiposEl pago de la subvención se tramitará mediante un anticipo equivalente al 80% del importe otorgado, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 15 de las bases específicas reguladoras.8. Plazo para justificar las subvenciones.El plazo para la justificación será con fecha máxima de 30 de septiembre de 2026.9. Plazo de resolución y notificación.La resolución será notificada de forma individualizada a todos los beneficiarios y también a los peticionarios a los que se haya desestimado la solicitud. La notificación se realizará de conformidad con las determinaciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.