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Bases específicas que regulan la concesión de ayudas individuales transporte a centros escolares alumnado de Guardería, Educación Infantil (1er y 2º ciclo), Ed. Primaria y ESO (1er y 2º ciclo) del curso 24-25 que habita en en la zonas rurales de Zumarraga

LOCAL · ZUMARRAGA · AYUNTAMIENTO DE ZUMARRAGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:16 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Subvenciones al transporte

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
16/04/2025
Fin de solicitudes
30/05/2025
Registro en BDNS
08/04/2025
Publicación en diario oficial
24/04/2025

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Extracto publicado

          Bases específicas que regulan la concesión de ayudas individuales de transporte a los centros escolares para el alumnado de Guardería, Educación Infantil (1er y 2º ciclo), Educación Primaria y ESO (1er ciclo y 2º ciclo) del curso 2024---2025 que habita en la zona rural de Zumarraga.  1. OBJETO. Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las ayudas que se concederán para cubrir parte de los gastos de los desplazamientos de los Alumnos/as que habitan en las zonas rurales de Zumarraga a los centros escolares situados en el municipio de Urretxu o Zumarraga.  2. PERSONAS BENEFICIARIAS. 2.1.- Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas los Alumnos/as matriculados en Educación Infantil (0 a 3 años), Educación Primaria y ESO (1er ciclo y 2º ciclo) durante el curso 2024-2025 que se desplacen de los núcleos rurales a los centros escolares del municipio. 3. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES. Las solicitudes de ayudas que se presenten, se redactarán de conformidad con el modelo de instancia elaborado por el Ayuntamiento, que se facilitará a todos los interesados, tanto en la Casa Consistorial como en los diferentes departamentos y dependencias municipales encargadas del trámite administrativo de las subvenciones, así como en la página Web municipal y en la plataforma electrónica. La persona representante o responsable de la asociación o entidad solicitante cumplimentará el modelo de instancia citado en el párrafo anterior. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, deberán presentarse exclusivamente en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Zumarraga     https://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/Default.aspx?idayto=80&=&idioma=es-ES), Excepcionalmente se permitirá su presentación en papel en el Registro General del Ayuntamiento, dentro de su horario de atención al público o por correo certificado.  Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. 4. DOCUMENTACION A APORTAR Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación establecida en el artículo 6 de las Bases Reguladoras Generales y además deberán aportar la documentación siguiente: a) Certificado expedido por centro docente de Urretxu-Zumarraga de estar matriculado en Guardería, Educación Infantil (1er y 2ºciclo), Educación Primaria y ESO (1er ciclo y 2º ciclo) durante el curso 2024-25. b) Declaración jurada de uso de vehículo particular para el transporte de los alumnos/as a los centros escolares. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación establecida en el artículo 6 de las Bases Reguladoras de los Programas de Subvenciones establecidos por el Ayuntamiento de Zumarraga (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 28 del 10 de febrero 2023). En este sentido, y tal y como recoge el citado artículo, el Ayuntamiento de Zumarraga va a verificar los siguientes requisitos para acceder a las subvenciones que otorgue en las distintas convocatorias, desde la plataforma de interoperabilidad de datos NISAE: -               Consulta de datos de identidad de la persona y/o de la entidad. -               Consulta de estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. -               Consulta de estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a las Haciendas Forales. Los datos de estar al corriente del pago de tributos y sanciones con el Ayuntamiento de Zumarraga, así como los datos de empadronamiento en el municipio, serán recabados directamente de oficio por el propio Ayuntamiento. La persona interesada tiene derecho a oponerse al acceso, a través de la plataforma de interoperabilidad NISAE, por parte del Ayuntamiento de Zumarraga a los datos que figuren en el resto de Administraciones Públicas (artículo 28.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo). En ese caso, el interesado deberá justificar las razones de su oposición y aportar los datos o documentos correspondientes (artículo 21 del Reglamento (UE) 2016/679 de Protección de Datos).  Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que, en el plazo de diez días, subsane los defectos detectados, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, en los términos previstos en el artículo 21.1 de ese mismo texto legal. Cada una de las áreas municipales podrá requerir a las entidades solicitantes cuanta documentación e información complementaria considere necesarias para la adecuada evaluación y resolución de la solicitud presentada. 5. RESOLUCION                 Las solicitudes serán tramitadas por el departamento de Rural.  6. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES. Para determinar la cuantía de la ayuda, se tomará en cuenta la siguiente valoración:- 10 puntos por kilómetro de distancia desde la vivienda al centro docente.  7. PRESUPUESTO 7.1-El importe de las ayudas convocadas a través del presente programa para el año 2025 asciende a la cantidad de 2.410,00€ euros y será́ financiado con cargo a la partida presupuestaria 315-0317.480.326-00.02 Subv.: transporte escolar. 7.2-La dotación presupuestaria tendrá carácter limitativo y no será susceptible de ampliación dentro del ejercicio. 8. FORMA Y PLAZOS DE PAGO Y JUSTIFICACION La subvención concedida será́ abonada, en único pago. 9- NOTIFICACION Al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual y entendiéndose efectuada ésta a todos los efectos legales desde el día siguiente a dicha publicación.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 08/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSSolicitudPublicado 08/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 08/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSBases específicas que regulan la concesión de ayudas individuales de transporte a los centros escolares para el alumnado de Guardería, Educación Infantil (1er y 2º ciclo), Educación Primaria y ESO (1er ciclo y 2º ciclo) del curso 2024---2025 que habita en la zona rural de ZumarragaPublicado 24/04/2025